Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2012 (13/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES
TITULO V

470513

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: Los Informes Nº 0292012-MDB/DATR, de fecha 27 de junio de 2012 , Informe Nº 099-2012-MDB-DATR-DR, de fechas 25 de junio del 2012 y Informe Nº 202-2012-MUDIBEOAJ, de fecha 28 de junio del 2012, respectivamente, emitidos por la Direccion de Administracion Tributaria, Rentas y la Division de Recaudacion y Direccion de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, en aplicacion del articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se precisa que conforme a lo establecido por el articulo 194º, inciso 4) del articulo 195º y por el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones dentro de los limites que fija la ley; Que, con fecha 14 de Diciembre del 2011 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Municipal Nº 017-2011-CDB, mediante la cual se ha establecido mantener para el ejercicio 2012 la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 016-2008-CDB, que establecio el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo paran el ano 2009, vigente tambien para el ano 2011 segun Ordenanza Municipal Nº 014-2010-CDB, asimismo mediante la misma Ordenanza se establecio que el 30 de Marzo del mismo ejercicio fiscal sera el vencimiento del pago de la Tercera cuota de los tributos ya mencionados. Que, con fecha 19 de Febrero del 2012 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Municipal Nº 003-2012-CDB, mediante la cual se ha establecido "La ampliacion de beneficios tributarios que estan contenidas en la Ordenanza Municipal Nº 015-2011-CDB, en el extremo de realizar los pagos de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fiscales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 29 de Febrero del ejercicio fiscal 2012"; Que, con fecha 28 de Febrero del 2012 se aprobo la Ordenanza Municipal Nº 004-2012-CDB, mediante la cual se aprueba prorrogar el plazo para el acogimiento al beneficio de descuento por pronto pago de las tasas de arbitrios municipales establecidos para el ejercicio fiscal 2012, hasta el 31 de Marzo del mismo ejercicio fiscal; Que, con fecha 29 de Febrero del ano 2012, se emitio el Decreto de Alcaldia Nº 001-2012-MDB-AL, mediante el cual se aprobo prorrogar el plazo para el realizar el pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fiscales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 31 de Marzo del ejercicio fiscal 2012; Que, con fecha 30 de Marzo del ano 2012, se emitio el Decreto de Alcaldia Nº 003-2012-MDB-AL, mediante el cual se establecio prorrogar el plazo para realizar el pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fiscales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 30 de MORDAZA del ejercicio fiscal 2012; Que, mediante el Decreto de Alcaldia Nº 005-2012MDB-AL, emitido el 30 de MORDAZA del ano 2012, se aprobo prorrogar el plazo para realizar el pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fiscales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 31 de MORDAZA del ejercicio fiscal 2012; Que, con fecha 31 de MORDAZA del ano 2012, se emitio el Decreto de Alcaldia Nº 008-2012-MDB-AL, mediante el cual se establecio prorrogar el plazo para realizar el pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fiscales anteriores al 2011 sin interes, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 30 de Junio del ejercicio fiscal 2012. Que, esta gestion tiene como fin MORDAZA procurandose dar una buena calidad de MORDAZA a los vecinos de esta institucion MORDAZA y apreciando que existe una gran necesidad de ampliar los beneficios tributarios que estan contenidos

DE LA VACANCIA Y LA REVOCATORIA DEL MANDATO
Articulo 34º .- Causales de Vacancia El cargo de representante de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinacion Local vaca por las siguientes causales: a) Por fallecimiento b) Por incapacidad fisica o mental permanente, debidamente acreditada con arreglo a ley c) Por condena penal consentida o ejecutoriada d) Dejar de residir de manera injustificada por mas de 60 dias calendario continuos o no, en el distrito de MORDAZA MORDAZA en un periodo de 365 calendarios e) Por renuncia f) Por sobrevenir con posterioridad a la eleccion cualquiera de las causales de incompatibilidad establecidas para ser MORDAZA o Regidor, previstas en la Ley Articulo 35º.- Acuerdo del Concejo El Concejo de Coordinacion Local de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, una vez convocado por el senor MORDAZA o por el MORDAZA MORDAZA, si fuera el caso, acuerda la vacancia en sesion Extraordinaria. El Acuerdo de Concejo es impugnable frente al organismo electoral competente, siendo su resolucion definitiva. Articulo 36º .- Revocatoria La Revocatoria del mandato del representante de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinacion Local procede si los dos tercios del numero legal de los delegados electores asi lo acuerda en asamblea expresa convocada para tal fin por el Concejo de Coordinacion Local, en razon a la solicitud de la organizacion o de las organizaciones de base que tiene representacion distrital y que se encuentra inscrita en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad de MORDAZA Anita.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- Las Organizaciones de la sociedad civil a las que se refiere el presente reglamento y que decidan participar en el MORDAZA de eleccion de representantes de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital, podran presentar sus solicitudes de inscripcion de acuerdo a lo establecido en la presente Ordenanza. Segunda.- El MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, bajo responsabilidad, convocara mediante Decreto de Alcaldia a la eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinacion Local para el periodo 2012-2014, dentro del plazo MORDAZA de (02) dias habiles con posterioridad a la publicacion de la presente Ordenanza. La eleccion se realizara no MORDAZA de veinte ni despues de cuarenta y cinco dias de la convocatoria.

DISPOSICION FINAL
Unica.- Deroguese la Ordenanza Municipal Nº 013 de fecha 21 de octubre del 2004, la cual aprueba el Reglamento del Concejo de Coordinacion Local Distrital. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa

813060-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Amplian fecha de vencimiento de beneficio tributario aprobado mediante Ordenanza Nº 015-2011-CDB
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2012-MDB-AL
Bellavista, 28 de junio del 2012

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