Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2012 (09/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 9 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

480405

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA N° 020-2012 La MORDAZA, 5 de diciembre de 2012 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; el Proyecto de modificacion del Decreto de Alcaldia Nº 005-2012 de fecha 28 de febrero del 2012, mediante el cual se aprobo el Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La MORDAZA, conforme a la propuesta planteada por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Promocion Comercial; y, CONSIDERANDO : Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 28607, Ley de la Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. MORDAZA en el que se establecen politicas publicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, en ese sentido el articulo 42° de la MORDAZA precitada senala que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 74° de la Ley N° 27972, las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida, una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como la ejecucion, fiscalizacion y control en las materias de su competencia, conforme a la citada Ley y la Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, mediante Ordenanza N° 1144-MML la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobo el reajuste integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo del Distrito de La MORDAZA, que es parte de las areas de tratamiento Normativo I y III de MORDAZA Metropolitana; Que, asimismo, el articulo 6° de la Ordenanza N° 1144-MML, establece que la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, en estricta sujecion a los planos y normas aprobadas en dicha Ordenanza, debe formular y aprobar via Decreto de Alcaldia los Parametros Urbanisticos y Edificatorios de Estacionamientos, Retiros, Tamanos minimos de departamentos, para su aplicacion en la Jurisdiccion del distrito; Que, por su parte la Primera Disposicion Transitoria de la Ordenanza N° 1144-MML, dispone que la Municipalidad Distrital de La MORDAZA formule y apruebe por Decreto de

Alcaldia, las Normas sobre estandares de Calidad y el Cuadro de Niveles Operacionales para la localizacion de Actividades Urbanas en el Distrito; Que, en cumplimiento de ello esta corporacion MORDAZA a traves del Decreto de Alcaldia N° 005-2012 de fecha 28 de febrero del 2012, aprobo el Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina; Que, mediante Informe Nº 123-2012-MDLM-GDUPC del 03 de setiembre del 2012 la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Promocion Comercial remite a la Gerencia Municipal el proyecto de modificatoria del Decreto de Alcaldia Nº 005-2012, adjuntando los informes Nros. 3912012-MDLM-GDUPC/SGPUC del 06 de agosto del 2012 y 459-2012-MDLM-GDUPC/SGPUC del 28 de agosto del 2012, de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro y los Informes Nros. 387-2012-MLDM-GDUPCSGOPHU del 15 de agosto del 2012 y el 408-2012MDLM-GDUPC-SGOPHUC del 28 de agosto del 2012, de la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, los cuales sustentan la citada propuesta; Que, asimismo, a traves del Informe Nº 1692012-MDLM-GDUPC de fecha 16 de noviembre del 2012 la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Promocion Comercial, remitio la propuesta final de modificacion del Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Niveles Operacionales y Estandares de Calidad para la localizacion de Actividades Urbanas en el distrito de La MORDAZA, aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 0052012; Que, de los informes tecnicos MORDAZA mencionados se concluye que la propuesta de modificacion del Decreto de Alcaldia Nº 005-2012 resulta necesaria en la medida que este permitira un mejor desarrollo integral, sostenible y armonico del Distrito de La MORDAZA de forma ordenada y planificada, elevando el nivel de las actividades urbanas que se desarrollan en ella; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del articulo 20° y articulos 39° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo 1°.- Modificar el item (8) - Cuadro Nº 01 ­ Resumen de Zonificacion Residencial - del Articulo 11° Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La MORDAZA aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 005-2012, segun el siguiente texto: (...) "(8) En Zonificacion Residencial de Densidad Baja (RDB), sin Trama, se permitira el uso multifamiliar solo de 03 unidades de vivienda (como maximo), en lotes ubicados frente a MORDAZA, (que esten debidamente definidos como tales en el Plano de Habilitacion Urbana). En Zonificacion Residencial de Densidad Baja con Trama (RDB), y Residencial de Densidad Media (RDM) se permitira el uso multifamiliar solo de 03 unidades de vivienda (como maximo), en lotes ubicados frente a MORDAZA, (que esten debidamente definidos como tales en el Plano de Habilitacion Urbana), solo para los casos que el Plano de Alturas de Edificacion le permita una altura de 03 pisos (maximo). En RDB con trama, en lotes ubicados frente a calles (no se aplica a Pasajes), se permitira el uso de Vivienda Multifamiliar de 03 unidades de vivienda (como maximo), con frente minimo de 10 ml, solo para los casos que el Plano de Alturas de Edificacion le permita una altura de 03 pisos (maximo). Para los lotes acumulados en zonificacion RDB con trama (02 lotes con areas normativas y con frente minimo normativo de 10 ml. cada uno) se permitira solo hasta 06 unidades de vivienda, siempre que cuente con altura que el Plano de Alturas de Edificacion le permita una altura de 03 pisos (maximo); debiendo tener entre ellas areas comunes en el ingreso, debiendo respetar lo establecido en el Articulo 19° numeral 19.1, literal b).

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