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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (09/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 9 de diciembre de 2012 480401 Cuarto. Que, al respecto, la Secretaría Técnica Jurisdiccional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo emite el Informe N° 069-2012-ETIINLPT-STJ/PJ, el cual concluye en la factibilidad de la prórroga de vigencia de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios precedentemente mencionados. No obstante ello, se advierte bajo nivel de resolución de los citados juzgados desde la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Cuarto. Que con la fi nalidad de coadyuvar con la labor de evaluación de los órganos jurisdiccionales transitorios que viene realizando el Equipo Técnico de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, resulta necesario dictar medidas administrativas para propiciar que se cuente con información oportuna, respecto a su funcionamiento. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1075-2012 de la sexagésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui, Meneses Gonzáles, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, de conformidad con lo previsto en el artículo 82°, numeral 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, con efectividad al 1° de diciembre del año en curso, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales: Hasta el 31 de marzo de 2013 DISTRITO JUDICIAL DE AREQUIPA Sala Laboral Transitoria de Arequipa. Primer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Arequipa. Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Arequipa. Tercer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Arequipa. Cuarto Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Arequipa. DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD Primer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Trujillo. Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Trujillo. Tercer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Trujillo. Cuarto Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Trujillo. Quinto Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Trujillo. Artículo Segundo.- Disponer que los Presidentes de la Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y La Libertad remitan al Equipo Técnico de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, dentro del quinto día de emitidas, copia de las resoluciones administrativas que expidan referidas a la distribución o redistribución de la carga procesal, así como a la designación de jueces y personal jurisdiccional y administrativo de los referidos órganos jurisdiccionales, según corresponda. Artículo Tercero.- Exhortar a los jueces de los mencionados órganos jurisdiccionales transitorios a incrementar el nivel de resolución en sus respectivos despachos judiciales, a efectos de contribuir con la liquidación de los procesos laborales iniciados bajo la Ley N° 26636, así como con la culminación de los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales, iniciados antes de la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en los Distritos Judiciales de Arequipa y La Libertad. Vencida la prórroga, con los informes emitidos por los Presidentes de las mencionadas sedes judiciales, se evaluarán los niveles de resolución de los citados órganos jurisdiccionales, a efectos de determinar su prórroga o reubicación. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ofi cina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y La Libertad; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 875806-6 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan misión en el exterior de funcionario para participar en evento a realizarse en Brasil RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 088-2012-BCRP Lima, 6 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación para que un funcionario del Banco participe en el Taller “Administración de Flujos de Capitales en Sudamérica bajo Políticas Monetarias no Convencionales en un Contexto de Elevada Liquidez Internacional”, organizado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Central de Brasil, a realizarse en São Paulo, Brasil, los días 13 y 14 de diciembre del 2012; El taller está diseñado para el intercambio de ideas y discusión de los participantes sobre los objetivos, restricciones e instrumentos de la política monetaria en un contexto de post crisis; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con la fi nalidad y funciones del Banco Central; Para el cumplimiento del anterior considerando, la Gerencia de Política Monetaria tiene entre sus objetivos la de proveer de análisis, proyecciones y propuestas de política monetaria para defender la estabilidad monetaria, así como en el campo de otras políticas macroeconómicas y estructurales que coadyuven al crecimiento sostenido; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 6 de diciembre de 2012; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Paul Gonzalo Castillo Bardález, Subgerente de Diseño de la Política Monetaria de la Gerencia de Política Monetaria, a la ciudad de São Paulo, Brasil, los días 13 y 14 de diciembre y el pago de los gastos, a fi n de que participe en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje y TUUA US$ 1392,28 Viáticos US$ 600,00 ------------------------ TOTAL US$ 1992,28