Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2012 (27/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de enero de 2012 459914 en fecha veintitrés de noviembre del año dos mil once, ha debatido el Proyecto de Ordenanza Regional que Constituye la Mesa REDD Cusco; por tanto: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por Ley Nº 27680, “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador (…)”. Que, el artículo 67° de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus recursos naturales. Complementariamente, el artículo 68°, establece que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas. Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fi scalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (…)”. Que, el literal d) del inciso 2 del artículo 10º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como competencia compartida de los gobiernos regionales: la “Gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental”. Que, los incisos b) y c) del artículo 53º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como funciones de los gobiernos regionales en materia ambiental y de ordenamiento territorial: “Implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las comisiones ambientales regionales” y “Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas”. Que, el artículo 61° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, establece que: Los Gobiernos Regionales, a través de sus Gerencias de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, y en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y la Autoridad Ambiental Nacional, implementan un Sistema Regional de Gestión Ambiental, integrando a las entidades públicas y privadas que desempeñan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, así como a la sociedad civil, en el ámbito de actuación del gobierno regional. Que, los artículos 29° y 30° del Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-PCM, establecen que en ejercicio del Nivel III del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, se podrá crear Grupos Técnicos Regionales (Mesa Técnica), para la discusión, análisis y búsqueda de acuerdos técnicos y mecanismos para hacer operativos los instrumentos de gestión ambiental en el ámbito de la región, para tal efecto, se debe establecer, objetivos, funciones, composición, plazo de duración y designar la institución sobre la que recaerá la secretaría técnica de la mesa. La mesa será creada por el Gobierno Regional dentro de su ámbito. Que, analizada la realidad ambiental en la región, se han identifi cado varios problemas ambientales generados por la deforestación y la degradación, incendios forestales, cambio de uso de suelo y la contaminación producida por las condiciones de precariedad del manejo de modelos productivos. Que, la atención y solución de los problemas ambientales, exige tomar medidas que deriven de la acción concertada y articulada de los sectores públicos, privados y de la sociedad civil, interesados en conservar y proteger la biodiversidad ecológica, que deriva en la propuesta de creación de una Mesa REDD, que además de sus funciones propias esté vinculada al Grupo Técnico de Cambio Climático. Que, el Grupo REDD Perú es una iniciativa público privada, iniciada en el mes de febrero del año 2008, que se ha consolidado como el espacio referente para el diálogo sobre el mecanismo de Reducción de Emisiones de la Deforestación y la Degradación (REDD). El Grupo REDD Perú articula a casi todos los actores involucrados en las iniciativas REDD en el Perú. Actualmente cuenta con más de 60 organizaciones: públicas, ONGs, de cooperación, de investigación, fondos de promoción, empresas, etc. El Grupo REDD está estructurado en tres Grupos de Trabajo, cubriendo los temas técnico, legal, institucional y fi nanciero; además cuenta con 4 Mesas Regionales en Madre de Dios, San Martín, Cusco y Piura. Que, estando a los documentos sustentatorios: Informe N° 074-2011-GRCUSCO/GR.RNGMA, de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente; y el Informe N° 302-2011-GRCUSCO- ORAJ, de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica. Que, estando al Dictamen N° 01-2011-CO.RRNN.MA, emitido por la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Medio Ambiente del Consejo Regional del Cusco, que propone la aprobación con adiciones conforme al texto propuesto de la fórmula legal. Por lo que; el Consejo Regional del Cusco, en uso de la facultad conferida por el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno de Organización y Funciones. HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- Constituir, la Mesa REDD Cusco, la misma que estará conformada por un representante titular y uno alterno acreditados, de las siguientes instituciones: Gobierno Regional del Cusco • Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente • Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a través de la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial • Proyectos Especiales Regionales: Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente – IMA y otros • Dirección Regional de Agricultura • Dirección Regional de Educación Ministerio del Ambiente • SERNANP – Enlace Territorial Sur Ofi cinas Públicas Descentralizadas (OPDs) • Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRORURAL • Administración Técnica Forestal y Fauna Silvestre – ATFFS Asociaciones, instituciones e instancias de concertación • Asociación para la Conservación de la Cuenca Amazónica (ACCA) • Asociación de Ecosistemas Andinos (ECOAN) • Instituto Machupicchu (IMAPI) • Proyecto Adaptación al Cambio Climático (PACC) • Sociedad Zoológica de Fráncfort (SZF) • Servicios Ecosistémicos Perú (SE Perú) • Asociación Andes (ANDES) • ARARIWA • DRIS Municipalidades con capital forestal amazónico • La Convención • Calca • Paucartambo • Quispicanchi • Anta