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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de julio de 2012 470450 Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor doctor Alberto Villanueva Eslava, Agente Alterno del Estado Peruano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos para el Caso Nº 12.444 – Eduardo Nicolás Cruz Sánchez y otros, del 14 al 17 de julio de 2012, a la ciudad de New York, Estados Unidos de América, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Suprema, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2 670,45 Viáticos x 3 días US$ 660,00 ----------------------------- TOTAL: US$ 3 330,45 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la culminación del viaje, el funcionario citado en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 813961-4 PRODUCE Aprueban modelo de Adenda al Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 334-2012-PRODUCE Lima, 12 de julio de 2012 VISTO: El Informe Nº 014-2012-PRODUCE/ DIGSECOVI/Acm, de fecha 7 de junio de 2012; el Memorando Nº 2135-2012-PRODUCE/DIGSECOVI de fecha 8 de junio de 2012, ambos de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia; y, el Informe Nº 035- 2012-PRODUCE/OGAJ-hcardenas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2003- PRODUCE, se creó el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ámbito Marítimo” con una vigencia de dos (02) años, el que se amplió de manera indefi nida, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2005- PRODUCE; Que, a mérito de los dispositivos legales antes citados, el Ministerio de la Producción ha suscrito un convenio para la ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ámbito Marítimo” con las empresas SGS del Perú S.A.C., y Certifi caciones del Perú S.A., el mismo que por disposición de la Resolución Ministerial Nº 239-2012-PRODUCE, se ha ampliado hasta el 15 de octubre de 2012; Que, por disposición del artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 239-2012-PRODUCE, la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia (DIGSECOVI), ha sido autorizada a suscribir las adendas de los Convenios de Fiel y Cabal Cumplimento del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ámbito Marítimo”, conforme al modelo aprobado por Resolución Ministerial Nº 104-2011-PRODUCE, con los titulares de licencia de operación para establecimientos industriales pesqueros que cuentan con plantas de consumo humano indirecto y consumo humano directo y con plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiológicos, para cuyo efecto se considera como plazo de vigencia hasta el 15 de octubre de 2012; Que, conforme se aprecia de los Anexo 1 y Anexo 2, de la Resolución Ministerial Nº 104-2011-PRODUCE, con la indicada Resolución se aprobó el Modelo de Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ámbito Marítimo” y el Modelo de Contrato de Prestación de Servicios de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo; Que, conforme lo establece el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 018-2009-PRODUCE; el Ministro de la Producción es la más alta autoridad política y administrativa del Sector Producción, es el Titular del Portafolio y del Pliego Presupuestal. Es el representante legal del Ministerio y como tal le corresponde suscribir acuerdos relacionados con las actividades del Sector Producción o aquellos que le sean expresamente encargados; Que, conforme a sus atribuciones y competencia, mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 591-2008- PRODUCE, Nº 200-2010-PRODUCE y Nº 104-2011- PRODUCE; el Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción, es quien aprueba los Modelos de Convenios y Contratos a suscribir. Asimismo, se verifica de la Resolución Ministerial Nº 198-2009-PRODUCE, que es el Despacho Ministerial, quien aprueba el Modelo de Adenda al Contrato de Prestaciones de Servicios de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo; Que, a travésdel artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 239-2012-PRODUCE, se ha autorizado a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia (DIGSECOVI), asuscribir las Adenda de los Convenios de Fiel y Cabal Cumplimiento del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ámbito Marítimo”, por cuya razón, se hace necesario APROBAR el modelo de adenda al indicado Convenio; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia; y, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, que crea el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”; ampliado por el Decreto Supremo Nº 002-2010-PRODUCE y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2010-PRODUCE; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el modelo de Adenda al Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, ampliado por Decreto Supremo Nº 002-2010-PRODUCE y modifi cado por Decreto Supremo Nº 008-2010- PRODUCE, a suscribirse entre la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia (DIGSECOVI) del Ministerio de la Producción y los titulares de los establecimientos industriales pesqueros o los titulares de las plantas incluidos en los listados publicados mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 591-2008-PRODUCE y