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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de julio de 2012 470509 Artículo Décimo.- Cuaderno de Control La Sub Gerencia de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental, entregará cuadernos de control a los segregadores, el mismo que para que tengan validez, contará con el sello y fi rma del Sub Gerente de dicha unidad orgánica en las primeras hojas del mencionado cuaderno. Artículo Décimo Primero.- Verifi caciones El personal de la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental, verifi cará en los cuadernos de control de los segregadores registrados y autorizados, si los vecinos contribuyentes cumplieron o no con entregarles sus residuos sólidos inorgánicos – material reciclable y/o reutilizable estableciendo mensualmente la cantidad de veces entregadas para poder determinar la escala respectiva en la que se encuentre el vecino contribuyente. Artículo Décimo Segundo.- Informe Mensual Antes del vencimiento del mes, la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental, informará a la Gerencia de Rentas, respecto de los vecinos contribuyentes que cumplieron con la entrega a los segregadores de los residuos sólidos reciclables y en qué escala del bono san luisino está inmerso, si fuera el caso. Artículo Décimo Tercero.- Aplicación del bono san luisino Recibido el informe emitido por la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental, la Gerencia de Rentas en coordinación con la Sub Gerencia de Informática y Estadística procederá de ofi cio a efectuar en su Base de Datos el descuento que corresponda aplicando el bono san luisino al monto a pagar en forma mensual por arbitrio de limpieza pública del vecino contribuyente. Artículo Décimo Cuarto.- Vigencia La vigencia de la presente ordenanza será hasta el 31 de diciembre del presente año. CAPITULO III: DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde distrital para que mediante Decretos de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y/o reglamentarias de la presente ordenanza. Segunda.- En todo lo no previsto en la presente ordenanza se aplicará supletoriamente la Ley del Procedimiento Administrativo General No. 27444, la Ordenanza No. 127-MDSL que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos y la Ordenanza No. 135-MDSL, que aprueba la Formalización de los Segregadores de Residuos Sólidos en el Distrito de San Luis. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Informática y Estadística su publicación en la página web de la Municipalidad de San Luis (http://www.munisanluis.gob.pe) y en el portal de Servicios del Ciudadano y Empresas (http://www. serviciosalciudadano.gob.pe), dentro de los plazos establecidos en la Ley Nº 29091 y el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, conforme a lo regulado por dichas normas. Cuarta.- Deróguese o déjese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde 813116-1 Disponen embanderamiento general de los inmuebles del distrito en homenaje al 191º Aniversario de la Proclamación de la Independencia DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2012-MDSL San Luis, 9 de julio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Informe Nº 237-2012-SGIPV-MDSL de fecha 09JUL2012 de la Sub Gerencia de Imagen y Participación Vecinal; CONSIDERANDO: Que, el próximo 28 de julio se conmemora el 191º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, acontecimiento histórico, que por su trascendencia e importancia, merece ser recordado día a día por los vecinos del distrito en particular y por todos los peruanos en general; Que, la presente Gestión Municipal tiene como política difundir y cultivar en nuestra comunidad los valores cívicos patrióticos, resaltando el respeto a nuestros símbolos patrios, motivo por el que corresponde disponer el Embanderamiento general de todos los inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción de nuestro distrito, a partir del 15 hasta el 31 de julio del año en curso, en homenaje a nuestro aniversario patrio; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento general de todos los inmuebles del distrito de San Luis, a partir del 15 hasta el 31 de julio de 2012 con carácter obligatorio, en homenaje al 191º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- RECOMENDAR a todos los vecinos del distrito, el pintado, limpieza y embellecimiento de sus fachadas como muestra de respeto a nuestro aniversario patrio. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gerencia de Rentas su observancia y cumplimiento. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal su difusión en general, a la Sub Gerencia de Informática y Estadística su difusión a través del Portal Electrónico de la entidad y a la Secretaría General disponga su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a ley Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde 813117-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Regulan el Procedimiento para el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local Distrital ORDENANZA Nº 00091/MDSA Santa Anita, 27 de marzo de 2012 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, la propuesta de modifi cación del Reglamento del Proceso de Elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local del Distrito de Santa Anita, presentado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local