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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2012 (14/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de julio de 2012 470544 durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Asimismo, en su tercer párrafo establece que, en aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la vía administrativa o judicial, procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca encontrándose condicionada la vigencia a su resultado; Que, el tercer párrafo del artículo 19º del Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, establece que el cambio de titularidad sólo se otorgará previo cumplimiento de los requisitos que establece el TUPA del Ministerio y siempre que las embarcaciones pesqueras se encuentren libres de cargas o gravámenes y que no sean objeto de proceso judicial que impida su transferencia; salvo autorización expresa formulada por escrito con fi rmas legalizadas del acreedor titular de la carga, gravamen o acción judicial correspondiente. Que, con el escrito del visto, subsanado con adjunto Nº 1, de fecha 16 de diciembre del 2011, la empresa PESQUERA CAPRICORNIO S.A., solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “CECI” de matrícula CE–0205–PM, de conformidad con el Procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Que, de la revisión de la Partida Registral Nº 50000230 correspondiente al Registro de Embarcaciones Pesqueras de la Ofi cina Registral de Chimbote efectuada vía consulta en línea a la página web de la SUNARP, se observa que, la administrada PESQUERA CAPRICORNIO S.A. ha adquirido el dominio de la embarcación “CECI” con matrícula CE-0205-PM, en virtud al acto de compra venta a su favor, celebrado con sus anteriores propietarios Banco de Crédito del Perú, contenida en escritura pública de fecha 07 de setiembre del 2011, celebrada ante la notario público de Chimbote Dr. Alfredo Paino Scarpati; Que, a través del Memorando Nº 0175-2012- PRODUCE/OEC de fecha 16 de febrero del 2012, emitido por la Ofi cina de Ejecución Coactiva, se informó que, respecto a la embarcación “CECI” con matrícula CE-0205-PM, no registra deuda cuya ejecución que se encuentre tramitando en la Ofi cina de Ejecución Coactiva del Ministerio de la Producción; Que, por lo expuesto, y habiendo el administrado cumplido con presentar la totalidad de los requisitos establecidos en el Procedimiento 7º del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009- PRODUCE, corresponde aprobar a su favor, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación “CECI” con matrícula CE-0205-PM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 618-95-PE, de fecha 06 de noviembre de 1995; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Técnico Nº 1466-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe legal Nº 162-2012-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012–2001–PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008–2009–PRODUCE y demás normas modifi catorias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de PESQUERA CAPRICORNIO S.A., el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “CECI” de matrícula Nº CE-0205-PM, otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 618-95-PE, de fecha 06 de noviembre de 1995. Artículo 2º.- Dejar sin efecto en el extremo relativo a la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera “CECI” con matrícula CE-0205-PM otorgado a través de Resolución Ministerial Nº 618-95-PE, de fecha 06 de noviembre de 1995, e incorporar a la empresa PESQUERA CAPRICORNIO S.A., como el nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “CECI” con matrícula CE–0205–PM, en los listados correspondientes, excluyendo a la empresa LOS MOLINOS S.R.Ltda. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIX ALVAREZ VELARDE Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 813920-9 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario diplomático a Paraguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0707 Lima, 11 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, se llevó a cabo la misión de urgencia convocada por el Consejo de Jefes de Estado de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 21 al 22 de junio de 2012, debido a los recientes acontecimientos sucedidos en el Paraguay; Que, al referido evento, por instrucción de la Superioridad, el Director General de América, Embajador Claudio Julio De la Puente, acompañó al señor Ministro de Relaciones Exteriores, Rafael Roncagliolo Orbegoso; Que, el mencionado evento, reviste especial importancia en el marco de la Política Exterior del Perú y de la región Suramericana, pues el Perú desea contribuir conjuntamente con los otros países miembros de UNASUR, a que la solución de la crisis en Paraguay se ajuste al orden democrático constitucional y garantizando el estado de derecho; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 3072, del Despacho Ministerial; las Memoranda (DGA) Nº DGA0552/2012, de la Dirección General de América, de 27 de junio de 2012; y (OPR) Nº OPR0376/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 5 de julio, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Claudio Julio De la Puente Ribeyro, Director General de América, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, con efi cacia anticipada, del 21 al 22 de junio de 2012, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.