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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de julio de 2012 469917 realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, de la señorita Jessica Pierina Carrasco Romero, del 4 al 10 de julio de 2012, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones de promoción de la gastronomía e imagen país, durante la feria mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 200,00 x 7 días) : US$ 1 400,00 - Pasajes Aéreos : US$ 838,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Jessica Pierina Carrasco Romero, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ 808483-1 CULTURA Otorgan la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” a diversas personas naturales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 242-2012-MC Lima, 26 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciendo entre sus funciones “conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país”; Que, el artículo 11º de la Directiva Nº 001- 2011/MC, “Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de Reconocimientos”, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y modificada por Resolución Ministerial Nº 103-2011-MC, establece que “el Ministerio de Cultura, mediante Resolución Ministerial, reconoce a personas naturales y/o jurídicas, previo estudio en cada caso en particular, con alguna de las distinciones siguientes: Personalidad Meritoria de la Cultura, otorgada en el campo de la investigación, transmisión, conservación, rescate y salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, así como la creación académica, intelectual y en el campo de la creación e interpretación artística diversa (…)”; Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura mediante Informe Nº 121-2012-DGIA-VMPCIC/MC, señala que el señor Jorge Rodríguez Grández ha contribuido a favor de la música tropical amazónica; es director y fundador del grupo musical “Los Mirlos”; así como autor, compositor e intérprete; Que, en su natal Moyobamba, comienza a interpretar sus primeras composiciones utilizando la guitarra eléctrica y el acordeón en compañía de su hermano Carlos Rodríguez Grández; Que, en 1973, ya en Lima, junto con sus hermanos Segundo y Carlos y su primo Wagner, decidieron demostrar su arte a todo el mundo, lanzando canciones inéditas en ritmos tropicales; siguiendo el ejemplo de su padre Gustavo Rodríguez Sandoval, deciden usar como arma de conquista la música, llevando el mensaje de la selva peruana al resto del Perú; Que, en ese sentido, conociendo la trayectoria del señor Jorge Rodríguez Grández y la trascendencia de la labor realizada a favor de la música tropical amazónica por casi cuarenta años, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes propone, a través del Informe Nº 121- 2012-DGIA-VMPCIC/MC antes señalado, otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la citada persona; Estando a lo visado por el Director General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-MC; y, la Directiva Nº 001-2011/MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y modifi cada por Resolución Ministerial Nº 103-2011-MC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al señor Jorge Rodríguez Grández la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir una copia de la presente resolución a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, para que proceda a su inscripción en el registro respectivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 808835-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 243-2012-MC Lima, 26 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciendo entre sus funciones “conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país”; Que, el artículo 11º de la Directiva Nº 001- 2011/MC, “Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de Reconocimientos”, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y modificada por Resolución Ministerial Nº 103-2011-MC, establece que “el Ministerio de Cultura, mediante Resolución Ministerial, reconoce a personas naturales y/o jurídicas, previo estudio en cada caso en particular, con alguna de las distinciones siguientes: Personalidad Meritoria de la Cultura, otorgada en el campo de la investigación, transmisión, conservación, rescate y salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, así como la creación