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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2012 (28/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de julio de 2012 471623 Tarifaria y Metas de Gestión correspondientes a EPS públicas y privadas que prestan servicios de saneamiento. El artículo 30 de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento dispone que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las fórmulas para el cálculo de las tarifas. El artículo 85 del Decreto Supremo Nº 023-2005- VIVIENDA, Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que la SUNASS es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicación a las EPS municipales, públicas, privadas y mixtas. Mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 061- 2011-SUNASS-CD se incorporó al Reglamento General de Tarifas el artículo 6A que establece las condiciones de aplicación del régimen tarifario. Con la Resolución de Consejo Directivo Nº 062-2011- SUNASS-CD se aprobaron los Lineamientos. IV. IMPACTO ESPERADO.- La aprobación de la separación de las metas de gestión de la EPS SEMAPACH S.A. contribuye a diferenciar el cumplimiento de metas relacionadas a aquellos proyectos que la empresa puede fi nanciar con recursos internamente generados, de las metas relacionadas a aquellos proyectos fi nanciados y/o ejecutados con recursos no reembolsables de terceros; y de este modo se permite que la EPS no se vea afectada por el incumplimiento de metas relacionadas a proyectos que no dependen de su manejo exclusivo, pues su fi nanciamiento y/o ejecución corresponde a terceros. DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA SEPARACIÓN DE METAS DE GESTIÓN DE LA EPS SEMAPACH S.A. Informe Nº 052-2012-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, que presenta la propuesta de separación de las Metas de Gestión según correspondan a proyectos fi nanciados con las diversas fuentes de fi nanciamiento, comprendidos dentro de los alcances de la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión de la EPS SEMAPACH S.A. 820091-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 187-2012-SUNARP/SN Mediante Ofi cio Nº 907-2012-SUNARP/GL-SG la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 187-2012-SUNARP/ SN, publicada en la edición del 19 de julio de 2012. En el Artículo Segundo.- DICE: ANEXO 02 FORMATO DE EVALUACIÓN PARA REGISTRADOR PÚBLICO Y VOCAL DEL TRIBUNAL REGISTRAL Rubro Puntaje Máximo Grados Académicos 8 Estudios o egresado de Maestría en Derecho (0,5 punto por semestre concluido) 4 Grado de Maestro en Derecho 5 Estudios o egresado de Maestría en Derecho Registral, Civil o Comercial (0,75 punto por semestre concluido) 5 Grado de Maestro en Derecho Registral, Civil o Comercial 6 Estudios o egresado de Doctorado en Derecho (1.75 puntos por semestre concluido) o grado de doctor en otra especialidad. 7 Grado de Doctor en Derecho 8 Capacitaciones 3 Segunda Especialización en Derecho Registral, Civil o Comercial 1 Eventos académicos en derecho civil o registral con 40 o más horas de duración 0.5 puntos c/u Eventos académicos en derecho civil o registral con menos de 40 horas de duración en los últimos 4 años 0,25 punto c/u Experiencia Profesional 7 Por cada año de abogado 1 punto Experiencia Académica y Producción jurídica 4 Por cada año de docencia universitaria 1 punto Por cada artículo jurídico publicado 0,5 punto c/u Por cada libro jurídico publicado 2 puntos Experiencia Registral y Notarial 8 Por cada año de experiencia en el Sistema Registral - SUNARP (mínimo 1 año) desempeñando funciones en el área registral. 2 puntos c/a Por cada año de experiencia en Notarías Públicas, desempeñando funciones que tengan relación con el área registral (mínimo 1 año) 0,5 punto c/a Total 30 DEBE DECIR: ANEXO 02 FORMATO DE EVALUACIÓN PARA REGISTRADOR PÚBLICO Y VOCAL DEL TRIBUNAL REGISTRAL Rubro Puntaje Máximo Grados Académicos 6 Estudios o egresado de Maestría (0.5 punto por semestre concluido) 2 Grado de Maestro 3 Estudios o egresado de Maestría en Derecho Registral, Civil o Comercial (0.75 punto por semestre concluido) 3 Grado de Maestro en Derecho Registral, Civil o Comercial 4 Estudios o egresado de Doctorado en Derecho (1.25 punto por semestre concluido) 5 Grado de Doctor en Derecho 6 Capacitaciones 5 Segunda Especialización en Derecho Registral, Civil o Comercial (0.75 por semestre concluido) 1.5 Eventos académicos en Derecho Civil, Registral o Comercial con 40 o más horas de duración 0.5 puntos c/u Eventos académicos en Derecho Civil, Registral o Comercial con menos de 40 horas de duración en los últimos 4 años 0.25 punto c/u Experiencia Profesional 7 Por cada año de abogado 1 punto Experiencia Académica y Producción jurídica 4 Por cada año de docencia universitaria 1 punto Por cada artículo jurídico publicado 0.5 punto c/u Por cada libro jurídico publicado 2 puntos Experiencia Registral y Notarial 8 Por cada año de experiencia en el Sistema Registral – SUNARP (mínimo 1 año) desempeñando funciones en el área registral 2 punto c/a Por cada año de experiencia en Notarías Públicas, desempeñando funciones que tengan relación con el área registral (mínimo 1 año) 0.5 punto c/a En el Artículo Segundo.- DICE: ANEXO 03 FORMATO DE EVALUACIÓN PARA ASISTENTE REGISTRAL Rubro Puntaje Máximo Grados Académicos 8 Grado de Bachiller 2 Título de Abogado 4 Estudios o egresado de Maestría en Derecho (1,5 punto por semestre concluido) 6 Grado de Maestro en Derecho 7