TEXTO PAGINA: 47
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de julio de 2012 470201 Regional de Gestión Ambiental, en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales. Que, el artículo 61 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que los Gobiernos Regionales, a través de sus Gerencias de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales (CAR) y la Autoridad Ambiental Nacional, implementarán un Sistema Regional de Gestión Ambiental, integrando a las entidades públicas y privadas que desempeñan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, así como a la sociedad civil, en el ámbito de actuación del gobierno regional. Que, el artículo 23 de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, establece que las Comisiones Ambientales Regionales (CAR), son las instancias de gestión ambiental, de carácter multisectorial, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental regional, promueve el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 011-2010- GRMDD/CR, de fecha 26 de agosto del 2010, se creó la Comisión Ambiental Regional (CAR) de la Región Madre de Dios, disponiéndose su estructura, conformación y sus funciones generales y específi cas, entre otras disposiciones afi nes. Que, de conformidad con la observación formulada, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, mediante Informe Nº 207-2011-GOREMAD/GRPPYAT-SGDIEI; así como, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal No.719-2011-GOREMAD/ORAJ; e, Informe Legal Nº 1034-2011-GOREMAD/ORAJ, respectivamente, opinan por la necesidad de incluir a la Municipalidad Provincial de Manu, como miembro integrante de la Comisión Ambiental Regional de Madre de Dios, apreciando su “consistencia de integridad territorial regional” y que “alberga un vasto e importante patrimonio ambiental”. Que, mediante Ofi cio Nº 1537-2011-GOREMAD/PR, el señor José Luís Aguirre Pastor, Presidente Regional, entre otros, solicita al Consejo Regional, la aprobación de la modifi cación de la Ordenanza Regional Nº 011- 2010-GRMDD/CR. El mismo que mediante Ofi cio Nº 302- 2011-GOREMAD-CR/CD, fue puesto a conocimiento de la Comisión Agraria, Medio Ambiente y Amazonía del Consejo Regional. Que, mediante Dictamen Nº 006-2011-GOREMAD/ CAMAYA, la Comisión Agraria, Medio Ambiente y Amazonía del Consejo Regional, conforme al análisis efectuado a los documentos puestos a su conocimiento, propone y recomienda al pleno del Consejo Regional su debate y aprobación correspondiente. Que, el Consejo Regional en Pleno, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por mayoría de los Consejeros Regionales, ha considerado necesario aprobar el Dictamen que sustenta, entre otros, la aprobación de la modifi cación de la Ordenanza Regional Nº 011-2010-GRMDD/CR. Que, el Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- MODIFICAR, el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional Nº 011-2010-GRMDD/CR, con el objeto de incorporar a la Municipalidad Provincial de Manu, como miembro integrante de la Comisión Ambiental Regional (CAR) de la Región Madre de Dios, para su participación en dicho Ente a través de un representante. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los seis días del mes de enero del año dos mil doce. CARLOS H. MANRIQUE DE LARA ESTRADA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de Dios, a los nueve días del mes de enero del año dos mil doce. JOSÉ LUIS AGUIRRE PASTOR Presidente Regional 810259-1 Aprueban Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Regional - CAR del Gobierno Regional de Madre de Dios ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2012-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo, el 04 de enero del 2012. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular; son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, que tienen la misión de organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región; Que, de conformidad al artículo 13 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Tiene, entre otras atribuciones, la precisada por el artículo 15, Inciso a) de la norma señalada, la cual establece que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 61 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que los Gobiernos Regionales, a través de sus Gerencias de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales (CAR) y la Autoridad Ambiental Nacional, implementarán un Sistema Regional de Gestión Ambiental, integrando a las entidades públicas y privadas que desempeñan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, así como a la sociedad civil, en el ámbito de actuación del gobierno regional. Que, el artículo 23 de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, establece que las Comisiones Ambientales Regionales (CAR), son las instancias de gestión ambiental, de carácter multisectorial, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental regional, promueve el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 011-2010- GRMDD/CR, de fecha 26 de agosto del 2010, se creó la Comisión Ambiental Regional (CAR) de la Región Madre de Dios, disponiéndose su estructura, conformación y sus funciones generales y específi cas, entre otras disposiciones afi nes. Que, el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, en su artículo 17, numeral 17.1, establece que los Gobiernos Regionales aprueban, entre otros, las funciones de las Comisiones Ambientales Regionales (CAR). Que, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Madre de Dios, ha concluido el proceso de elaboración del Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Regional de Madre de Dios, que norma con mayor detalle su naturaleza, composición, estructura interna y funcionamiento, el mismo que necesita ser aprobado para dinamizar el normal y correcto desarrollo de las sesiones de trabajo de la referida comisión.