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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (20/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 146

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481424 DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O¿ cial El Peruano y regirá hasta el 31 de Diciembre del 2012. Segunda.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuada y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza; así como para que pueda prorrogar su vigencia, de ser el caso. Tercera.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, O¿ cina General de Administración, Unidad de Comunicaciones, Agencias Municipales y demás dependencias de la Administración Municipal el estricto cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza Municipal y a la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnología de la Información y Estadística tomar acciones y/o medidas técnicas necesarias para la Implementación y optimización del Sistema Informático. Cuarta.- La Gerencia Municipal dará todo el apoyo logístico y todas las facilidades para la implementación, difusión y cumplimiento de la presente Ordenanza, bajo responsabilidad. Quinta.- Encargar a la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnología de la Información y Estadística la correspondiente difusión en el portal web de la Municipalidad de Villa el Salvador, www.munives.gob.pe y a la Secretaría General del Concejo la publicación en el Diario O¿ cial El Peruano, de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 880597-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANTA Aprueban Reglamento Complementario de Administración de Transporte de la Municipalidad ORDENANZA Nº 108 MPC Canta, 27 de noviembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANTA VISTO, El Concejo Municipal Provincial de Canta en Sesión Ordinaria de fecha 26 de noviembre de 2012, el proyecto del Reglamento Complementario de Administración de Transporte de Ia Municipalidad Provincial de Canta. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a Ia Ley 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y comunidad en su conjunto. Asimismo, dentro de las facultades que otorga a las municipalidades provinciales se encuentran las de emitir normas y disposiciones así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los reglamentos dentro de su respectivo ámbito territorial; Que, los artículos 73º y 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen como competencia de las municipalidades provinciales en materia de tránsito, viabilidad y transporte público normar y regular el servicio de transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia, normar y regular el transporte público y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de rutas para el transporte de pasajeros, así como regular el transporte de carga, la circulación de vehículos menores y promover Ia construcción de terminales terrestres y regular su funcionamiento; Que, el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC y sus modi¿ catorias tiene por objeto regular la prestación del servicio de transporte público y privado de personas, mercancías y mixto en los ámbitos nacional, regional y provincial, estableciendo las condiciones de acceso y permanencia de carácter técnico, legal y operacional, que deben cumplir los operadores prestadores de servicio; los requisitos y formalidades para obtener una autorización o habilitación y los procedimientos para la ¿ scalización del servicio de transporte en todos sus ámbitos, en procura de lograr la completa formalización del sector y brindar mayor seguridad a los usuarios del mismo, promoviendo que reciban un servicio de calidad; Que, estando a lo establecido por los artículos 9º incisos 8, 38º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento Complementario de Administración de Transporte de Ia Municipalidad Provincial de Canta, el mismo que consta de 164 Artículos, 09 Disposiciones Complementarias Finales y 05 Disposiciones Complementaria Transitorias y 02 Disposiciones Complementarias Derogatorias, que es parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 2º.- Disponer que se realice las acciones para su correspondiente publicación conforme a Ley y la Gerencia Municipal publique en el Portal Institucional. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SAMUEL RAMÓN RUFFNER Alcalde 879723-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA Aprueban creación de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa Teresa, distrito de Huarmaca, provincia de Huancabamba ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2012-MPH/CM EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial, en Sesión Extraordinaria Nº 019, de fecha 28 de septiembre del 2012, trató como segundo punto de agenda la “Creación de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa Teresa, jurisdicción del Distrito de Huarmaca, Provincia de Huancabamba, Región Piura”.