Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2012 (13/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de julio de 2012 470439 2007-PCM/SD, que dicta normas para la ejecución de la transferencia de funciones sectoriales al Régimen Especial de Lima Metropolitana, comprendidas en los planes anuales de transferencia, y el Informe Nº 006-2012-PCM/SD-FNH. CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el artículo 33° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización; el artículo 65° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y, el artículo 151° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, sobre el Régimen Especial de Lima Metropolitana, en el ámbito de la provincia de Lima las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante los Decretos Supremos N° 038-2004- PCM, N° 052-2005-PCM y N° 076-2006-PCM, se aprobaron los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2004, 2005 y 2006, los cuales incluyeron a las funciones del Art. 51 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia Agraria. Que, por Resolución Presidencial N° 006-CND-P-2006, se constituyó la Comisión Bipartita de Transferencia para el Régimen Especial de Lima Metropolitana, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, la Comisión Bipartita de Transferencia se instaló el 31 de mayo de 2007, al amparo de lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de la Resolución Ministerial N° 138-2007-PCM y de la Resolución de Alcaldía Nº 760 de 2007 derogada con la Resolución de Alcaldía N° 045-2009; con el objeto de realizar las transferencias de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, aprobada por la Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 032-2007-PCM/SD y modifi cada por la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 399-2011-PCM/SD, establece que la transferencia de funciones se ejecutará de acuerdo al Plan de Acción que cada sector deberá formular en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) y que será aprobado por la Comisión Bipartita de Transferencia; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 022-2008-PCM/SD, se aprobó el Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima y se consideró, en el Grupo I de Transferencia, las funciones específi cas en materia Agraria; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 046-2007-PCM/SD, se aprobaron los Requisitos Específi cos, Indicadores y Procedimientos de Verifi cación para la transferencia de las funciones del artículo 51 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia Agraria, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a ser aplicados en la etapa de Certifi cación del proceso de transferencia; Que, el Informe de Concordancia N° 004-2012-PCM/ SD concluye que la Municipalidad Metropolitana de Lima está APTA para que le sean acreditadas las funciones del artículo 51 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia Agraria, con excepción de la función “n”, ya transferida en el marco del Decreto Supremo N° 088-2008-PCM; Que, mediante Decreto Supremo N° 103-2011-PCM se establecieron medidas para continuar las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos a los Gobiernos Regionales y Locales, programados hasta el año 2010; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27867, 28273 y 29158, el Decreto Supremo Nº 103-2011-PCM y, en uso de las atribuciones contenidas en el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditación de las funciones del artículo 51 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia Agraria, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, con excepción de la función “n” Certifi car que el Ministerio de Agricultura y la Municipalidad Metropolitana de Lima, han presentado sus respectivos informes situacionales de aptitud y cumplimiento de requisitos específi cos para la transferencia de las funciones del artículo 51 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia Agraria; declarando, en ambos casos, que la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra APTA para la transferencia de dichas funciones, según el Informe de Concordancia Nº 004-2012-PCM/SD-OTME, elaborado por la Secretaría de Descentralización, de acuerdo a lo establecido en la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD; y, en tal razón, se le ACREDITA para la transferencia de dichas funciones. Artículo 2º.- Notifi cación de la Acreditación Notifi car la presente Resolución al Ministerio de Agricultura así como a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la cual ha sido acreditada para la transferencia de las funciones del artículo 51 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia Agraria, con excepción de la función “n” ya transferida en el marco del Decreto Supremo N° 088- 2008-PCM; para que procedan con la suscripción del Acta de Entrega y Recepción correspondiente, prevista en la etapa de Efectivización del proceso de transferencia de funciones sectoriales, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 032-2007-PCM/SD. Artículo 3º.- Publicación La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; y, el Informe de Concordancia Nº 004-2012-PCM/SD-OTME, antes referido, deberá ser publicado en la página Web de la Secretaría de Descentralización de PCM: www.pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MUÑOZ-NÁJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización 813924-1 AGRICULTURA Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial de carácter temporal creada mediante R.S. Nº 200-2012-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0240-2012-AG Lima, 12 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 200-2012-PCM, de fecha 28 de junio de 2012, se creó la Comisión Multisectorial de carácter temporal, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de analizar, diseñar y proponer medidas que permitan mejorar las condiciones sociales y ambientales de las poblaciones de las cuencas del Pastaza Tigre, Corrientes y Marañón, del departamento de Loreto; Que, de conformidad con los artículos 3º y 4º de la Resolución Suprema Nº 200-2012-PCM, la citada Comisión Multisectorial, estará integrada, entre otros, por un representante titular y alterno del Ministerio de Agricultura, los mismos que serán designados mediante Resolución de su titular; Que, en tal sentido, resulta necesario designar al representante titular y alterno del Ministerio de Agricultura ante la citada Comisión Multisectorial; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobada por Decreto Legislativo N° 997, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, al señor Ricardo Gutiérrez Quiroz, Director General (e) de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios y a la señora Rosario Trinidad Acero Villanes, Directora General (e) de la Dirección General