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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de febrero de 2012 461257 2012 administrado por la Municipalidad de Santa Anita, Benefi cio de Regularización Tributaria del ejercicio fi scal 2011 y prórroga de vencimiento de pago del ejercicio fi scal 2012. Artículo 2º.- APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE INCENTIVO DE PRONTO PAGO El régimen de incentivo por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2012, se aplicara sólo a aquellos contribuyentes con carácter de personas naturales, que tengan destinados sus predios sólo a los usos de casa- habitación, terrenos sin construir, predios de uso exclusivo de estacionamientos privados y comercio ó servicio menor, no comprendiendo otros usos distintos a los señalados; y se aplicará siempre y cuando el contribuyente se encuentre al día en sus pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo hasta el ejercicio fiscal 2011. Artículo 3º.- DEL RÉGIMEN DE INCENTIVO POR PRONTO PAGO Los contribuyentes que cumplan con lo establecido en el artículo anterior, y que efectúen en forma adelantada la cancelación total del pago anual del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2012 de todos los usos determinados (casa-habitación, terrenos sin construir, predios de uso exclusivo de estacionamientos privados y comercio ó servicio menor ) hasta el 31 de marzo del presente año, tendrán un descuento del 100% del monto insoluto de la cuota del mes de diciembre de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo del año 2012 de cada uno de sus usos. Artículo 4º.- EXCLUSIONES DEL RÉGIMEN DE INCENTIVO Exclúyase a aquellos contribuyentes que tengan la condición de Pensionista, cuya determinación anual del monto insoluto del Impuesto Predial del año 2012 sea igual a S/. 0.00 nuevos soles. Artículo 5º.- DESCUENTO DE ARBITRIOS MUNICIPALES 2011 Establézcase un descuento del 30% para el monto insoluto de los Arbitrios de Limpieza Pública (recolección de residuos sólidos y barrido de calles), Parques y Jardines y Serenazgo del año 2011, para aquellos contribuyentes registrados como asociaciones de comerciantes, propietarios y poseedores que tengan destinados sus predios al uso de galerías comerciales, mercado y/o centro de abastos. Artículo 6º.- PRORROGA DE VENCIMIENTO DE PAGO Prorrogar hasta el 31 de Marzo del 2012, el plazo de vencimiento del pago al contado y primera cuota del Impuesto Predial y primera y segunda cuota de Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2012. Artículo 7º.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, no serán materia de devolución y compensación alguna. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Encargar a la Subgerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Subgerencia de Informática y Estadística la implementación de los mecanismos para su aplicación, a la Subgerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su difusión y a la Secretaria General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación hasta el 31 de Marzo del año 2012. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 755398-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Designan funcionario responsable de entregar información solicitada al amparo de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 133-2012-MP-AL Callao, 16 de febrero del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 2º inciso 5), estipula el derecho fundamental de acceso a la información, al establecer que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal y con el costo que suponga este pedido; Que, con la fi nalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental constitucional antes citado, se ha promulgado Ley Nº 27806, “Ley de Transparencia y Acceso a la Información”, la misma que concuerda con la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, las cuales promueven la Transparencia de los actos de todas las entidades de la Administración Pública, entre ellos los de los Gobiernos Locales; Que, la Ley Nº 27806, “Ley de Transparencia y Acceso a la Información”, establece en su artículo 3º, que la Entidad designará al Funcionario responsable de entregar la información solicitada, y en su artículo 8º, señala que la mencionada designación debe darse bajo responsabilidad de su máximo representante; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 27806, “Ley de Transparencia y Acceso a la Información”, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al Secretario General Sr. GEORGE VICTOR COLLANTES FERNANDEZ, como el responsable de entregar la información solicitada al amparo de la Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información”. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Informática la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional www.municallao.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 754956-1