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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (19/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 19 de febrero de 2012 461087 que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante los registros señalados en los vistos, las diferentes comunas ubicadas en esta jurisdicción distrital, así como diferentes organizaciones sociales solicitan el pronunciamiento de esta corporación municipal, así como que intercedan por ellos ante las autoridades competentes para la erradicación de los Penales “San Pedro”, ex Lurigancho, así como el Penal “Miguel Castro Castro”, toda vez que ellos se han convertido en centros de hacinamiento que han colapsado desde hace mucho tiempo en su capacidad de albergar a los reclusos, representando por otro lado un peligro para los propios internos, para el público visitante y para la población residente aledaña a estos centros, además de ello por el hecho de haberse convertido sus alrededores en zonas peligrosas donde pululan elementos del mal vivir, representando consecuentemente un peligro latente e inminente para la población; Que, mediante Informe Nº 0043-2012-SGDC-GDE/ MDSJL la Subgerencia de Defensa Civil señala que respecto a la situación de los mencionados centros penitenciarios, se ha elaborado un Informe Preliminar en el que se indica la necesidad de realizar una visita en dichos Centros Penitenciarios, debido a las deplorables condiciones de inseguridad en la que se encuentran, toda vez, que de producirse una emergencia por incendio, sismo o deslizamiento de rocas, se estaría poniendo en riesgo grave la vida, cuerpo y salud de la población del penal; Que, la Ley Nº 29664 “Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres” en su artículo 4º establece que la Gestión del Riesgo de Desastres es un proceso social cuyo fi n último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre, considerando la políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica , ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible. La Gestión del Riesgo de Desastres está basada en la investigación científi ca y de registro de informaciones y orienta las políticas, estrategias y acciones en todos los niveles de gobierno y de la sociedad con la fi nalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y el Estado; Que, a lo largo de los años se ha venido registrando en los centros penitenciarios del distrito fugas , reyertas, motines y crímenes de reclusos y visitantes , lo que constituye un peligro inminente para la seguridad de los vecinos del distrito; Que, mediante Informe Nº 0037-2012-GSC/MDSJL la Gerencia de Servicios a la Ciudad sugiere el traslado o erradicación de los penales San Pedro y Castro Castro, debido a que en la actualidad están ubicadas en una zona urbana del distrito de San Juan de Lurigancho, generando una zona de inseguridad, zozobra, temor y mala imagen; Que, mediante Informe Nº 049-2012-GAJ-MDSJL la Gerencia de Asesoría Jurídica manifi esta que los establecimientos penitenciarios “ San Pedro” y “ Miguel Castro Castro”, se encuentran sobre poblados, no cuentan con la infraestructura adecuada, lo cual pone en peligro la vida de los reclusos, del personal, así como la seguridad de los vecinos del distrito, por lo que opina que mediante Acuerdo de Concejo se autorice al Señor Alcalde de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, para que inicie las acciones necesarias ante las autoridades competentes, para la erradicación y clausura de dichos centros penitenciarios, por constituir peligro inminente para la salud y seguridad de los vecinos del distrito; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el Voto Unánime del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar de necesidad prioritaria para el distrito de San Juan de Lurigancho la CLAUSURA Y ERRADICACIÓN de los Centros Penitenciarios SAN PEDRO (EX – LURIGANCHO) y MIGUEL CASTRO CASTRO, a pedido de las 18 comunas del distrito de San Juan de Lurigancho que representan a 1300 instituciones sociales del distrito de San Juan de Lurigancho, por constituir peligro inminente para la Salud y Seguridad de los vecinos de San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- Autorizar al Señor Alcalde CARLOS JOSE BURGOS HORNA, para que inicie las gestiones necesarias del caso ante el Señor Presidente de la República, Congreso de la República, Defensoría del Pueblo, Ministerio Público, Ministerio de Salud, Ministerio de Justicia, Instituto Nacional Penitenciario, Instituto de Defensa Civil y demás Instituciones públicas y privadas, para hacer efectivo el presente Acuerdo de Concejo. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 754404-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 226 Mediante Ofi cio Nº 0069-2012-SG/MDSJL, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 226, publicada el 4 de febrero de 2012. En la Parte Resolutiva: DICE: Artículo Tercero.- Facúltese al Alcalde para celebrar convenios con las instituciones públicas o privadas que permitan garantizar la ejecución del proceso de Presupuesto Participativo. DEBE DECIR: Artículo Tercero.- Facúltese al Alcalde para celebrar convenios con las instituciones públicas o privadas que permitan garantizar la ejecución del Proceso de Actualización del Plan Concertado 2005-2015. 754417-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Adecuan el TUPA de la Municipalidad al nuevo diseño organizacional en concordancia con las funciones especificadas en la Ordenanza Nº 087- 2012/MDSA DECRETO DE ALCALDÍA Nº 00002-2012/MDSA Santa Anita, 10 febrero del 2012 VISTO: El informe Nº 010 -2012-GPPR/MDSA, de fecha 10 de Febrero de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 043-2009-MDSA, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 12.01.2010 se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, así como sus respectivas modifi catorias en virtud de la Ley Nº 27444, del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM y adecuado al Nuevo Formato en defi nido por el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM; Que, mediante Ordenanza Nº 087-2012/MDSA, de fecha 31 de Enero del 2012, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones modificado de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, creándose la Gerencia de Seguridad Ciudadana, cuyo órgano de línea es la Subgerencia de Serenazgo, Fiscalización y Control, así como sus áreas dependientes de Defensa Civil y Transporte y por otro lado, el cambio de nombre de otras Subgerencias;