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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de julio de 2012 469924 para el Desarrollo Social (FONCODES) a que se hace mención en el considerando precedente; Que, asimismo, mediante Informe N° 020-2012- MIDIS/SG/OGA/RRHH, la Ofi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración expresó su conformidad con el proyecto en mención; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta pertinente aprobar el Presupuesto Analítico de Personal 2012 del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES); Con las visaciones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina General de Administración, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y la Ofi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y; el Decreto Supremo N° 001-2011-MIDIS, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal correspondiente a la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para el año fiscal 2012, el cual, en anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la presente resolución y sus anexos sean publicados en Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis. gob.pe), en la misma fecha de la publicación de aquella en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3.- Disponer que copia de la presente resolución se remita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 809482-1 Designan responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 106-2012-MIDIS Lima, 02 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2011-PCM, se estableció que las entidades de la Administración Pública deben contar con un Libro de Reclamaciones, a través del cual los usuarios puedan formular sus reclamos respecto de un servicio de atención brindado por la entidad pública, diferente de la queja por defecto de tramitación contemplada en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de acuerdo con el artículo 5 del Decreto Supremo N° 042-2011-PCM, mediante resolución del titular de la entidad se designará al responsable del Libro de Reclamaciones, así como que las entidades públicas deben informar a sus respectivos Órganos de Control Institucional sobre el cumplimiento del citado decreto supremo; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 032-2012-MIDIS/SG, se aprobó la Directiva N° 05-2012- MIDIS/SG, “Lineamientos Generales para el Uso del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MIDIS; y el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señorita Gisela Ivonne Romero Sánchez, encargada de las funciones de Jefe de la Ofi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración, como responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución así como la Resolución de Secretaría General N° 032-2012-MIDIS/ SG al Órgano de Control Institucional y al responsable designado. Artículo 3.- Publíquese la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 809482-2 EDUCACION Aprueban Bases para otorgar el Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas” - 2012 y Normas Complementarias para la ejecución del Premio RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 0023-2012-ED Lima, 03 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, según el artículo 79 y el literal a) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado, teniendo dentro de sus funciones, defi nir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional y establecer políticas específi cas de equidad; Que, la Ley Nº 28898, Ley que crea el Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas”, estableció que son fi nes de dicho premio, mantener latente el mensaje multicultural del insigne escritor y antropólogo José María Arguedas, así como, estimular y premiar la creación literaria en sus diversas formas narrativas, tanto las orales como escritas y pertenecientes a las diversas culturas existentes en el país, entre los estudiantes de la educación básica; Que, de acuerdo con el artículo 6 de la mencionada Ley, el Ministerio de Educación está encargado de realizar las acciones conducentes al cumplimiento de la referida Ley Nº 28898; Que, con la Resolución Ministerial Nº 0157-2008-ED, se aprobó las Normas para el Otorgamiento del Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas” – 2008, asimismo, encargó al Viceministro de Gestión Pedagógica la aprobación de las Bases Anuales para el otorgamiento de dicho premio así como la aprobación de las Normas Complementarias que sean necesarias para el cumplimiento de la Ley Nº 28898; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar las Bases y Normas Complementarias para la ejecución del Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María