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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 19 de febrero de 2012 461076 Aprueban la creación y funcionamiento de la Escuela de Post Grado en la Universidad Peruana de las Américas COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0098-2012-ANR Lima, 7 de febrero de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nº 0118-2011/R-UPA, de fecha 16 de diciembre de 2011; S/N, con registro de mesa de partes Nº 176822, de fecha 16 de diciembre de 2011; los informes Nº 32-2012-DGAJ, de fecha 09 de enero de 2012; Nº 024- 2012-DGDAC, de fecha 18 de enero de 2012; y el acuerdo del Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores de fecha 23 de enero de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, en mérito a lo dispuesto por el artículo 13º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, la universidad que dispone de los docentes, instalaciones y servicios necesarios puede organizar una Escuela de Post Grado o secciones de igual carácter en una o más facultades, cuyos estudios conducen a los grados de Maestro y Doctor; requiriéndose para tal efecto el pronunciamiento favorable de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante Resolución Nº 394-2004-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores aprobó los Requisitos Mínimos para la Organización y Funcionamiento de una Escuela de Post Grado o Sección de Post Grado, el que establece como uno de los requisitos esenciales para la organización de una Escuela de Post Grado que la universidad deba acreditar una antigüedad de diez años de funcionamiento y la participación preferente de docentes con grados avanzados de maestría y doctorado en la categoría de principal; Que, mediante Resolución Nº 016-2002-CONAFU, de fecha 22 de enero de 2002, el Consejo Nacional para la Autorización de Universidades – CONAFU, aprobó el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Peruana de las Américas; posteriormente, la misma autoridad, mediante Resolución Nº 199-2002-CONAFU, de fecha 14 de agosto de 2002, autorizó el funcionamiento provisional de la Universidad Peruana de las Américas y mediante Resolución Nº 100-2009-CONAFU, se le otorga licencia de funcionamiento defi nitiva; Que, mediante ofi cios de vistos, el Rector de la Universidad Peruana de las Américas, remite la documentación correspondiente al proyecto de creación de la Escuela de Post Grado en su universidad con las siguientes maestrías: • Maestría en Dirección de Empresas • Maestría en Gestión de Tecnologías de la Información • Maestría en Finanzas. Que, mediante informe Nº 32-2012-DGAJ, la Dirección General de Asesoría Jurídica de la Asamblea Nacional de Rectores opina que la Universidad Peruana de las Américas cumple con el requisito de antigüedad para iniciar el trámite de creación de su Escuela de Post Grado; Que, mediante Informe Nº 024-2012-DGDAC, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, expresa su conformidad con el proyecto de creación de la Escuela de Post Grado en la Universidad Peruana de las Américas y las maestrías propuestas, quedando expedito para el visto del Pleno de Rectores; Estando al acuerdo de Pleno de Rectores en su sesión ordinaria llevada a cabo el 23 de enero de 2012, y; De conformidad con la Ley Universitaria, Ley Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la creación y funcionamiento de la Escuela de Post Grado en la Universidad Peruana de las Américas, con sede en la ciudad de Lima, con los siguientes Programas de Maestría: • Maestría en Dirección de Empresas • Maestría en Gestión de Tecnologías de la Información • Maestría en Finanzas. Artículo 2º.- Precisar que la Universidad Peruana de las Américas deberá coordinar previamente con la Asamblea Nacional de Rectores la creación y funcionamiento de nuevos programas de maestría o doctorado en la Escuela de Post Grado que se aprueba mediante la presente Resolución. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 754362-1 CONTRALORIA GENERAL Encargan funciones de Contralor General de la República al Vicecontralor General RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 065-2012-CG Lima, 17 de febrero de 2012 VISTOS; las comunicaciones remitidas por la Presidencia de la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores, OLACEFS –PRES 005- 2012, OLACEFS –PRES 006-2012 y OLACEFS –PRES 007-2012, suscritas el 02 y 09 de febrero de 2012; así como la Hoja Informativa N° 007-2012-CG/CT del Departamento de Cooperación Técnica; CONSIDERANDO: Que, conforme a los documentos de vistos, el Presidente de la OLACEFS y Contralor General de la República del Ecuador, tiene a bien delegar la representación de la organización regional OLACEFS, al Contralor General de la República del Perú, para participar en la Cuarta Reunión del Comité Rector de la Cooperación INTOSAI-Donantes, evento que se llevará a cabo en la ciudad de Jaipur, India, del 23 al 25 de Febrero de 2012; Que, la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores - INTOSAI, es un organismo autónomo, independiente y apolítico, conformado por Entidades Fiscalizadoras Superiores - EFS de países que pertenecen a las Naciones Unidas, creado como una institución permanente para fomentar el intercambio de ideas y experiencias en temas concernientes a la auditoría gubernamental; Que, la INTOSAI suscribió un Memorando de Entendimiento (MdE) con la comunidad internacional de donantes, instancia conformada por 16 entidades de cooperación internacional, presidido por el Banco Mundial, dicho acuerdo tiene el propósito de lograr cooperación para fortalecer las capacidades de las EFS de los países en desarrollo, a fi n de aumentar su efi cacia, principalmente en materias de rendición de cuentas, transparencia, buen gobierno y anticorrupción, para lo cual se constituyó el “Comité Rector de la Cooperación INTOSAI – Donantes”; Que, la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores – OLACEFS, es un organismo creado como una organización permanente que se encarga de cumplir funciones de investigación científi ca especializada y desarrollar tareas de estudio, capacitación, especialización, asesoría y asistencia técnica, formación y coordinación al servicio de sus miembros; formando parte de la INTOSAI; Que, la Contraloría General de la República del Perú, es miembro activo de la INTOSAI y de la OLACEFS, ejerciendo actualmente a nivel de la INTOSAI la presidencia del Subcomité 2 de Creación de Capacidades y en la OLACEFS