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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de julio de 2012 470546 de junio de 2012, para que participe en la XLIII Reunión del Consejo del Mercado Común y Cumbre de Jefes de Estado del MERCOSUR y de Estados Asociados. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437: Integración Política y Negociaciones Económico, Comerciales Internacionales, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Juan Fernando Javier Rojas Samanez 1,190.42 200.00 2+1 600.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 814610-2 SALUD Excluyen del Listado de Medicamentos considerado en el Anexo 01 de la R.M. Nº 324-2011/MINSA a medicamentos que han sido declarados desiertos en diversos procesos de selección, para la compra corporativa obligatoria de medicamentos oncológicos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 577-2012/MINSA Lima, 11 de julio del 2012 VISTO, el Informe Nº 028-2012-DIGEMID-DAUM- ACCESO/MINSA y la Nota Informativa Nº 194-2012- DIGEMID-DG-DAUM-ACCESO/MINSA, cursado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 324-2011/MINSA, de fecha 25 de abril de 2011, aprobó el Listado de Medicamentos Oncológicos a ser adquiridos en Compra Corporativa para el Abastecimiento del año 2012, el cual se detalla en el Anexo Nº 01 de la mencionada Resolución; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 903- 2011/MINSA y 928-2011/MINSA de fechas 05 y 21 de diciembre de 2011, respectivamente, se rectifi có el Listado de Medicamentos Oncológicos para la Compra Corporativa Obligatoria para el abastecimiento del año 2012 que forma parte del Anexo 01 de la Resolución Ministerial Nº 324- 2011/MINSA, respecto de la denominación de diversos medicamentos; Que, mediante Memorándum Nº 291-2012-DARES/ MINSA, de fecha 28 de mayo de 2012, la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud- DARES, remitió a la DIGEMID, el Acta de Reunión Nº 05- 2012, suscrita por los representantes de las Entidades que participan en la Compra Corporativa para adquisición de Medicamentos Oncológicos, mediante la cual acordaron solicitar la liberación de los quince (15) medicamentos declarados desiertos en la Licitación Pública por Subasta Inversa Electrónica Nº 16-2011-DARES/MINSA y en la Licitación Pública 017-2011-DARES/MINSA; así como los informes elaborados por los Comités Especiales de los mencionados procesos de selección, en los cuales sustentan las razones por las que quedaron desiertos diversos ítems en dichos procesos; Que, a través de la Nota Informativa Nº 194-2012- DIGEMID-DG-DAUM-ACCESO/MINSA y del Informe Nº 028-2012-DIGEMID-DAUM-ACCESO/MINSA, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas ha solicitado la emisión de una Resolución Ministerial que modifi que el Listado de Medicamentos considerado en el Anexo 01 de la Resolución Ministerial Nº 324-2011/MINSA, a fi n de excluir de dicho listado los medicamentos que han sido declarados desiertos en los Procesos de Selección: Licitación Pública por Subasta Inversa Electrónica Nº 016- 2011-DARES/MINSA y Licitación Pública Nº 017-2011- DARES/MINSA; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Legislativo Nº 1017, las normas sobre contratación pública están orientadas a maximizar el valor del dinero en las contrataciones que realicen las entidades del Estado, de modo tal que, éstas se efectúen de manera oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, a través del cumplimiento de los principios establecidos en el artículo 4º de la citada Ley; Que, el Principio de Efi ciencia, regulado en el literal f) del artículo 4º de la mencionada Ley, dispone que las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse con el mejor uso de los recursos materiales disponibles; Que, en virtud a lo expuesto, y estando a lo informado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas y la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, corresponde emitir el acto resolutivo por el cual se proceda a la modifi cación del Anexo Nº 01 de la Resolución Ministerial Nº 324- 2011/MINSA, excluyendo del Listado de Medicamentos Oncológicos para la Compra Corporativa Obligatoria para el abastecimiento del año 2012, los medicamentos que han sido declarados desiertos en la Licitación Pública por Subasta Inversa Electrónica Nº 16-2011-DARES/MINSA y en la Licitación Pública 017-2011-DARES/MINSA, para la mencionada compra corporativa; Con el visado del Director General de la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y De conformidad con lo establecido en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Excluir del Listado de Medicamentos considerado en el Anexo 01 de la Resolución Ministerial Nº 324-2011/MINSA, a los medicamentos que han sido declarados desiertos en la Licitación Pública por Subasta Inversa Electrónica Nº 16-2011-DARES/MINSA y en la Licitación Pública 017-2011-DARES/MINSA, para la compra corporativa obligatoria de medicamentos oncológicos, los cuales se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http://www.minsa. gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del Portal Electrónico del Ministerio de Salud. Artículo 3º.- Disponer que la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas notifi que la presente Resolución a las Entidades participantes en la compra corporativa obligatoria de medicamentos oncológicos detallada en el Anexo Nº 02 de la Resolución Nº 324- 2011/MINSA. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 813951-1