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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (20/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 149

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481427 5.1.2.2 Administrar y reglamentar directamente el servicio de agua potable, alcantarillado y limpieza pública, ubicando el lugar apropiado para su acumulación y tratamiento de residuos sólidos, evitando la contaminación y deterioro del medio ambiente. 5.1.2.3 Coordinar con la Municipalidad Distrital y Provincial la realización de campañas de control de epidemias y control de sanidad animal. 5.1.2.4 Controlar el aseo, higiene y salubridad en los locales de expendio de alimentos y bebidas, de uso público, así como escuelas y viviendas de su ámbito territorial. 5.1.3 En Materia de Tránsito, Vialidad y Transporte Público: 5.1.3.1 Mantenimiento de los caminos rurales que se encuentran en la jurisdicción. 5.1.4 En Materia de Educación Cultura y Deporte: 5.1.4.1 Promover el desarrollo humano sostenible en su jurisdicción. 5.1.4.2 Apoyar la incorporación y el desarrollo de nuevas tecnologías para el mejoramiento del sistema educativo. 5.1.4.3 Fortalecer el espíritu solidario y el trabajo colectivo orientado hacia el desarrollo de la convivencia social, armoniosa y productiva, a la prevención de desastres naturales y a la seguridad ciudadana. 5.1.4.4 Organizar bibliotecas en su jurisdicción. 5.1.4.5 Promover la protección y difusión del patrimonio cultural dentro de su jurisdicción y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, colaborando con los organismos locales, regionales y nacionales competentes para su identi¿ cación, registro, control, conservación y restauración. 5.1.4.6 Promover una cultura de prevención mediante la educación para la preservación del medio ambiente. 5.1.4.7 Impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento, limpieza y de conservación y mejora del ornato local. 5.1.4.8 Promover espacios de recreación, así como fomentar el deporte y la recreación de la niñez y del vecindario en general. 5.1.4.9 Promover actividades culturales, de desarrollo de capacidades y de fortalecimiento del capital humano y social en el ámbito de su jurisdicción. 5.1.4.10 Promover la consolidación de una cultura de ciudadanía democrática, participativa y responsable, así como fortalecer la identidad cultural de la población campesina. 5.1.5 En Materia de Abastecimiento y Comercialización de Productos y Servicios: 5.1.5.1 Apoyar la creación de mecanismos de comercialización y consumo de productos propios de la localidad, mediante la organización de los productos. 5.1.5.2 En coordinación con la Municipalidad Distrital, controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas dentro de su jurisdicción. 5.1.5.3 Realizar el control de pesas y medidas, así como el de acaparamiento, la especulación y la adulteración de productos y servicios. 5.1.5.4 Otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales y de servicios. 5.1.6 En Materia de Programas Sociales, Defensa y Promoción de los Derechos. 5.1.6.1 Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la plani¿ cación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo. 5.1.6.2 Organizar e implementar, en coordinación con la Municipalidad Distrital el servicio de Defensoría Municipal de los Niños y Adolescentes, de acuerdo a la legislación sobre la materia. 5.1.6.3 Promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, así como su participación activa en la vida política, social, cultural y económica de su localidad y distrito. 5.1.6.4 Promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad y género. 5.1.7 En Materia de Seguridad Ciudadana: 5.1.7.1 Establecer, en coordinación con la Policía Nacional del Perú, un sistema de seguridad ciudadana con participación de la sociedad civil. 5.1.7.2 Ejercer la labor de coordinación para las tareas de defensa civil en el distrito, así como las acciones necesarias para la atención de poblaciones de su jurisdicción damni¿ cadas por desastres naturales o de otra índole, con sujeción a las normas establecidas en lo que respecta a los comités de Defensa Civil Distritales. 5.1.8 En Materia de Promoción del Desarrollo Económico Local: 5.1.8.1 Establecer alianzas estratégicas y ¿ rma de convenios con entidades públicas y privadas para el desarrollo de programas de apoyo al desarrollo económico local sostenible en su espacio territorial. 5.1.8.2 Brindar la información económica necesaria sobre la actividad económica en su jurisdicción, en función a la información disponible, a las instancias distritales, regionales y nacionales. 5.1.9 Atribuciones Administrativas y Económico – Tributarias: Deléguese a la Municipalidad del Centro Poblado de Santa Teresa las facultades para el cobro de arbitrios, tasas y derechos siguientes: 5.1.9.1 Cobro de derecho de uso de terreno en el cementerio. 5.1.9.2 Cobro por servicios de agua y limpieza pública. 5.1.9.3 Cobro por espectáculos públicos no deportivos. 5.1.9.4 Impuesto predial. 5.1.9.5 Alcabala por venta de terrenos. Los montos recaudados mensualmente serán materia de información a la Municipalidad Provincial de Huancabamba, con carácter de declaración jurada, bajo responsabilidad del Alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado. Artículo 6º.- ASIGNACION DE RECURSOS: Se establecerá una transferencia mensual de recursos ¿ nancieros a favor de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa Teresa, tanto por parte de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, como por la Municipalidad Distrital de Huarmaca, por un monto correspondiente al asignado en su Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) anual respectivo, de conformidad a lo estipulado en el Artículo 133º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales, los mismos que serán destinados para el desempeño y sostenimiento de las competencias y funciones delegadas. Artículo 7º.- DE LA RENDICION DE CUENTAS DE LOS RECURSOS TRANSFERIDOS: Los montos asignados y transferencias, serán materia de rendición de cuentas documentadas a la Municipalidad Provincial de Huancabamba con copia a la Municipalidad Distrital de Huarmaca, dentro de los cinco (05) días calendario del mes siguiente, de conformidad con las normas generales de contabilidad y tesorería, bajo responsabilidad del Alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado, el incumplimiento en la rendición de cuentas será causal de suspensión de las siguientes transferencias, no pudiendo ser materia de reclamo por devengados las transferencias de meses anteriores.