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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (09/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 9 de diciembre de 2012 480415 El contenido mínimo del Contrato de Derecho de Superfi cie será el siguiente: • La identifi cación de las partes. El Propietario, será la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar. El Superfi ciario será el Proponente, en caso de adjudicación directa, o aquel que resulte adjudicatario de la buena pro, en caso de llevarse a cabo un proceso de selección. • El objeto del Contrato. El objeto del contrato será el otorgamiento del Derecho de Superfi cie a favor del adjudicatario para el diseño, fi nanciamiento, construcción y operación de una Universidad destinada a la enseñanza profesional de carreras gastronómicas, turísticas y ambientales. • El plazo de vigencia del Contrato: cincuenta (50) años contados a partir de la fecha de fi rma del Contrato de Derecho de Superfi cie. • Los derechos y obligaciones de las partes. • Las atribuciones del Propietario. • La autorización específi ca sobre la facultad de ejecutar y/o explotar el proyecto directamente o por medio de terceros. • La especifi cación que el Propietario actuará como facilitador ante las autoridades competentes para la celebración de los convenios de estabilidad jurídica y la aprobación del Régimen de Recuperación anticipada del IGV. • La determinación del sistema de ingresos previstos como retribución del Superfi ciario por la ejecución y/o explotación del Proyecto. • Los mecanismos que aseguren al Superfi ciario la percepción de los ingresos previstos como retribución por la ejecución y/o operación del Proyecto. • Las garantías que otorga el Superfi ciario. Conforme al literal d) del presente. • La condición que el Contrato se encuentra en una situación de equilibrio económico fi nanciero en términos de derechos, responsabilidades y riesgos asignados a las Partes así como el compromiso de las mismas de mantener a lo largo de todo el periodo de vigencia del Contrato dicho estado de equilibrio económico fi nanciero. • El sometimiento a arbitraje, como mecanismo de solución de controversias derivadas de la ejecución del Contrato. • Las penalidades por incumplimiento de las obligaciones del Superfi ciario. • Las causales de suspensión del Contrato. i) Fuerza Mayor, que impida la ejecución del Contrato conforme a dicho documento y a las leyes aplicables. ii) Destrucción parcial del terreno y/o de la construcción por causas no imputables a las Partes, conforme al Contrato y a las leyes aplicables. iii) Acuerdo entre las partes, derivado de circunstancias distintas a las referidas en el literal anterior. iv) Otros casos expresamente previstos en el Contrato. • Las causales de caducidad del Derecho de Superfi cie i) Vencimiento del plazo. ii) Mutuo acuerdo. iii) Resolución del Contrato por incumplimiento del Superfi ciario. iv) Resolución del Contrato por incumplimiento del Propietario. v) Fuerza Mayor o caso fortuito. vi) Otras causales no imputables a las partes. • La penalidad o indemnización aplicables, en caso que el Propietario suspenda, deje sin efecto o modifi que el Contrato, de manera unilateral o por causal no prevista en las leyes aplicables o en el Contrato. • La obligación del Superficiario de cumplir con el pago del aporte voluntario a favor de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar. • La obligación del Superfi ciario de retribuir al supervisor del Contrato, en los términos que establezca el mencionado documento. • La obligación de elaborar el respectivo estudio de impacto ambiental que comprenda las actividades de construcción y operación del Proyecto y que deberá ser aprobado por las autoridades competentes. • La obligación del Propietario como condición para la suscripción del contrato, de haber emitido el Certifi cado de Compatibilidad de Uso respecto de EL TERRENO, en el cual se concluya que es factible desarrollar sobre el mismo la Universidad. • La obligación del Superfi ciario de pagar el honorario de éxito de la persona jurídica contratada por la Municipalidad para que brinde el servicio asesoría externa especializada a la Municipalidad durante el proceso de promoción de la inversión privada del Proyecto. • La obligación del Superfi ciario de rembolsar a la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, como condición para la suscripción del Contrato, los gastos directos o indirectos, que, de ser el caso, le demande el diseño, conducción y desarrollo del proceso de promoción de la inversión privada del Proyecto. b) Garantías. Garantía de Seriedad de Oferta: S/. 573,780.00 (Quinientos setenta y tres mil setecientos ochenta y 00/100 Nuevos Soles). Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato: S/.956,300.00 (Novecientos cincuenta y seis mil trescientos y 00/100 Nuevos Soles), la misma que será reducida una vez que se complete la inversión referencial al monto de S/.478,150.00 (Cuatrocientos setenta y ocho mil ciento cincuenta 00/100 Nuevos Soles). Las Garantías serán otorgadas mediante Cartas de Fianza Bancaria. c) Requisitos de Precalifi cación Los terceros interesados en expresar su interés respecto de la ejecución del mismo proyecto de inversión u otro alternativo a este, deberán presentar solicitud acompañando los siguientes documentos, se conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto Legislativo 1012: • Solicitud de Declaración de Interés, según modelo al que se refi ere el Apéndice Nº 1 del presente Anexo. • Presentación de una Carta Fianza Bancaria de seriedad de Expresión de Interés, por un monto de S/.573,780.00 (Quinientos setenta y tres mil setecientos ochenta y 00/100 Nuevos Soles). • Acreditar contar entre sus socios con especialistas en el desarrollo de proyectos educativos, sociales y gastronómicos. • Acreditar contar con profesionales idóneos para la dirección de las facultades de la Universidad. d) Factor de Competencia El Factor de Competencia estará dado por la mayor retribución anual a favor de la Municipalidad. e) Ubicación de la Dependencia en la cual se atenderán los requerimientos de estudios existentes y de otra información disponible relacionada con el proyecto Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar –CEPRI-SMM-. Dirección : Av. El Sardinero S/N, Santa María del Mar Teléfono : 430-7669 Fax : Horario : de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. Para tener acceso a la información es requisito indispensable suscribir un Acuerdo de Confi dencialidad.