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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (08/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de febrero de 2012 460574 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 062-2012-MTC/02 Lima, 3 de febrero de 2012 VISTOS: El Informe Nº 031-2012-MTC/12.07 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 007- 2012-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico, de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa Helinka S.A.C. ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil, su solicitud para ser atendida durante el mes de febrero de 2012, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 10 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Helinka S.A.C. ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente a los Procedimientos a que se refi eren en el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Ordenes de Inspección y referidas en los Informes Nº 031- 2012-MTC/12.07 y Nº 007-2012-MTC/12.07 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29812, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Wilson Emilio Alvarado Torres, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará del 19 al 23 de febrero de 2012, a la ciudad de Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 031-2012-MTC/07 y Nº 007- 2012-MTC/12.07. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa Helinka S.A.C a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION DE CERTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 19 AL 23 DE FEBRERO DE 2012 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES N° 007-2012-MTC/12.07 Y N° 031-2012-MTC/12.07 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs 045-2012-MTC/12.07 19-Feb 23-Feb US$ 1,000.00 Helinka SAC Alvarado Torres, Wilson Emilio Santa Cruz Bolivia Inspección técnica a la aeronave EUROCOPTER BK 117 con matrícula OB-1966-P por expedición de certifi cado de aeronavegabilidad para exportación de aeronave 20580-20581 750035-2 Autorizan a la empresa Escuela de Brevetes Profesionales Inversiones Damcohua S.A.C. para impartir cursos de capacitación para obtener licencia de conducir RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 4955-2011-MTC/15 Lima, 26 de diciembre del 2011 VISTO: El Parte Diario N° 139437 presentado por la empresa denominada ESCUELA DE BREVETES PROFESIONALES INVERSIONES DAMCOHUA S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 2745- 2011-MTC/15 de fecha 22 de julio de 2011, se autorizó a la ESCUELA DE BREVETES PROFESIONALES INVERSIONES DAMCOHUA S.A.C., en adelante La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales,