Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2012 (21/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de enero de 2012

activa promedio en moneda nacional (TAMN) que publica esta Superintendencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General las acciones administrativas, financieras y legales necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 741894-1

UNIVERSIDADES
Autorizan expedicion de duplicado de diploma del Grado Academico de Bachiller en Ciencias con mencion en Ingenieria Industrial de la Universidad Nacional de Ingenieria
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL N° 1849 MORDAZA, 28 de diciembre de 2011 Visto el expediente SIGA Nº 2011-27642 y 2011-27645 de fecha 29 de noviembre del 2011, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Angeles; CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el expediente del visto, solicita la expedicion del duplicado, por perdida de su diploma, del "Grado Academico de Bachiller en Ciencias con mencion en Ingenieria Industrial" y del "Titulo Profesional de Ingeniero Industrial", adjuntando la documentacion sustentatoria respectiva, segun lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales, aprobado por Resolucion Rectoral Nº 0122 del 18 de enero del 2008; Que, la Oficina de Tramite Documentario, MORDAZA y Titulos de la Secretaria General de la Universidad, mediante informe de fecha 06 de octubre del 2011, precisa lo siguiente: a) Que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha obtenido el Grado Academico de Bachiller en Ciencias con mencion en Ingenieria Industrial, el mismo que se encuentra registrado en la pagina Nº 151 del Libro de Bachilleres Nº 01, con el numero de registro 2395, conferido el 26 de MORDAZA de 1976; b) Que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha obtenido el Titulo Profesional de Ingeniero Industrial, el cual se encuentra registrado en la pagina Nº 41 del Libro de Titulos Profesionales Nº 13, con el numero de registro 8242, conferido el 05 de octubre de 1976; Que, estando a la propuesta de la Comision Academica y de Investigacion del Consejo Universitario, sesion Nº 502011, segun el Oficio Nº 937-2011/1er.VR, el Consejo Universitario en su sesion extraordinaria Nº 42 del 21 de diciembre del 2011, acordo aprobar la expedicion del duplicado de los respectivos diplomas, tanto del Grado Academico de Bachiller como del Titulo Profesional; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso a), articulo 52º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la expedicion del duplicado del diploma del Grado Academico de Bachiller en Ciencias con mencion en Ingenieria Industrial, a nombre del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANGELES. Articulo 2º.- Autorizar la expedicion del duplicado del diploma del Titulo Profesional de Ingeniero Industrial, a nombre del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANGELES. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina de Tramite Documentario, MORDAZA y Titulos expida los mencionados diplomas y anulandose lo otorgado anteriormente. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Rector 743207-1

Fijan contribucion trimestral para las Empresas de Servicios Fiduciarios a partir del ano 2012
RESOLUCION SBS Nº 153-2012 MORDAZA, 13 de enero de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, el numeral 10 del articulo 282° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 define a la empresa de servicios fiduciarios como integrante del sistema financiero; Que, el articulo 373º de la referida Ley, dispone que el presupuesto de este ente supervisor es aprobado por el Superintendente, quien tiene a su cargo la administracion, ejecucion y control del mismo, y es cubierto mediante contribuciones trimestrales adelantadas a cargo de las empresas supervisadas; En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 87º de la Constitucion Politica del Peru y las facultades establecidas en la Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Fijar una contribucion trimestral para las Empresas de Servicios Fiduciarios a partir del ano 2012, que resultara de aplicar una tasa anual de un MORDAZA del uno por ciento (1/5 del 1%) sobre el promedio trimestral del Activo; y la tasa anual de ochenta y cinco milesimas (0.085) sobre el promedio mensual del trimestre anterior de la cuenta 5202.04 Ingresos por Servicios Diversos - Fideicomisos -. Articulo Segundo.- Las contribuciones que correspondan pagar de conformidad con lo dispuesto en el Articulo Primero, de la presente Resolucion, deberan ser abonadas dentro de los diez (10) dias siguientes de su requerimiento trimestral que en su oportunidad determine este Organismo de Control. En caso de incumplimiento en el pago de la contribucion fijada, esta devengara intereses por el periodo de atraso, aplicandose la tasa de interes activa promedio en moneda nacional (TAMN) que publica esta Superintendencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General las acciones administrativas, financieras y legales necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 741896-1

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