Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2012 (09/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 9 de diciembre de 2012

mediante el cual pone a consideracion la Iniciativa Privada denominada "Universidad de Ciencias Gastronomicas, Turisticas y Ambientales". CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, establece que la Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo establece el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru, establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ley Nº 28059 publicado el 13 de agosto del 2003, se aprobo el MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, cuyo objeto es establecer el MORDAZA normativo para que el Estado, en sus tres niveles de gobierno, promueva la inversion de manera descentralizada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de cada region, en alianza estrategica entre los Gobiernos Regionales, Locales, la inversion privada y la sociedad civil; reglamentado mediante el Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, publicado el 29 de febrero de 2004, el cual a su vez fue modificado por Decreto Supremo Nº 013-2007-PCM publicado el 23 de febrero de 2007; Que, el Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana, aprobado mediante Ordenanza Nº867, asi como la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico Privadas, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº1012 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº146-2008-EF y sus modificatorias, establecen el MORDAZA normativo para la promocion de la inversion de manera descentralizada, asi como el MORDAZA general aplicable a las iniciativas privadas presentadas por particulares sobre proyectos de inversion en activos, empresas, proyectos, servicios, obras publicas de infraestructura y de servicios publicos; Que, el Decreto Legislativo Nº 1012 que aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico ­ Privadas para la generacion de empleo productivo y dicta normas para la agilizacion de los procesos de promocion de la inversion privada, cuerpo normativo que, en su Articulo 14º senala que las iniciativas privadas se realizan sobre proyectos de inversion en activos, empresas, proyectos, servicios, obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, las mismas que podran ser presentadas ante los organismos promotores de la Inversion Privada de los Gobiernos Locales por personas juridicas nacionales o extranjeras, asi como por consorcios de personas juridicas o consorcios de personas naturales con personas juridicas, MORDAZA estas nacionales o extranjeras; Que, mediante Ordenanza Nº169-2012-MSMM se creo el CEPRI-SMM, organo encargado de la ejecucion de uno o mas procedimientos vinculados a la aplicacion de las modalidades de participacion de la inversion privada previstas en el Decreto Legislativo Nº1012 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº1462008-EF y sus modificatorias, en la Ley Nº28059, Ley MORDAZA para la Promocion de la Inversion Descentralizada y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº015-2004-PCM y su modificatorias, asi como en el Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana, aprobado mediante Ordenanza Nº867. El CEPRI-SMM ejerce las facultades de Organismo Promotor de la Inversion Privada de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Mar; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº038-2012 se designo a los Miembros del Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada ­ CEPRI de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Mar; Que, con fecha 21 de febrero de 2012 la empresa PROCIBARIS S.A.C. ­en adelante el Proponentepresenta la propuesta de iniciativa privada denominada

"Universidad de Ciencias Gastronomicas, Turisticas y Ambientales, Centro de Investigacion y Museo de la Biodiversidad Vegetal" (en adelante la Propuesta) a desarrollarse sobre un terreno MORDAZA denominado SubLote C ubicado con frente a la margen derecha de la antigua carretera Panamericana Sur a unos quinientos metros (500m) al sur del cruce con la avenida de acceso al balneario de MORDAZA MORDAZA, inmueble denominado "El Pino", el mismo que cuenta con un area bruta de 251,650.06 m2, el cual forma parte de la subdivision proyectada por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­en adelante Municipalidad- del lote matriz con un area total de 516,409.51 m2 inscrito en la Partida Registral Nº12428929 del Registro de Predios de MORDAZA, el Lote Matriz fue transferido a favor de la Municipalidad por parte de la Superintendencia de Bienes Estatales ­en adelante SBN- a traves de la Resolucion Nº0852009/SBN-DGPE-SDDI la cual fuera modificada mediante Resolucion Nº055-2011/SBN-DGPE-SDDI ­en adelante el Terreno; Que, dicho proyecto, originalmente, contemplaba la modalidad de compraventa del referido activo propiedad de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para el diseno, financiamiento, ejecucion y operacion de una universidad en donde se ejerza la ensenanza de carreras profesionales vinculadas con la gastronomia, turismo y ciencias ambientales; Que, con fecha 02 de MORDAZA de 2012, la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento con Oficio Nº 824-2012/ VIVIENDA-VMCS-DNC da respuesta a la solicitud de tasacion efectuada por la Municipalidad mediante Oficio 006-2012-AO/MDSMM, valorizando el terreno materia de la iniciativa privada en US$ 23.00 por metro cuadrado; Que, a traves del Oficio Nº 026-2012-OA/MSMM de fecha 11 de MORDAZA de 2012, se solicito a la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento precisar si es que se ha tenido en consideracion la doble zonificacion con la que cuenta el terreno respecto del cual se desarrollara la iniciativa privada, habiendose dado respuesta a lo solicitado a traves del Oficio Nº 953-2012/VIVIENDAVMCS-DNC de fecha 03 de agosto de 2012, en donde se precisa que al area de terreno que cuenta con zonificacion CZ -Comercio Zonal- le corresponde el valor de US$32.00 por metro MORDAZA y, al area de terreno que cuenta con zonificacion ZRP ­Zona de Recreacion Publica- le corresponde el valor de US$17.60 por metro cuadrado; Que, con fecha 30 de MORDAZA de 2012, MORDAZA Asociados S.C.R.L., consultora especializada en procesos de promocion de la inversion privada contratada para el presente MORDAZA, remitio el Informe Nº001-2012-ZAUGCTA, a traves del cual se efectuo la revision de la documentacion presentada en la Propuesta, se establecio el procedimiento que debera seguir el CEPRI para la evaluacion de la misma y se enumero la documentacion, que, en su oportunidad se le debera requerir al Proponente; Que, a traves del Informe Nº 061-2012 OPP/MSMM, elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se concluyo que el proyecto contenido en la iniciativa privada presentada es de naturaleza autosostenible, es decir, que su ejecucion no implicara el uso de recursos publicos; Que, a traves del Informe Nº 087-2012-DDUEC, elaborado por la Direccion de Desarrollo MORDAZA, Edificaciones y Comercializacion de la Municipalidad distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se concluyo que, para el desarrollo del proyecto no resultaba necesaria la tramitacion del cambio especifico de zonificacion del terreno, toda vez que la Unica Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 170-2012-MSMM, la zonificacion Comercio Zonal (CZ), con la cual se encuentra calificada el predio sobre el cual se desarrollara el proyecto, permite el desarrollo de este MORDAZA de proyectos, siempre y cuando correspondan a proyectos declarados de interes local por la Municipalidad Distrital en el MORDAZA de lo normado para las iniciativas privadas de inversion; siendo asi, en el presente caso no se requiere tramitar cambio de

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