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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2012 (07/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de julio de 2012 470191 ANEXO Nº 3 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO DE LA CÉDULA DISTRITAL DE SUFRAGIO PARA LA CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES 2012 I. MEDIDAS: El tamaño mínimo de la cédula de sufragio será de 16.00 cm. de largo x 21.00 cm. de ancho y de acuerdo al número de autoridades sometidas a consulta el largo podrá incrementarse hasta un máximo de 32.00 cm. II. ANVERSO: 2.1. Encabezado: Consta de dos líneas de texto, consignando en la primera línea el nombre del Concejo Distrital y en la segunda el nombre de la provincia a la que pertenece impreso en negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE en el extremo derecho, impreso en negro. 2.2. Subtítulo: Conformado por una fi la en fondo gris con el texto: “CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES 2012”, en letras blancas. 2.3. Instrucciones al elector: Conformado por una fi la en fondo gris con el texto: “MARQUE CON UNA CRUZ (+) O UN ASPA (X) DENTRO DEL RECUADRO DEL SI O DEL NO”. 2.4. Cuerpo de la cédula: Para efectos de la publicación, se ha considerado un diseño que contempla seis fi las, impresas en fondo color gris con una trama diagonal de color blanco formada por las siglas “JNE-ONPE-RENIEC” repetidas de manera uniforme sobre el área de la fi la. Cada una de estas fi las presenta 4 secciones claramente diferenciadas: 2.4.1. Numeración de las autoridades sometidas a consulta: Enumera correlativamente cada una de estas fi las. Impreso en color gris. 2.4.2. Pregunta: Consta de dos líneas de texto, en la primera línea detalla el nombre de la autoridad sometida a consulta (alcalde y/o regidor) y en la segunda línea la pregunta si debe dejar el cargo que ocupa. Impreso en color negro. 2.4.3. Primera opción de respuesta: Recuadro impreso en fondo color verde con el texto “SI” en color blanco. 2.4.4. Segunda opción de respuesta: Recuadro impreso en fondo color cyan con el texto “NO” en color blanco. 2.5. Pie de página: Franja horizontal en fondo color gris medio con una trama diagonal de color blanco, formada por las siglas “ JNE-ONPE-RENIEC “ repetidas de manera uniforme sobre toda el área de la franja. III. REVERSO: Fondo gris, con texto calado en blanco. En el encabezado va el texto: “CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES 2012”, debajo va el texto “ORGANISMOS ELECTORALES” y las siglas JNE - ONPE – RENIEC en otra línea, bajo estas siglas va el Escudo Nacional, en color negro. Se ha consignado el Título: “CEDULA DE SUFRAGIO” en color negro, centrado debajo del escudo, y precisando las indicaciones para los miembros de mesa: “FIRMA OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE DE LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE INSTALACION”. A continuación se encuentra el espacio destinado a la fi rma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para la fi rma del personero del promotor, en el caso donde se ha aprobado dos o más expedientes se asignará espacios para las fi rmas de los personeros de los promotores de la consulta. Finalmente se consignan los espacios correspondientes a las fi rmas de los personeros de las autoridades sometidas a consulta. Sólo para efectos de la publicación de la cédula se ha considerado el diseño que contempla 06 autoridades sometidas a consulta y mide 23.00 cm. de largo x 21.00 cm. de ancho. FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL