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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 31 de julio de 2012 471698 Sector Público correspondiente a quince (15) Proyectos Especiales de Intervención Inmediata, para el pago del Aporte Total del Programa por la suma total de S/. 410 975.00 (Cuatrocientos diez mil novecientos setenta y cinco con 00/100 nuevos soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2º.- Disponer que el Anexo a que se refi ere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www. trabajo.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 820929-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Modifican el Reglamento del Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte RESOLUCIÓN Nº 003-2012-CSJDHD-P/IPD Lima, 13 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 50 de la Ley Nº 28036 Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, se crea el Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte como instancia autónoma del Instituto Peruano del Deporte, competente para conocer y sancionar las faltas y transgresiones a dicha Ley, su reglamento y a la normatividad deportiva vigente, estableciéndose también en ella la atención de la defensa de los intereses y derechos de los deportistas. Asimismo, le concede a este Consejo la facultad para otorgar honores y distinciones a deportistas, técnicos, auxiliares y dirigentes de una selección nacional, a los directivos de las Federaciones Deportivas Nacionales, al Comité Olímpico Peruano y otros organismos del Sistema del Deporte Nacional. Que, de acuerdo al artículo 53º de la Ley precitada, modifi cado por la Ley Nº 29544, el Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte elabora su propio Reglamento y lo aprueba en Sala Plena, concordante con la Segunda Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM; Que, el Consejo Superior consideró necesario la modifi cación del artículo 22º de su Reglamento, para prever situaciones de impedimento o abstención en segunda instancia; Que, el proyecto de modifi cación del indicado Reglamento fue aprobado el 06 de julio de 2012 en Sesión de Sala Plena del Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte; En uso de sus atribuciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50º de la Ley Nº 28036 Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la modifi cación al artículo 22º del Reglamento del Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte, incorporándose un tercer párrafo, quedando el precitado artículo de la siguiente manera: “Cada sala elegirá a su presidente cuyo mandato durará un año; y se reunirá cuando sea convocada por éste o por el vocal al que corresponda ejercer internamente este cargo. Esta convocatoria es obligatoria y deberá, necesariamente, efectuarse para que la sala pueda reunirse dentro de los diez (10) días calendarios siguientes, cuando lo pida por escrito alguno de los miembros que la integran, indicando los asuntos a tratar; en caso de incumplimiento, cualquier otro miembro de la sala podrá realizar esta convocatoria. El quórum para el funcionamiento de cada sala es de tres (3) de sus miembros con derecho a participar en la sesión. En cualquier caso de ausencia o impedimento, el presidente de la sala o quien ejerza sus funciones designará a un vocal de la otra sala para que complete el quórum. Los acuerdos de la sala se adoptarán con el voto conforme de cuando menos dos de los vocales; si no se obtiene dos votos conformes, la Sala Plena designará al miembro dirimente entre los demás miembros del CSJDHD En los casos de apelación, tratándose de ausencia o impedimento de algún vocal de acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior, el presidente de la Sala Revisora completará el quórum solicitándole por excepción al presidente del Consejo que remplace al ausente o impedido según sea el caso”. Regístrese y comuníquese. SS. JORGE LUIS CANALES VARGAS Presidente del CSJDHD GASTÓN ROGER REMY LLERENA Presidente Primera Sala del CSJDHD ULISES ENRIQUE QUIROGA PARODI Presidente Segunda Sala del CSJDHD 820633-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean órganos jurisdiccionales para la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de Lima y dictan disposiciones complementarias RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 143-2012-CE-PJ Lima, 24 de julio de 2012 VISTOS: El Oficio Nº 146-2012-ETIINLPT-P/PJ cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Informe Nº 003-2012-ETIINLPT-GO-PJ de la Gerencia Operacional de los Equipos Técnicos Institucionales en materia Laboral y Penal, Ofi cio Nº 1717-2012-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, ampliando el Oficio Nº 1584 -2012-GG-PJ, e Informes Nº 196-2012-SEP-GP-GG-PJ y Nº 035-2012-SEP- GP-GG-PJ emitidos por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial, y los Oficios