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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (28/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 81

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de diciembre de 2012 482967 CONSIDERANDO: Primero. Que este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa N° 187-2012-CE-PJ, de fecha 26 de setiembre de 2012, prorrogó por el periodo de tres meses, a partir del 1 de octubre del año en curso, el funcionamiento de la Sala Civil Transitoria, Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente, a fi n de continuar con la descarga procesal. Segundo. Que los Presidentes de las referidas Salas Supremas han solicitado que se disponga la prórroga del funcionamiento de los mencionados órganos jurisdiccionales por el término de ley. Tercero. Que, al respecto, de los informes estadísticos remitidos aparece que aún queda considerable número de expedientes pendientes de resolver, por lo que resulta necesario disponer la prórroga del funcionamiento de las mencionadas Salas Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de tres meses. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1122-2012 de la sexagésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Walde Jáuregui, Meneses Gonzales, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por el término de tres meses, a partir del 1 de enero de 2013, el funcionamiento de la Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Sala Penal Transitoria y Sala Civil Transitoria, de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidentes de las Salas Permanentes y Transitorias del Supremo Tribunal, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la República, Gerencia General del Poder Judicial, Procuraduría Pública del Poder Judicial y al Órgano de Control Institucional del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 883060-1 Prorrogan funcionamiento del Colegiado Transitorio de la Sala Penal Nacional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 257-2012-CE-PJ Lima, 19 de diciembre de 2012 VISTOS: Los Ofi cios Nros. 219 y 530-2012-MC-SPN, cursados por el Magistrado Coordinador de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 312-2011-CE-PJ, de fecha 15 de diciembre de 2011, se reubicó y convirtió a partir del 1 de enero del año en curso la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Arequipa, en Sala Transitoria de la Sala Penal Nacional, a fi n de apoyar la descarga procesal en el área de criminalidad organizada que conoce procesos por Terrorismo, Tráfi co Ilícito de Drogas, Secuestro, Extorsión, Lavado de Activos y otros. Asimismo, mediante Resolución Administrativa N° 124- 2012-CE-PJ, del 27 de junio del año en curso, se prorrogó el funcionamiento del mencionado órgano jurisdiccional por el plazo de 6 meses. Segundo. Que, al respecto, el Magistrado Coordinador de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales, informa que el mencionado órgano jurisdiccional aún tiene procesos pendientes de señalamiento de fecha para inicio de juicio oral, así como causas con fecha de inicio de audiencia, motivo por el cual solicita que se prorrogue su funcionamiento. Tercero. Que la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia General del Poder Judicial mediante Informe 350-2012-SEP-GP-GG-PJ, concluye que es factible la prórroga de funcionamiento del Colegiado Transitorio de la Sala Penal Nacional, por el lapso de 6 meses. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1123-2012 de la sexagésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Walde Jáuregui, Meneses Gonzales, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de enero de 2013, el funcionamiento del Colegiado Transitorio de la Sala Penal Nacional, (Colegiado F), hasta el 30 de junio del referido año. Artículo Segundo.- El Magistrado Coordinador de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales y la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, deberán adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Sala Penal Nacional y a la Gerencia General de Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 883060-2 Prorrogan funcionamiento de la Sala Mixta Transitoria de la Provincia de Pasco RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 258-2012-CE-PJ Lima, 19 de diciembre de 2012 VISTOS: Los Ofi cios N° 18-2012-ETINCPP-P/PJ y N° 1062- 2012-ETI-CPP/PJ, remitidos por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, y el Ofi cio N° 937-2012-OA-CSJPA-PJ, cursado por el Jefe de la Ofi cina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Pasco. CONSIDERANDO: Primero. Que el Jefe de la Ofi cina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Pasco, mediante Ofi cio N° 937-2012-OA-CSJPA-PJ, remite la propuesta de la Comisión de Jueces para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal del mencionado Distrito Judicial, para prorrogar el funcionamiento de la Sala Mixta Transitoria de la Provincia de Pasco, por el lapso de 6 meses, a fi n de coadyuvar a la adecuada implementación del Código Adjetivo en la referida Corte Superior, sustentada en razones de carga procesal. Segundo. Que por lo expuesto en el Informe N° 105-2012-STJ-ETI-CPP/PJ, elaborado por la Secretaría Técnica Jurisdiccional del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, y teniendo