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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de julio de 2012 470500 del 2012 y sus antecedentes, remitido por el Presidente del Gobierno Regional de Ica. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado y su modifi catoria, en sus Artículos 191º y 192º inciso 6), establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, activas y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes locales de desarrollo, por tanto competentes para dictar normas inherentes a la gestión regional y ejercer las atribuciones a su función conforme a ley; Que, de acuerdo a la competencia constitucional establecida en el artículo 9° inciso a) de la Ley N° 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; y la competencia exclusiva del artículo 10° inciso c) de la citada ley, ratifi ca la competencia de poder aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de Presupuesto; Que, conforme a los artículos 11º y 13º concordante con el artículo 38º de la Ley 27867, el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, tiene entre sus atribuciones emitir Ordenanzas Regionales, regulando asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentar asuntos en materias de su competencia; así como de acuerdo al artículo 15º inciso a), de la acotada ley, tiene como atribución aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamentan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2012- GORE-ICA, del 21 de Marzo del 2012, entre otros, en su Artículo Cuarto, se aprobó la Modifi cación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Red de Salud II Chincha-Pisco, estableciéndose que consta de 273 (doscientos setenta y tres) cargos, distribuidos en 229 (doscientos veinte y nueve) ocupados y 44 (cuarenta y cuatro) previstos; Que, la Dirección Regional de Salud de Ica, constituye en un órgano desconcentrado del Gobierno Regional de Ica, responsable de ejecutar, orientar, supervisar y evaluar las acciones que en materia sectorial le corresponde asumir de acuerdo a Ley en el ámbito regional, de acuerdo al artículo 108° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, aprobado por Ordenanza Regional N° 0002-2006-GORE-ICA; Que, mediante Ofi cio N° 1046-2012-DE-HSJCH, la Directora Ejecutiva de la Unidad Ejecutora 401-Salud Chincha, comunica a la Dirección Regional de Salud de Ica, que el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 404- Hospital San Juan de Dios de Pisco, solicitó mediante Ofi cio N° 047-2012-GORE-ICA-UE-404-HSJD PISCO/DE/ PE, la rectifi cación del Cuadro de Asignación de Personal 2012 de la Red de Salud II Chincha-Pisco, aprobada por la Ordenanza Regional N° 002-2012-GORE-ICA de fecha 21 de Marzo de 2012, indicando que en la Micro Red San Clemente, no ha sido considerada 01 plaza de Licenciada en Enfermería por una omisión involuntaria. Que, mediante Ofi cio N° 2197-2012-GORE-ICA- DRSA-OEPE/UR, el Director Regional de Salud de Ica, remite a la Presidencia Regional, el Proyecto de Cuadro de Asignación de Personal de la Red de Salud II Chincha- Pisco, el mismo que ha sido elaborado de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 043-2004-PCM, con la fi nalidad de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 28498 y la Ley N° 28560, Leyes de Nombramiento de los Profesionales de la Salud No Médicos Cirujanos y del personal técnico, asistencial, personal de servicios y auxiliar asistencial, que se encuentran prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad por el Ministerio de Salud, a nivel nacional. Asimismo, su elaboración se enmarca en la Ley N° 29812 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012” (Medidas en Materia de Personal), en el marco del nombramiento gradual a que se refi eren las Leyes N°s. 28498 y 28560 sus normas modifi catorias y complementarias; Que, de conformidad con los Artículos 14° y 15° de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobados por D.S. N° 043- 2004-PCM, disponen que los Cuadros para Asignación de Personal – CAP de las Direcciones Regionales Sectoriales, se aprueban mediante Ordenanza Regional, previo informe favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; acorde con los diseños y estructura de la administración pública que establece la Ley Nº 27658 “Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado”, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identifi car las responsabilidades específi cas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico; Que, mediante Ofi cio Nº 321-2012- GRPPAT de fecha 14 de mayo de 2012, expedido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Ofi cio Nº 074-2012-SGDS de fecha 10 de mayo de 2012 de la Sub Gerencia de Desarrollo Sistémico, que adjunta el Informe Nº 02-2012-SGDS/JALF de fecha 10 de mayo de 2012, que contiene el Informe Técnico favorable respecto al CAP de la Red de Salud II Chincha-Pisco, para que se rectifi que por haberse incurrido en omisión de un cargo previsto, precisando que el Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la Red de Salud II Chincha-Pisco, con la incorporación de 01 plaza prevista debe tener un total de 274 cargos de los cuales 229 corresponden a cargos ocupados y 45 cargos previstos: 12 cargos - Ley N° 28498, 19 cargos - Ley N° 28560 y 14 cargos jefaturales; Que, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 413-2012-ORAJ de fecha 22 de mayo del 2012, el Director General de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica emite informe sobre la procedencia de la aprobación de la presente que debe corresponder por su naturaleza a una rectifi cación del Artículo Cuarto de la Ordenanza Regional Nº 002-2012-GORE-ICA, del 21 de marzo del 2012; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria del seis de junio del dos mil doce, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica, con la dispensa de dictamen y aprobación del Acta de la fecha el Consejo Regional; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR, la modifi cación del Artículo Cuarto de la Ordenanza Regional Nº 002-2012- GORE-ICA, del 21 de Marzo del 2012, el mismo que queda redactado de la siguiente manera “ARTÍCULO CUARTO.- APROBAR la Modifi cación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Red de Salud II Chincha-Pisco, que consta de 274 (doscientos setenta y Cuatro) cargos, distribuidos en 229 (doscientos veinte y nueve) ocupados y 45 (cuarenta y cinco) previstos, cuyos actuados anexo al presente, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional; la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia de Desarrollo Social, la Dirección Regional de Salud de Ica y las Direcciones de los Hospitales competentes, para que cumplan la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente Regional de Ica, para su promulgación JOSE MARIA ECHAIZ CLAROS Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ALONSO NAVARRO CABANILLAS Presidente Regional 812840-1