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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481422 DISPOSICIONES FINALES Primera.- Mediante Decreto de Alcaldía se dictarán las disposiciones complementarias y reglamentarias de la presente ordenanza. Segunda.- Incorpórese al Cuadro de Infracciones y Sanciones vigente las siguientes infracciones y sanciones: CARGA Y DESCARGA DE MERCADERÍAS (29000) Código Infracción Multa en UIT vigente Otras medidas 29001 Realizar la carga y/o descarga de mercaderías fuera de los horarios establecidos 20% al proveedor y/o conductor del vehículo 29002 Facilitar y/o permitir la carga y/o descarga de mercaderías fuera de los horarios establecidos. 20% al conductor del establecimiento Clausura temporal de 3 días Tercera.- Deróguense las Ordenanzas Nº 508-MDMM, Nº 437-MDMM y Nº 254-MDMM y toda disposición que se oponga a la presente. Cuarta.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o¿ cial El Peruano. Sexta.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Comunicaciones su difusión, a Secretaría General la publicación en el Diario O¿ cial El Peruano y al Departamento de Informática y Estadística su publicación en el Portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar www.munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 879869-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Modifican la Ordenanza N° 213-2011- MDPH, mediante la cual se prohíbe realizar construcciones en el distrito en temporada de verano ORDENANZA Nº 232-2012-MDPH Punta Hermosa, 6 de diciembre de 2012 EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA VISTO, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 207-2012/MDPH-OAJ, con el voto UNÁNIME de los señores Regidores y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación de Acta; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO PRIMERO DE LA ORDENANZA Nº 213-2011-MDPH QUE PROHÍBE REALIZAR CONSTRUCIONES EN EL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA EN TEMPORADA DE VERANO Artículo Primero.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 213-2011-MDPH QUE PROHíBE REALIZAR CONSTRUCIONES EN EL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA EN TEMPORADA DE VERANO MODIFÍCASE el Artículo Primero de la ORDENANZA Nº 213-2011-MDPH que Prohíbe Realizar Construcciones en el Distrito de Punta Hermosa en Temporada de Verano, la misma que tendrá el siguiente texto: “Artículo Primero.- Prohibir se realicen cualquier tipo de construcciones en el distrito de Punta Hermosa, durante la temporada de verano comprendida desde el 15 de diciembre hasta el 15 de abril; exceptuándose las obras públicas y también aquellas que se realicen en la zona este del distrito ubicadas a partir de la autopista Panamericana Sur y en la Zona de Punta Rocas. También quedan exceptuadas, para efectos de construcción de su cerco perimétrico los predios ubicados en la zona aledaña a la antigua Panamericana Sur y que no cuenten con Cerco Perimétrico y cuya zoni¿ cación corresponda a Zona de Habilitación Recreacional conforme la ordenanza Nº 1086-MML.” Artículo Segundo.- NORMA DEROGATORIA DERÓGASE el Artículo Primero de la ORDENANZA Nº 213-2011-MDPH. Artículo Tercero.- VIGENCIA La presente ORDENANZA entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O¿ cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 880361-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Otorgan beneficios para el pago de deudas tributarias, administrativas, sanciones generadas y regularización predial ORDENANZA MUNICIPAL N° 268-MVES Villa El Salvador, 18 de Diciembre de 2012 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa el Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha, y: VISTO: El Dictamen Nº 009-2012-CRyF-MVES de la Comisión de Rentas y Fiscalización y el Informe Nº 281-2012-GR-MVES de la Gerencia de Rentas, el cual propone el Bene¿ cio para el pago de Deudas Tributarias y Administrativas correspondientes al cumplimiento del pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, de la presentación de las Declaraciones Juradas de Autovaluo y el descuento en el Pago de las Multas Administrativas a favor de los contribuyentes de la jurisdicción del Distrito de Villa El Salvador, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 en su artículo 40° faculta a las municipalidades a que mediante Ordenanza puedan suprimir arbitrios, tasas, licencias derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley;