Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2012 (15/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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irrigacion y otros mecanismos de aprovechamiento de las tierras con aptitud agraria en coordinacion con los sectores e instituciones competentes, conforme a Ley; Que, el articulo 11° de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, establece que en el Ano Fiscal 2012, los recursos publicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, mediante el Informe Nº 033-2012-AG-UPRES/ OPP, la Unidad de Presupuesto Sectorial de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura, se emite opinion favorable a la transferencia de recursos del Pliego 013: Ministerio de Agricultura, Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Agricultura ­ Administracion Central, a favor de diversos Gobiernos Locales Distritales y Provinciales, indicando que el Pliego cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios hasta por el monto solicitado de VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 24 695 678,00) para financiar la ejecucion de siete (07) proyectos de inversion publica en infraestructura de riego, declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP, para los cuales se han suscrito los Convenios correspondientes; en merito de lo cual, con Oficio N° 0775-2012-AG-SEGMA, el Secretario General del referido Ministerio solicita la transferencia de partidas a favor de los referidos Gobiernos Locales Distritales y Provinciales; De conformidad con lo establecido por el articulo 11° de la Ley Nº 29812 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto 1.1. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 24 695 678,00), para financiar la ejecucion de siete (07) proyectos de inversion publica en infraestructura de riego, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 013 : Ministerio de Agricultura 001 : MINAG Administracion Central

1.2. Los Pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del presente articulo y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo I "Transferencia de Partidas para la ejecucion de Proyectos de Inversion Publica en Infraestructura de Riego" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, y se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Agricultura (www. minag.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2°.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada, a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de las transferencias a que hacen referencia el articulo 1° del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Plazo para el inicio del MORDAZA de seleccion Los procesos de seleccion para la ejecucion de los proyectos de inversion senalados en el Anexo I del presente Decreto Supremo, a ser financiados con la transferencia de partidas autorizada en el numeral 1.1 del articulo 1º, deberan ser iniciados por los Gobiernos Locales, segun corresponda, en un plazo no mayor a diez (10) dias habiles a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 5°.- Informacion Los Pliegos habilitados, informaran al Ministerio de Agricultura, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los Convenios y/o adendas correspondientes, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el articulo 11° de la Ley N° 29812. Articulo 6°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de junio del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura 802039-1 DECRETO SUPREMO N° 091-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 24 695 678,00 -----------------24 695 678,00 =========== En Nuevos Soles : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 1 : Recursos Ordinarios 24 695 678,00 -----------------24 695 678,00 ===========

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

6 GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

CONSIDERANDO: Nº Que, el literal 5.1 del articulo 5° del Decreto Supremo 031-2008-AG, Reglamento de Organizacion y

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