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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de julio de 2012 470514 en la Ordenanza Municipal Nº 015-2011-CDB, en el extremo de realizar los pagos de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fi scales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 31 de Julio del presente año fi scal; Estando a lo expuesto, de conformidad con la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 003-2012- CDB y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere; DECRETA Primero.- Ampliar la fecha de vencimiento del benefi cio tributario aprobado mediante la Ordenanza Municipal Nº 015- 2011-CDB, hasta el 31 de Julio del presente ejercicio. Segundo.- Deléguese el cumplimiento de la presente a la Dirección de Administración Tributaria y Rentas, Unidad de Ejecutoria Coactiva y a la Unidad de Informática. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 813001-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Aprueban Anexión al Área Urbana al distrito de San Vicente al terreno denominado “Predio Agua Dulce” ORDENANZA Nº 023-2012-MPC Cañete, 15 de junio del 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Cañete, en sesión ordinaria de la fecha, y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución, en concordancia con el artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción. Dicha autonomía que la Constitución Política del Estado establece a las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante informe Nº 267-MSCZ-SGOPAHHUU- GODUR-MPC, de fecha 08 de mayo del 2012, la Sub- Gerencia de Obras Privadas, Asentamientos Humanos y Habilitaciones Urbanas, de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, solicita se inicie el trámite de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonifi cación para el predio de propiedad de don RICARDO ZAPATA HUERTA Y ESPOSA, debidamente inscritos en los Registros Públicos de Cañete, con la fi nalidad de desarrollar un proyecto de Habilitación Urbana de casas de campo comprendidas dentro de las habilitaciones urbanas tipo CLUB, TEMPORAL O VACACIONAL en el terreno denominado Predio Agua Dulce, jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Región Lima, precisando que debido a que el predio se encuentra comprendido fuera de la Expansión, es necesario el inicio del trámite de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonifi cación, precisando que el proyecto requiere de la Zonifi cación Urbana R-1, Residencial de Densidad Baja; Que, mediante Informe Legal N° 226-2012/AJ-MPC, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, opina que es procedente aprobar mediante Ordenanza Municipal de Anexión al Área urbana y la Asignación de Zonifi cación de Zonifi cación solicitado por el señor Ricardo Salvador Zapata Huerta, del predio de su propiedad con la fi nalidad de desarrollar un proyecto de Habilitación Urbana de casas de campo comprendida dentro de las habilitaciones urbanas tipo Club Temporal o Vacacional; Que, se cuenta con el Dictamen Nº 004-2012-CODUR- MPC, de fecha 13 de junio del 2012, de la Comisión de obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, quien opina que es procedente la Propuesta de Anexión Urbana y la Asignación de Zonifi cación al predio materia del análisis, elevándolo al Pleno del Concejo Municipal para su debate y ulterior aprobación; y Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el voto unánime y, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. SE ACORDÓ Artículo 1º.- APROBAR la Anexión al Área Urbana al distrito de San Vicente, al terreno denominado “Predio Agua Dulce”, ubicado en la jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Región Lima, que cuenta con un área de 2.98057 Hectáreas y Asignar la siguiente Zonifi cación: ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL DE BAJA DENSIDAD (R-1) CON LOS SIGUIENTES PARÁMETROS NORMATIVOS ZONIFICACIÓN : RESIDENCIAL DE BAJA DENSIDAD (R-1). LOTE MINIMO : 160.00 m2. (LOTE NORMATIVO). MAXIMO : 25 UNIDADES DE VIVIENDA POR HECTAREA. MAXIMA AREA CONSTRUIBLE : EN CONDOMINIO 60.00 % DE AREAS DESTINADAS A RECREACIÓN, ÁREAS SOCIALES, VÍAS VEHICULARES INTERIORES, ETC. Y EL 40.00 % DESTINADAS A ÁREAS PARA PROPIEDAD EXCLUSIVA. FRENTE MÍNIMO : DE CONFORMIDAD CON EL PROYECTO DE HABILITACION URBANA APROBADO. ALTURA : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACION URBANA APROBADO. COEFICIENTE DE EDIFICACIÓN : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACION URBANA. AREA LIBRE : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACION URBANA. COMPATIBILIDAD DE USO : CON ZONIFICACION RBD (RESIDENCIAL DE BAJA DENSIDAD). (%) AREA DE APORTES REGLAMENTARIOS : 1.00% PARA MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y EL 1.00% PARA OTROS FINES. ESTOS APORTES PODRÁN SER REDIMIDOS EN DINERO POR CUANTO EL PROYECTO PLANTEA LA EJECUCIÓN DE UN CONDOMINIO CERRADO CON ÁREAS DE PROPIEDAD EXCLUSIVA Y ÁREAS DE PROPIEDAD COMÚN. Artículo 2º.- Precisar que la lámina PZ.-01 forma parte de la Zonifi cación aprobada en el artículo 1º de la presente ordenanza. Artículo 3º.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Cañete incorporen en el Plano de zonifi cación la Anexión al área Urbana y Asignación de Zonifi cación aprobados en el artículo 1º, a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General, para que a través de la Ofi cina de Comunicación Social y Relaciones Públicas, la presente ordenanza sea publicada en el portal de la Municipalidad Provincial de Cañete por el término de 30 días y publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARÍA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa 813039-1