Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2012 (21/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
VISTA:

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de enero de 2012

MORDAZA MORDAZA - Chulucanas - Tambo Grande - Tambo Grande - Las MORDAZA - Ayabaca por carretera afirmada con tramos de trocha carrozable, con tiempo estimado de viaje de diez horas en camioneta y hasta quince horas en tiempo de lluvia. Sexto. Que el Distrito de MORDAZA, Provincia de Ayabaca, se encuentra en igual situacion que el Distrito de Pacaipampa, teniendo mayor acceso al Distrito de Chulucanas, con una distancia de 50 kilometros y tiempo estimado de viaje de dos horas, mientras que a Ayabaca recorrerian 204 kilometros de distancia en siete horas. Setimo. Que el volumen de expedientes ingresados y resueltos por el Juzgado de Paz Letrado de Comisaria de Pacaipampa alcanzan aproximadamente el 20% de su estandar, y estimando que el 50% de dichos procesos se elevan en apelacion o consulta a MORDAZA instancia, se tiene que 101 expedientes (10 expedientes mensuales), se levaran al dichos organos jurisdiccionales, cantidad que puede ser asumida por los Juzgados Mixto, Penal Liquidador y Penal Unipersonal de Chulucanas, Provincia de Morropon. Octavo. Que de conformidad con el articulo 82°, numeral 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, es facultad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar medidas para el adecuado funcionamiento de las dependencias de este Poder del Estado. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo Nº 12692011 de la cuadragesima tercera sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Almenara MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, en uso de sus atribuciones, y de conformidad con el informe del senor Chaparro Guerra. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Precisar que los Distritos de Pacaipampa y MORDAZA de la Provincia de Ayabaca, Departamento de MORDAZA, continuan perteneciendo a la jurisdiccion del Modulo Basico de Justicia de Chulucanas, Provincia de Morropon, Departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, conforme a la Resolucion Administrativa N° 1472002-CE-PJ del 4 de octubre de 2002. Articulo Segundo.- Modificar la Resolucion Administrativa N° 396-2010-CE-PJ, de fecha 2 de diciembre de 2010, en el extremo referido precedentemente. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Publico, Ministerio de Justicia, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y Sullana; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 743996-1

La Investigacion numero trescientos sesenta y siete guion dos mil ocho guion Callao seguida contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA en sus actuaciones como Asistente Judicial del MORDAZA Juzgado Especializado Civil del Callao y Secretario Judicial del MORDAZA Juzgado Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, respectivamente, a merito de la propuesta de destitucion formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero dieciocho expedida con fecha veinticuatro de enero de dos mil once, de fojas cuatrocientos veinticuatro. CONSIDERANDO: Primero. Que analizados los actuados se evidencia que con anterioridad este Organo de Gobierno ha resuelto la propuesta de destitucion formulada por la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial imponiendo la medida disciplinaria de destitucion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en sus actuaciones como Asistente Judicial del MORDAZA Juzgado Especializado Civil del Callao y Secretario Judicial del MORDAZA Juzgado Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, respectivamente, por haber incurrido en cobro indebido de dinero [ver fojas cuatrocientos cincuenta y siete vuelta]. Segundo. Que, al respecto, corresponde senalar que el MORDAZA Ne bis in idem se encuentra contemplado en el inciso diez del articulo doscientos treinta de la Ley del Procedimiento Administrativo General, y establece que "no se podra imponer sucesiva o simultaneamente una pena y una sancion administrativa por el mismo hecho en los casos en que se aprecie la identidad del sujeto, hecho y fundamento". En efecto, se prohibe la duplicidad de sanciones y procesos cuando concurra la llamada "triple identidad"; lo contrario seria un exceso por parte de la administracion. Al respecto, es necesario precisar que en el presente caso existe identidad de sujeto pues se trata de las mismas personas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Chavez; en cuanto a la identidad de hecho se trata de los mismos hechos historicos, es decir, el cobro indebido de dinero, y la identidad de fundamento, es el mismo por el cual fueron sancionados con anterioridad. Tercero. Que, en consecuencia, corresponde declarar la nulidad de todo lo actuado y archivar el presente procedimiento administrativo. Por estos fundamentos; el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien no interviene por encontrarse de licencia. Por unanimidad. RESUELVE: Declarar la NULIDAD de todo lo actuado en la presente investigacion administrativa disciplinaria seguida contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en sus actuaciones como Asistente Judicial del MORDAZA Juzgado Especializado Civil del Callao y Secretario Judicial del MORDAZA Juzgado Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, respectivamente; archivandose. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.SS. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYAR CHAPARRO MORDAZA 743996-2

Declaran nulidad de lo actuado en investigacion administrativa disciplinaria seguida contra Asistente Judicial del MORDAZA Juzgado Especializado Civil del Callao y Secretario Judicial del MORDAZA Juzgado Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao
INVESTIGACION Nº 367-2008-CALLAO MORDAZA, once de octubre de dos mil once.-

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