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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de julio de 2012 470573 requisitos establecidos en los artículos 23º, 24º y los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, y que por lo tanto debe emitirse la Resolución correspondiente aprobando las nuevas denominaciones de la carreras profesionales indicadas en el segundo considerando; Que, con Memorándum Nº 505-2012-SE de vistos, la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone la elaboración de una resolución aprobando el cambo de denominación de las carreras profesionales que se imparte en la sede y fi liales establecidas de la Universidad Privada César Vallejo; Estando a la autorización de la Alta Dirección, y; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de denominación de las carreras profesionales, como se indica a continuación: • De Idiomas por Traducción e Interpretación, con funcionamiento en la sede de Trujillo y las fi liales de Piura, Chiclayo y Lima. • De Administración de Turismo y Hotelería, por Administración en Turismo y Hotelería, con funcionamiento en la sede de Trujillo y las fi liales de Piura, Tarapoto y Lima. • De Marketing, por Marketing y Dirección de Empresas, con funcionamiento en la sede de Trujillo. • De Ingeniería del Medio Ambiente, por Ingeniería Ambiental, con funcionamiento en fi lial de Lima. Artículo 2º.- Declarar que los Planes Curriculares de las cuatro Carreras Profesionales, indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, han cumplido con las exigencias establecidas en los artículos 23º, 24º y los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733. Artículo 3º.- Disponer la transcripción de la presente resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Ofi cinas de Carné Universitario y Grados y Títulos, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 813934-1 Declaran que la Universidad Nacional del Centro del Perú ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Universitaria para el funcionamiento de carreras profesionales COMISION DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0717-2012-ANR Lima, 25 de junio de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 132-2012-DFE-UNCP, de fecha 25 de mayo de 2012, carta s/n de fecha 5 de marzo de 2012, ofi cio Nº 104-2012-DFE-UNCP, de fecha 3 de mayo de 2012, informe Nº 161-2012-DGDAC, de fecha 28 de mayo de 2012, el memorando Nº 535-2012-SE, de fecha 31 de mayo de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, en mérito a lo previsto en el artículo 90º de la Ley Universitaria Nº 23733, uno de los fi nes de la Asamblea Nacional de Rectores es la coordinación y orientación general de las actividades universitarias del país, en la que está comprendida la coordinación sobre las unidades académicas, así como su funcionamiento, creadas por la respectiva instancia universitaria, de cada universidad en uso de su autonomía; Que, con Decreto Supremo Nº 46, de fecha 16 de diciembre de 1959, se autorizó la creación de la Universidad Comunal del Centro del Perú, para posteriormente mediante Ley Nº 13827, de fecha 2 de enero de 1962, denominarse en Universidad Nacional del Centro del Perú, con sede en la ciudad de Huancayo; Que, el artículo 92º, de la Ley Universitaria Nº 23733, incisos e) y f) señala las coordinaciones y las concordancias necesarias que la Asamblea Nacional de Rectores debe realizar con las Universidades, a fi n de aprobar los planes curriculares y establecer los requisitos mínimos y las exigencias para otorgar los títulos profesionales, que son aprobadas por las universidades; Que, mediante carta de vistos, la Universidad Nacional del Centro del Perú, remite la Resolución Nº 0068-AU-2009, de fecha 1 de octubre de 2009, que resolvió aprobar el cambio de denominación de la Facultad de Pedagogía y Humanidades por la Facultad de Educación; Que, mediante ofi cio de vistos la referida Casa Superior de Estudios, solicita la aprobación de la estructura Académica de la Facultad de Educación, considerando a su vez los Planes Curriculares de las carreras profesionales adscritas a la Facultad de Educación, por lo que cumplen con adjuntar la Resolución Nº 0069 y 0089- AU-2009, de fecha 01 de octubre y 31 de diciembre de 2009 respectivamente, Resolución Nº 0004-AU-2010 de fecha de junio de 2010, relacionadas a la creación de las carreras profesionales así como al posterior cambio de denominación; Que, con informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, informa que el cambio de denominación de la Facultad de Pedagogía y Humanidades por Facultad de Educación ha cumplido con lo establecido en el inciso e) del artículo 29º de la Ley Universitaria; así como las siete carreras profesionales, cuyos programas fueron presentados por la Universidad Nacional del Centro del Perú, con sede en la ciudad de Huancayo, y habiendo sido evaluados los planes curriculares respectivos, opinando favorablemente por la aprobación de sus registros, dado que cumplen los requisitos establecidos en los artículos 23º, 24º y los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, y que por lo tanto deben emitirse la Resolución correspondiente; Que, con memorando Nº 0535-2012-SE, la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone elaborar una resolución declarando el cambio de denominación de la Facultad de Pedagogía y Humanidades por la Facultad de Educación de la Universidad Nacional del Centro del Perú, con sede en la ciudad de Huancayo, teniendo vigencia desde el 22 de setiembre de 2009, así como también deberá declararse aprobado las carreras profesionales que se impartirán en dicha Casa Superior de Estudios; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en vía de regularización aprobado el cambio de denominación de la Facultad de Pedagogía y Humanidades por la de Facultad de Educación de la Universidad Nacional del Centro del Perú, con sede en la ciudad de Huancayo, teniendo vigencia desde el 22 de setiembre del 2009.