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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (19/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 19 de febrero de 2012 461075 proponer al Consejo Directivo, para su aprobación, las normas relacionadas con el proceso de AUS, en materia de su competencia, de acuerdo al marco legal vigente, así como expedir Resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo; Con el visado del Superintendente Adjunto; de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro; y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en Sesión Ordinaria N° 003-2012-CD/SUNASA de fecha 07 de febrero de 2012; SE RESUELVE: Artículo 1°.- MODIFICAR, el artículo 8° de la Resolución de Superintendencia N° 027-2011-SUNASA/S y el artículo 24° de la Resolución de Superintendencia N° 38- 2011-SUNASA/CD, en el sentido de disponer que dichas Resoluciones entrarán en vigencia a partir de la información correspondiente al mes de julio 2012. Artículo 2°.- PRECISAR, que la información del SETIEPS por el primer semestre del 2012, se deberá elaborar conforme lo establecido en la Resolución N° 015- 2006-SEPS/CD y la Resolución N° 049-2006-SEPS/CD. Artículo 3°.- PRECISAR, que la información del SITEDS Facturación por el primer semestre del 2012, se deberá elaborar conforme lo establecido en las Resoluciones Nºs. 019-2005-SEPS/CD, 061-2005-SEPS/S y 003-2009-SEPS/S. Artículo 4°.- A partir de la información correspondiente al mes de julio 2012, queda sin efecto las Resoluciones Nºs. 015-2006-SEPS/CD, 049-2006-SEPS/CD, 019-2005- SEPS/CD, 061-2005-SEPS/S y 003-2009-SEPS/S, así como todas aquellas disposiciones que se le opongan de manera total o parcial. Artículo 5º.- La presente Resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELÍAS MELITON ARCE RODRÍGUEZ Superintendente 754175-1 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Declaran que la Escuela Superior de Teología Evangélica No Estatal Seminario Bíblico Andino ha organizado el plan de estudios de la Carrera de Teología de acuerdo con la Ley Universitaria COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0096-2012-ANR Lima, 7 de febrero de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nº 018-DSBA-2011, de fecha 08 de setiembre de 2011; Nº 022-DSBA-2011, de fecha 10 de octubre de 2011; el informe Nº 029-2012-DGDAC, de fecha 23 de enero de 2012; el memorando Nº 0091-2012-SE, de fecha 25 de enero de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29635, de fecha 21 de diciembre de 2010, determinó en su Tercera Disposición Complementaria Final que el Seminario Bíblico Andino, fundado el año 1935 y reconocido por Decreto Supremo Nº 048-85-ED, pertenece al sistema universitario, se gobierna por su propio estatuto y tiene la autonomía, derechos y deberes de las universidades; precisándose que los grados y título que expida la referida institución deberán ser inscritos en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante Resolución Nº 0599-2011-ANR, se aprobó la “Guía para la Adecuación de Instituciones a la Ley Universitaria Nº 23733” con el objetivo de incorporar adecuadamente al Sistema Universitario del país a las instituciones educativas no universitarias que por mandato de Ley se les otorgue la autonomía, derechos y deberes que la Ley Nº 23733 establece a las universidades del país; Que, dentro del marco legal precitado, mediante ofi cios de vistos, el Director del Seminario Bíblico Andino, remite a la Asamblea Nacional de Rectores el Plan de Estudios de la carrera que imparte y sus especialidades para su evaluación; Que, mediante informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores informa que el Plan de Estudios de la carrera que imparte el Seminario Bíblico Andino ha sido elaborado en base a los criterios establecidos en el artículo 23º de la Ley Universitaria y las pautas establecidos en la citada “Guía para la Adecuación de Instituciones a la Ley Universitaria Nº 23733” por lo que opina favorablemente a emitir la correspondiente resolución de aprobación; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución, conforme al informe Nº 034-2012-DGDAC, por la que se declare que la Escuela Superior de Teología Evangélica No Estatal “Seminario Bíblico Andino” ha organizado el plan de estudios de la carrera que imparte de acuerdo al artículo 23º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29635, la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Escuela Superior de Teología Evangélica No Estatal “Seminario Bíblico Andino”, con sede en la ciudad de Lima, ha organizado el plan de estudios de la carrera que imparte y sus especialidades de acuerdo a lo establecido en el artículo 23º de la Ley Universitaria Nº 23733 y la “Guía de Adecuación de Instituciones Educativas a la Ley Universitaria Nº 23733”; quedando en consecuencia aprobado para su ejecución: • Carrera de Teología, en las especialidades de: - Formación Religiosa - Literatura Bíblica - Misiología Artículo 2º.- Precisar que la carrera ante citada conduce al grado académico de bachiller y al título de licenciado con las menciones respectivas, los que se inscribirán en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores. Artículo 3º.- Establecer que la creación de nuevas carreras requieren previamente de la coordinación de la Asamblea Nacional de Rectores, en cumplimiento de los artículos 13º, 14º y 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 754361-1