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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de diciembre de 2012 482971 En concordancia con lo anterior, la Décima Disposición Final de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, señala que el Banco Central rige su proceso presupuestario de conformidad con su Ley Orgánica, en el marco de lo dispuesto por el Artículo 84 de la Constitución Política; En esa misma línea, el literal b) de la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 señala que, para el caso del Banco Central, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos de personal a aplicarse en el año 2013 son aprobadas y dictadas mediante acuerdo de su Directorio, las mismas que deben publicarse en el diario ofi cial El Peruano; El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, en concordancia con la Constitución y la Ley, en ejercicio de la autonomía que éstas le otorgan, ha dispuesto mantener una política de austeridad en el gasto, que a su vez coadyuve a las mejoras en la efi ciencia y procesos de la institución. SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobar las medidas de austeridad siguientes, que serán de aplicación para el ejercicio 2013: a. Establecer 968 plazas para el Cuadro de Asignación de Personal del Banco para el periodo enero - diciembre 2013. b. La contratación de nuevo personal para la cobertura de plazas vacantes presupuestadas se realizará mediante concurso público, incluyendo los cursos de extensión universitaria de Economía y Finanzas. c. Los concursos públicos para la contratación de personal y la convocatoria y selección de practicantes se publicarán en la sección Transparencia del Portal Institucional. d. El monto para la contratación por locación de servicios que se celebre con personas naturales de manera directa o indirecta no sobrepasará la remuneración equivalente máxima del puesto de gerente del Banco. Las excepciones a este tope son aprobadas por el Gerente General. e. No están autorizados los gastos de publicidad, salvo los requeridos por las normas legales y los vinculados al ejercicio de las funciones que la Constitución Política le asigna al Banco. f. La Gerencia General emitirá una norma interna con disposiciones de austeridad adicionales. Artículo 2. La presente Resolución de Directorio rige a partir del 1 de enero del 2013. Artículo 3. La Resolución de Directorio N° 073-2011- BCRP regirá hasta el 31 de diciembre del 2012. JULIO VELARDE Presidente 883001-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Otorgan duplicado de diploma de grado de bachiller en ingeniería química emitido por la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCIÓN Nº 0979-CU-2012 Huancayo, 2 de octubre de 2012. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 25991 de fecha 29 de Agosto del 2012, por medio del cual don RAÚL GERARDO AVILA MEZA, solicita Duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Química, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, don Raúl Gerardo Avila Meza, solicita duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller, por pérdida; el Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Química, fue expedido el 30.06.1981, Diploma registrado con el Nº 415, registrado a Fojas 008 del Tomo 008, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem 4 de la Directiva Nº 001-2006-SG-UNCP; Que, mediante la Resolución Nº 01304-CU-2007 del 19.01.2007, la Universidad aprueba la “Directiva para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por la Universidad Nacional del Centro del Perú”; Que, con Resoluciones Nº 1525-2006-ANR y 1895- 2006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626, por medio del cual faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación; y, De conformidad a las atribuciones conferidas por los dispositivos legales vigentes, al cumplimiento de la Directiva Nº 001-SG-2006-UNCP., y al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 19 de Setiembre del 2012. RESUELVE: 1º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADEMICO DE BACHILLER EN INGENIERIA QUIMICA, a don RAÚL GERARDO AVILA MEZA, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 415, registrado a Fojas 008 del Tomo 008. 2ºDAR CUENTA de la presente Resolución a la Asamblea Nacional de Rectores de conformidad a la Ley 28626. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Arquitectura. Regístrese y comuníquese. JESÚS EDUARDO POMACHAGUA PAUCAR Rector MAURO RODRÍGUEZ CERRÓN Secretario General 882049-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo Acuerdo de Concejo Nº 089-2012-MDP/C de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN N° 1096-2012-JNE Expediente N° J-2012-01185 PACHACÁMAC – LIMA – LIMA Lima, cinco de diciembre de dos mil doce VISTO en audiencia pública del 5 de diciembre de 2012, el recurso de apelación interpuesto por Julio César Piña Dávila, contra el Acuerdo de Concejo N.° 089-2012-MDP/C, adoptado en la sesión ordinaria de fecha 24 de agosto del año en curso, mediante el cual se le impone la sanción de suspensión por treinta días naturales en el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, provincia y departamento de Lima y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de suspensión Isabel Rodi Bernardo Javier, con fecha 16 de mayo de