Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2012 (20/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 139

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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VICHITA B) 510000112 C) SMALLVILL INGENIEROS S.A.C. D) 23-2012-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ DREM 18/07/2012 E) 17 F) V01: N9487 E832 V02 N9484 E832 V03 N9484 E831 V04 N9487 E831. AREA A RESPETAR: El concesionario de ORO LIMPIO CUATRO, con codigo Nº 510001211 debera respetar el area que ocupa el OLEODUCTO NOR PERUANO (15.3388 Hectareas) cuyas coordenadas son: V01: N9414864.33 E785885.09 V02 N9414875.07 E785908.16 V03 N9414891.77 E785957.04 V04 N9414919.99 E7860000.00 V05: N9414747.67 E786000.00 V06 N9414735.47 E785962.80 V07 N9414717.21 E785932.31 V08 N9414637.26 E785862.50 V09: N9414546.51 E785762.21 V010 N9414236.35 E785675.87 V011 N9414147.77 E785632.63 V012: N9414132.14 E785644.44 V013 N9414115.42 E785653.35 V014 N9414083.20 E785661.81 V015 N9414030.05 E785661.65 V016: N9414000.00 E785657.16 V017 N9414000.00 E785457.59 V018 N9414020.11 E785489.36 V019 N9414043.70 E785512.09 V020: N9414057.76 E785512.46 V021 N9414090.03 E785487.67 V022 N9414113.18 E785477.62 V023: N9414140.01 E785473.95 V024 N9414166.40 E785476.90 V025 N9414187.14 E785483.93 V026 N9414286.14 E785534.45 V027: N9414591.18 E785619.09 V028 N9414621.11 E785631.69 V029 N9414652.44 E785655.59 V030 N9414743.69 E785756.92 V031: N9414806.39 E785810.40 V032 N9414832.41 E785836.32. 880019-1

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Aprueban creacion de la Unidad Ejecutora denominada Hospital de Ventanilla, su Reglamento de Organizacion y Funciones y el Cuadro para Asignacion de Personal
ORDENANZA REGIONAL Nº 000038 Callao, 18 de diciembre del 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesion Ordinaria del 18 de diciembre del 2012; CONSIDERANDO: Que, el inc, m) del Articulo 10º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece la facultad del Gobierno Regional a normar asuntos y materias de su competencia. Igualmente el Art. 72º establece en su ultimo parrafo que el Gobierno Regional del Callao MORDAZA y administra sus recursos, bienes y activos conforme a ley. Por su parte el Art. 15º, sobre las atribuciones del Consejo Regional, dispone en su literal a), aprobar, modi car o derogar las normas que regulen o reglamenten asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Articulo 9° de la Ley de Bases de la Descentralizacion N° 27783, establece las dimensiones de las autonomias politicas, administrativas y economicas de los Gobiernos Regionales y en su inciso 9.2. Especi ca que la autonomia administrativa es la facultad de organizarse internamente; Que, el Articulo 58º de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que los titulares de los Pliegos presupuestarios proponen a la Direccion General de Presupuesto Publico la creacion

de Unidades Ejecutoras debiendo contar para dicha creacion con un presupuesto anual por toda Fuente de Financiamiento no inferior a S/.10´000,000.00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES). Las Unidades Ejecutoras se crean para el logro de objetivos y la contribucion de la mejora de la calidad del servicio publico; Que, mediante el O cio Nº 4462-2012-GRC/DIRESA/ DG, la Direccion Regional de Salud ­ DIRESA del Callao, ha remitido para su aprobacion, las propuestas de adecuacion de los documentos de gestion: Reglamento de Organizacion y Funciones ­ROF debidamente adecuado y el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP, a n de que MORDAZA aprobados junto con la nueva Unidad Ejecutora Hospital de Ventanilla; Que, mediante el O cio Nº 623-2012-EF/50.07. el Ministerio de Economia y Finanzas emite opinion favorable para la constitucion de la Unidad Ejecutora Hospital de Ventanilla, sustentando en el nivel de presupuesto anual, que cumple con el limite establecido legalmente, el acercamiento de los servicios a la poblacion, el nivel de implementacion con el que cuenta la nueva unidad ejecutora y el compromiso del Pliego para apoyar su permanente fortalecimiento, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico; Que, el Articulo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece la autonomia que tienen los Gobiernos Regionales para normar asuntos de su administracion y organizacion; Que el Articulo 4º de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de la Modernizacion de la Gestion del Estado, declara que el Estado tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, uso optimo de los recursos publicos y consecuentemente un mayor impacto en la poblacion; asi mismo, en el literal c) de este articulo declara que es un objetivo, alcanzar un Estado descentralizado y desconcentrado; Que, de la revision efectuada a la propuesta de Reglamento de Organizacion y Funciones presentado por el Hospital de Ventanilla, se determino que el Proyecto se encuentra elaborado de conformidad con los lineamientos establecidos por la normatividad vigente, como es el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM "Aprueban Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por parte de las Entidades de la Administracion Publica"; cuya estructura organica esta acorde con dichos objetivos, los mismo que concuerdan con las politicas sectoriales y regionales de la Institucion; Que la propuesta del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP del Hospital de Ventanilla, esta formulado de conformidad con los lineamientos establecidos por el Decreto Supremo 043-2004-PCM "Aprueban Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro par asignacion de Personal - CAP de las Entidades de la Administracion Publica"; Que, segun Memorandum Nº 2368-2012-GRC/ GRPPAT, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; opina que el requerimiento hecho por la Direccion Regional de Salud del Callao ­ DIRESA, referente a la creacion de la Unidad Ejecutora del Hospital de Ventanilla, asi como de la aprobacion de la adecuacion de los documentos de gestion tanto del Reglamento de Organizacion y Funciones ROF, como del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP, resulta tecnicamente procedente, puesto que la nueva unidad ejecutora cuenta con opinion favorable del Ministerio de Economia y Finanzas, y la adecuacion de los indicados documentos de gestion se encuentran formulados de conformidad con la normatividad vigente, como es el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM "Aprueban Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ROF por parte de las Entidades de la Administracion Publica" y el Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM "Aprueban lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de las Entidades de la administracion Publica"; Que, de acuerdo con el Informe Nº 2665-2012-GRC/ GAJ la Gerencia de Asesoria Juridica es de la opinion

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