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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de febrero de 2012 461175 con lo señalado en el Art. 16º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM. El reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal – CAP será publicado en el portal de transparencia de la Institución dentro de los tres (3) días calendarios siguientes a la fecha de publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente 754989-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban transferencias para unidades ejecutoras y pagos directos para los acreditados al Componente Semisubsidiado como subsidio por sepelio a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 028-2012/SIS Lima, 20 de febrero de 2012 VISTOS: El Informe Nº 036-2012-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los benefi ciarios del Seguro Integral de Salud y el Informe Nº 051-2012-SIS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, las transferencias fi nancieras entre entidades del Gobierno Nacional, consideradas del Seguro Integral de Salud, durante el Año Fiscal 2012; se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, en concordancia con lo establecido en los numerales 12.1 y 12.2 del artículo 12° de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la distribución de los recursos que en el marco de la Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfi eren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Que, conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 226-2011/MINSA, que sustituye los Anexos “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado” y “Defi niciones Operacionales”, aprobados por la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA, el prestador deberá reponer el 100% del consumo reportado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 934-2010/ MINSA se modifi ca el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 872-2009/MINSA, en el que facultan al Seguro Integral de Salud a utilizar las modalidades o mecanismos de pago más adecuados para el fi nanciamiento de las prestaciones que se coberturen en el marco del proceso de implementación del Aseguramiento Universal en Salud, incluyendo aquellas prestaciones que no se encuentran comprendidas en la Resolución Ministerial N° 240-2009/ MINSA, así como las que forman parte del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), en tanto dure el proceso de reestructuración y adecuación del SIS a su nuevo rol de Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFA); Que, mediante Resolución Ministerial N° 910-2011/ MINSA, se modifi ca el numeral 1 del acápite V.2 Del Proceso de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa N° 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolución Ministerial N° 422-2007/MINSA, en el que se dispone que “Las transferencias de recursos serán programadas por el SIS, a fi n de garantizar el oportuno fi nanciamiento de las prestaciones”; Que, de acuerdo al Convenio de Gestión para la Implementación, Desarrollo y Ejecución del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud y la Primera Addenda a este convenio, suscrito entre el SIS y la Región Huancavelica para fi nanciamiento de las prestaciones del I nivel de atención bajo el mecanismo de pago capitado; Que, de acuerdo al Convenio de Gestión para la Implementación, Desarrollo y Ejecución del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud suscrito entre el SIS y las unidades ejecutoras con el objeto de que las unidades ejecutoras brinden de manera oportuna, completa y con calidez las prestaciones a los asegurados del SIS, se acuerda realizar las transferencias adelantadas trimestralmente; Que, de acuerdo al párrafo precedente y a la Directiva Nº 001-2009/SIS/GF, que regula el subsidio por sepelio de Inscrito y Asegurados al SIS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 148-2009/SIS, que en su título VIII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES, Inciso 8.2 DE LAS ADECUACIONES, IMPLEMENTACIONES Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL, 8.2.3 dispone; “La Ofi cina de Administración del SIS (OA), a través de los sistemas administrativos, formalizará la operación bancaria para el pago del subsidio a través de las agencias y/o sucursales del Banco de la Nación a nivel nacional y/u otra entidad bancaria autorizada por el SIS”; Que, con el visto bueno de Secretaría General, Gerencia de Negocios y Financiamiento, Gerencia de Riesgo y Evaluación de las Prestaciones, Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, Ofi cina General de Administración de Recursos y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del artículo 12° de la Ley N° 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Transferencia total para las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por la suma de TREINTISIETE MILLONES SETECIENTOS CUARENTITRES MIL NOVECIENTOS SETENTIDOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 37’743,972.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de febrero 2012 detallado en el Anexo 01 y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Aprobar la liquidación de la producción neta del mes de diciembre 2011 por la suma de TREINTIDOS MILLONES CIENTO TREINTITRES MIL CIENTO SETENTISEIS Y 23/100 NUEVOS SOLES (S/. 32’133,176.23), detallado en el Anexo 02 y que forma parte del monto aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 3°.- Aprobar la distribución de las transferencias adelantadas para dos Unidades Ejecutoras por la suma de UN MILLON SETECIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1’750,000.00), correspondiente al mes de febrero 2012, detallado en el Anexo 03 y que forma parte del monto aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 4º.- Aprobar la Transferencia para la Unidad Ejecutora 799-Región Huancavelica-Sede Central, por la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2’307,790.00), correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo 2012, detallado en el Anexo 03 y que forma parte del monto aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 5°.- Aprobar la Transferencia para las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por la suma de TRECIENTOS TREINTICUATRO MIL SESENTISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 334,066.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de febrero 2012 detallado en el Anexo 04 y que forma parte integrante de la presente Resolución.