Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2012 (23/02/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

461254

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de febrero de 2012

b) Numero del Expediente. c) Nombre o Denominacion de la Organizacion Social. d) Los documentos presentados por la Organizacion Social. e) Otros que MORDAZA necesarios para el Registro correspondiente. Articulo 33° Calificacion y entrega de Resolucion.Recibida la solicitud por Tramite Documentario; le corresponde a la Gerencia de Participacion Vecinal, la revision y calificacion del Expediente presentado en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles. Si la calificacion resultara positiva, luego de la evaluacion de la Gerencia de Participacion Vecinal, esta expedira en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles la Resolucion de Reconocimiento y Registro en el RUOS. Si la calificacion resultara negativa por defectos subsanables, la Gerencia de Participacion Vecinal notificara a la Organizacion para que, en un plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles, de recibida la notificacion subsane las observaciones efectuadas, bajo apercibimiento de denegar la solicitud de acuerdo al Articulo 23° de la Ordenanza N° 191MML. De verificarse que los documentos presentan errores insubsanables, la Gerencia de Participacion Vecinal expedira la Resolucion denegatoria debidamente fundamentada en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles. Articulo 34°.- Si Vencidos los plazos establecidos y la Gerencia de Participacion Vecinal no emitiera la Resolucion de Reconocimiento y Registro correspondiente, se aplicara la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo a favor de la Organizacion solicitante. Articulo 35° Publicacion de Organizaciones Inscritas.- La relacion de las Organizaciones Sociales que obtengan su reconocimiento e inscripcion en RUOS sera publicada por la Municipalidad en sus instalaciones y en el MORDAZA electronico. TITULO VII DE LAS IMPUGNACIONES Articulo 36°.- De presentarse impugnaciones contra las Resoluciones Municipales aprobatorias o denegatorias de reconocimiento y registro en el RUOS, la Gerencia de Participacion Vecinal, recibira estas, y procedera conforme a los terminos y disposiciones establecidas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad del MORDAZA, en la Ley N° 27444 "Ley de Procedimiento Administrativo General" y demas disposiciones legales vigentes. La Gerencia de Participacion Vecinal podra proponer mecanismos de conciliacion a las partes, lo acordado es de cumplimiento obligatorio para las partes y sera recogido de manera obligatoria en la Resolucion que para tal fin emita la Municipalidad. TITULO VIII DE LA INSCRIPCION DE ACTOS POSTERIORES Articulo 37°.- Las Organizaciones Sociales inscritas y reconocidas en el RUOS, deberan registrar necesariamente, a fin de que surtan todos sus efectos, los siguientes actos posteriores que efectuen luego de su primera inscripcion: a) Modificacion total o parcial del Organo Directivo. b) Modificacion total o parcial del Estatuto. c) Disolucion de la Organizacion Social. d) Las Actas modificatorias y disolucion de la Organizacion Social debidamente fedateadas o legalizadas ante Notario Publico. Estos actos deberan ser registrados y aprobados a traves de Resolucion de Gerencia. Articulo 38°.- Para la inscripcion de los actos senalados en el Articulo anterior, las Organizaciones

deberan presentar los siguientes documentos debidamente autenticados y/o fedateados por el Fedatario Municipal: a) Solicitud dirigida al MORDAZA, con atencion a la Gerencia de Participacion Vecinal en la que se indica el acto a registrar. b) Acta de la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria de la Organizacion en la que se tomo el respectivo acuerdo, y donde se deja MORDAZA del quorum requerido por el estatuto para la toma de dicho acuerdo. c) Nomina de miembros de la Organizacion Social. d) Acta de Eleccion del Comite Electoral, de ser el caso. e) Acta de Eleccion del Organo Directivo. f) MORDAZA de los Documentos de Identidad de los Directivos. Las Organizaciones Vecinales con cien (100) o mas miembros deberan acreditar, ademas de lo senalado lineas arriba, haber realizado la eleccion de sus representantes en forma transparente a traves de un Comite Electoral elegido en Asamblea General. Los documentos indicados en el presente Articulo deben constar, tanto en su version original como en sus respectivas copias, en textos MORDAZA y legibles. Asimismo, los documentos senalados en los incisos b), c), d) , e) y f) seran presentados en copias autenticadas por el Fedatario Municipal o legalizadas ante Notario Publico. Articulo 39°.- La inscripcion de los actos posteriores senalados en el Articulo 37° se tramita, en lo pertinente, conforme al procedimiento descrito en los Articulos 32° al 35° de la presente Ordenanza. Asimismo, es de aplicacion lo contemplado en el Articulo 36° de esta misma norma. TITULO IX DEL ARCHIVO Y EL SISTEMA DE INFORMACION DEL RUOS Articulo 40°.- La Gerencia de Participacion Vecinal, o la que haga sus veces, para el registro de las Organizaciones Sociales, administra el Archivo y el Sistema de Informacion del RUOS, los que contendran como minimo, la siguiente informacion de cada Organizacion Social inscrita: 1. Asiento Principal de Inscripcion: Contienen los datos esenciales de la Organizacion Social: a) Numero del asiento de inscripcion de la Organizacion. b) Fecha de inscripcion. c) Codigo de la Organizacion. d) Nombre o Denominacion completa y exacta de la Organizacion. e) Domicilio legal de la Organizacion. f) Fecha de Constitucion de la Organizacion. g) Numero de miembros de la Organizacion. h) Resumen del Estatuto de la Organizacion. i) Relacion de los integrantes del Organo Directivo. j) Fecha de inicio y de termino de los cargos directivos. k) Numero de la Resolucion que reconoce a la Organizacion Social. l) Fecha de caducidad de la Resolucion de reconocimiento. 2. Asiento MORDAZA de Inscripcion: Contiene los actos posteriores que la Organizacion Social efectue e inscriba en el RUOS: a) Modificacion total o parcial del Organo Directivo. b) Modificacion total o parcial del Estatuto. c) Modificacion o cambio del nombre o denominacion de la Organizacion. d) Disolucion de la Organizacion, aprobada por la Asamblea General. e) Cambio de domicilio legal de la Organizacion Social. f) Aumento o disminucion de miembros asociados de la Organizacion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.