Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2012 (09/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

480408

NORMAS LEGALES
Retiro Frontal :

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 9 de diciembre de 2012

"4. Para las Urbanizaciones aplicadas a zonificacion RDB (Antes R-1 y R-2) Para Lotes ubicados en Residencial Monterrico, Residencial Monterrico Ampliacion Sur, El Remanso de La MORDAZA (I y II Etapa), La MORDAZA Vieja (II Etapa), La Fontana, Residencial Ingenieros, MORDAZA MORDAZA, La Riviera de Monterrico (I Etapa), Las Acacias, Sirius (I, II y III Etapa), Rinconada del Lago (II Etapa), Ampliacion Residencial Monterrico, Los Cactus, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, El MORDAZA de Monterrico, MORDAZA MORDAZA, El Corregidor, La Estancia Oeste, Habilitacion Lote C, Habilitacion Lotes A y B, Proyecto La Fontana y El Sol y lotes menores a 1,000 m2 de nuevas Urbanizaciones, que no esten incluidas se considerara lo siguiente: · Se debera parametros: Retiro Frontal tener en cuenta los siguientes

5.00 ml (En avenidas) 3.00 ml (En calles y/o jirones)

Retiros Laterales y Posteriores: No se exigiran, colindantes con propiedad de terceros. · Para lotes ubicados en esquina se considerara lo siguiente: Con frente igual o menor a 8.00 ml, la exigencia del retiro sera unicamente por el frente principal. Con frente mayor a 8.00 ml, el retiro en el frente de mayor longitud sera de 1.00 ml hasta 3.00 ml, MORDAZA del lote vecino (solo para calles o jirones). · Para los lotes ubicados con frente a pasajes se considerara lo siguiente: - Si el ancho de los pasajes es igual o mayor a 6.00 ml, no se exigira retiro. - Si el ancho del pasaje es menor a 6.00 ml, se exigira el retiro de 2 ml. · En el caso que las Urbanizaciones presenten Jardin de Aislamiento, entre la vereda y el limite de propiedad del Lote, debera respetar el retiro establecido en la presente MORDAZA, en concordancia con el Plan Vial de MORDAZA Metropolitana." (...) Articulo 6°.- Modificar el literal e) del numeral 24.3 del Articulo 24° del Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La MORDAZA aprobado por Decreto de Alcaldia N° 005-2012, segun el siguiente texto: (...) "e. Area Libre.- Del area libre exigida segun Cuadro N° 01 del Articulo 11° que senala: Lotes ubicados en RDMB (60% de Area Libre) RDB con trama y sin trama (40% de Area Libre); se debera considerar del porcentaje exigido, el 10% de area libre (como minimo) para uso comun (retiro municipal, pasaje de ingreso y jardines y/ o areas destinadas a la arborizacion de uso comun), el saldo del area libre normativa: 50% para RDMB y 30% para RDB con trama y sin trama, podra considerarse como area libre de propiedad y uso exclusivo de las unidades de vivienda." (...) Articulo 7°.- Modificar el Articulo 26°, asi como su numeral 26.1, del Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La MORDAZA aprobado por Decreto de Alcaldia 005-2012, segun el siguiente texto: "Articulo 26º CONSIDERACIONES ADICIONALES PARA CASOS ESPECIALES DE ANTEPROYECTO Y/O PROYECTOS DE EDIFICACION Cuando los Anteproyectos y/o Proyectos que segun la evaluacion y verificacion impliquen envergadura y/o afecten zonas y ocasionen problemas de congestionamiento vehicular, se les requerira el Estudio de Impacto Vial y/o Estudio de Impacto Ambiental aprobados por la Entidad Correspondiente. Los Anteproyectos y/o Proyectos que contemplen los siguientes usos y se encuentren en zonificacion RDB y RDM y se ubiquen con frente a Calles y/o Avenidas, deberan contar con Estudio de Impacto Vial y Estudio de Impacto Ambiental aprobados por la entidad correspondiente:

: 5.00 ml (Para avenidas) 3.00 ml (Para calles y/o jirones)

Retiros Laterales y Posteriores: No se exigira · Para lotes ubicados en esquina se considerara lo siguiente: Retiro Frontal Retiro Lateral : 5.00 ml (En avenidas) 3.00 ml (En calles y/o jirones) : 5.00 ml (En avenidas) 3.00 ml (En calles, jirones y/o pasajes)

No se exigira retiro al lado colindante con propiedad de Terceros. Retiro Posterior : No se exigira retiro posterior a los lotes que colindan con propiedad de terceros.

· Para lotes ubicados en pasajes se considerara lo siguiente: Retiro Frontal Retiro Lateral: 5.00 (lotes mayores a 1,000 m2) 3.00 (lotes menores a 1,000 m2) 2.00 (a cada lado para lotes mayores a 1,000 m2) No exigible (para lotes menores a 1,000 m2) 5.00 (lotes de 1000 m2 o mas) 3.00 (lotes menores 1,000 m2) No se exige para lotes menores a 1,000 m2.

Retiro Posterior

· En el caso que las Urbanizaciones presenten Jardin de Aislamiento, entre la vereda y el limite de propiedad del Lote, se debera respetar el retiro establecido en el presente reglamento, en concordancia con el Plan Vial de MORDAZA Metropolitana." 5. Para las Urbanizaciones aplicadas a zonificacion RDB-RDM, Para lotes ubicados en MORDAZA MORDAZA (I, II y III Etapa), La Ensenada (ex Vinas de La MORDAZA, Las MORDAZA de La MORDAZA Vieja, La Capilla, Covima, MORDAZA Canepa, Far West Villas, MORDAZA MORDAZA, La Riviera de Monterrico (II etapa) Portada del MORDAZA La MORDAZA AEMC (I, II y III Etapa). Cooperativa de Vivienda MORDAZA Boner, San MORDAZA (I y II Etapa), Las Praderas, San MORDAZA, El Cascajal, Cabo GRP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Los Arbolitos, Jardines, Los MORDAZA, Los Sauces, Roardi, Aprovisa, Estacion Experimental MORDAZA La MORDAZA Este, Constructores LTDA. de los Trabajadores de la Superintendencia de Banca y Seguros, el Paraiso, La MORDAZA Real, MUSA (I, II, III, IV y V Etapa), Falderias del Cerro San MORDAZA, Portada MORDAZA (APVHA), Las Laderas de La MORDAZA (Manuel MORDAZA Jimenez) y otras habilitaciones con lotes de areas menores de 300 m2, se considerara lo siguiente: · Se debera parametros: tener en cuenta los siguientes

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