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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de julio de 2012 470188 que regula el procedimiento a ser empleado en dicha modalidad de sufragio; Que, de conformidad con los literales f) y g) del artículo 45º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modifi cado con Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ ONPE, respectivamente, es función de la Gerencia de Gestión Electoral elaborar las especifi caciones técnicas de los tipos de cédula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral; así como proponer el contenido de los materiales electorales a ser utilizados en el sufragio, para su aprobación por la Jefatura Nacional; Que, teniendo en consideración las citadas normas legales, mediante Resolución Jefatural N° 103-2012-J/ ONPE, publicada en el diario ofi cial El Peruano el pasado 23 de junio, se aprobó y publicó el diseño de la cédula de sufragio, para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2012; Que, de acuerdo a lo informado por la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, mediante Ofi cio N° 2662-2012-SG/JNE de fecha 03 de julio pasado, ante ese organismo electoral no se ha presentado impugnaciones al diseño de la cédula de sufragio para el proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del 2012; Que, estando a lo señalado en los considerandos precedentes y teniendo en cuenta el artículo 168° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, al no haberse interpuesto impugnaciones o reclamaciones o vencido el término sin que se hubiese interpuesto ninguna, corresponde la aprobación y publicación de los modelos defi nitivos de las cédulas de sufragio, en este caso las que deben utilizarse en las consulta convocada para el domingo 30 de setiembre de 2012; De conformidad con lo dispuesto en los incisos b) y c) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, así como, los literales e) y cc) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modifi cado con Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010- J/ONPE, respectivamente; y con el visado de la Gerencia de Gestión Electoral, de la Gerencia de Sistemas e Informática Electoral, de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el modelo defi nitivo de la cédula de sufragio provincial para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2012, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 2, y sus especifi caciones técnicas contenidas en el Anexo Nº 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Aprobar el modelo defi nitivo de la cédula de sufragio distrital para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2012, cuyo formato aparece en el Anexo N° 4, con sus especifi caciones técnicas consignadas en el Anexo N° 3, los cuales forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Aprobar el modelo defi nitivo de la cédula de votación electrónica distrital para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2012, cuyo formato aparece en el Anexo N° 6, con sus especifi caciones técnicas consignadas en el Anexo N° 5, los cuales forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución, con sus anexos correspondientes. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, dentro de los tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN DURAND PARDO Jefe (e) ANEXO Nº 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO DE LA CÉDULA PROVINCIAL DE SUFRAGIO PARA LA CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES 2012 I. MEDIDAS: El tamaño mínimo de la cédula de sufragio será de 16.00 cm. de largo x 21.00 cm. de ancho y de acuerdo al número de autoridades sometidas a consulta el largo podrá incrementarse hasta un máximo de 32.00 cm. II. ANVERSO: 2.1. Encabezado: Consta de una línea de texto, consignando el nombre del Concejo provincial a la que pertenece, impreso en negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE en el extremo derecho. 2.2. Subtítulo: Conformado por una fi la en fondo gris con el texto: “CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES 2012”, en letras blancas. 2.3. Instrucciones al elector: Conformado por una fi la en fondo gris con el texto: “MARQUE CON UNA CRUZ (+) O UN ASPA (X) DENTRO DEL RECUADRO DEL SI O DEL NO”. 2.4. Cuerpo de la cédula: Para efectos de la publicación, se ha considerado un diseño que contempla doce fi las, impresas en fondo color gris con una trama diagonal de color blanco formada por las siglas “JNE-ONPE-RENIEC” repetidas de manera uniforme sobre el área de la fi la. Cada una de estas fi las presenta 4 secciones claramente diferenciadas: 2.4.1. Numeración de las autoridades sometidas a consulta: Enumera correlativamente cada una de estas fi las. Impreso en color gris. 2.4.2. Pregunta: Consta de dos líneas de texto, en la primera línea detalla el nombre de la autoridad sometida a consulta (alcalde y/o regidor) y en la segunda línea la pregunta si debe dejar el cargo que ocupa. Impreso en color negro. 2.4.3. Primera opción de respuesta: Recuadro impreso en fondo color verde con el texto “SI” en color blanco. 2.4.4. Segunda opción de respuesta: Recuadro impreso en fondo color cyan con el texto “NO” en color blanco. 2.5. Pie de página: Franja horizontal en fondo color gris medio con una trama diagonal de color blanco, formada por las siglas “ JNE-ONPE-RENIEC “ repetidas de manera uniforme sobre toda el área de la franja. III. REVERSO: Fondo gris, con texto calado en blanco. En el encabezado va el texto: “CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES 2012”, debajo va el texto “ORGANISMOS ELECTORALES” y las siglas JNE - ONPE – RENIEC en otra línea, bajo estas siglas va el Escudo Nacional, en color negro. Se ha consignado el Título: “CEDULA DE SUFRAGIO” en color negro, centrado debajo del escudo, y precisando las indicaciones para los miembros de mesa: “FIRMA OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE DE LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE INSTALACION”. A continuación se encuentra el espacio destinado a la fi rma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para la fi rma del personero del promotor, en el caso donde se ha aprobado dos o más expedientes se asignará espacios para las fi rmas de los personeros de los promotores de la consulta. Finalmente se consignan los espacios correspondientes a las fi rmas de los personeros de las autoridades sometidas a consulta. Sólo para efectos de la publicación de la cédula se ha considerado el diseño que contempla 12 autoridades sometidas a consulta y mide 32.00 cm. de largo x 21.00 cm. de ancho.