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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (15/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de junio de 2012 468331 Órgano de Control Institucional del INDECI, el Jefe Institucional, conforme a la normatividad aplicable, mediante Memorándum Nº 150-2011-INDECI de fecha 19.Dic.2011, remitió a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que proceda a implementar la Recomendación Nº 1, en cuanto a la responsabilidad administrativa identifi cada contra de los comprendidos en la Observación Nº 01 y 02, del indicado Informe, excepto del personal comprendido bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; Que, mediante Resolución Jefatural Nº Nº 276-2004- INDECI, precisado en cuanto a funciones a través de la Resolución Jefatural Nº 163-2005-INDECI, se conforma la Comisión Especial de Proceso Administrativos Disciplinarios del INDECI, encargada de califi car las denuncias por contravención al Código de Ética de la Función Pública, que le sean remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir proceso administrativo disciplinario; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INDECI, mediante el Informe Nº 001- 2012-CEPAD-INDECI/27.0, se ha pronunciado por la instauración del proceso administrativo disciplinario contra el Cap. EP “R” Oscar Napoleón Bonifaz Elejalde, ex prestador de servicios de la Dirección Regional INDECI Costa Centro y contra la señorita Zurema Soledad Pineda Loaiza, ex prestadora de servicios de la Dirección Regional INDECI - Sur (Arequipa), al determinar que han incurrido en faltas administrativas consignadas en la Observación Nº 1 y 2 respectivamente del Informe Nº 009- 2011-2-3376 “Examen Especial Verifi cación de Diplomas Grados y Títulos Académicos, Periodo 01.Ene.2008 al 31.Dic.2010”; los que constituyen presunta contravención al Principio de Probidad establecido en el Numeral 2 del Artículo 6º de la Ley Nº 27815 “Ley del Código de Ética de la Función Pública”, siendo pasibles de la aplicación de sanción señaladas en el Artículo 11º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM; Que, de conformidad con la acotada Ley del Código de Ética de la Función Pública y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, los empleados públicos que prestan servicios en la administración pública, independientemente del régimen jurídico de naturaleza laboral o de contratación al que esté sujeto, si incurren en infracciones al indicado Código y su Reglamento, serán sometidos al procedimiento administrativo disciplinario, conforme a lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y sus modifi catorias, aún cuando ya no se encuentren en ejercicio de la función pública (Art. 18 DS. 033-2005-PCM), y son pasibles de sanción sin perjuicio de las responsabilidades administrativas civiles y penales establecidas en la normatividad vigente; Que, el artículo 167º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que el proceso administrativo disciplinario será instaurado por Resolución del titular de la entidad; Con la visación de la Sub Jefatura y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; Estando a lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del INDECI, en el Informe de Visto, contando con la Opinión de la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal Nº 023-2012-INDECI/5.0; de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM; en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cados por Decreto Supremo Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR Proceso Administrativo Disciplinario al Cap. EP “R” OSCAR NAPOLEÓN BONIFAZ ELEJALDE y a la señorita ZUREMA SOLEDAD PINEDA LOAIZA, ex prestadores de servicios de la Dirección Regional INDECI - Costa Centro y de la Dirección Regional INDECI - Sur (Arequipa), respectivamente, de conformidad con los hechos y cargos establecidos en el Informe Nº 009-2011-2-3376 “Examen Especial Verifi cación de Diplomas Grados y Títulos Académicos, Periodo 01.Ene.2008 al 31.Dic.2010”, que constituyen infracción Numeral 2 del Artículo 6º de la Ley Nº 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública. Artículo 2°.- Notifi car de acuerdo a Ley, la presente Resolución a los ex prestadores de servicios señalados en el artículo precedente, a efectos que presenten ante la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INDECI, sus descargos escrito y las pruebas que consideren pertinentes para su defensa en el plazo de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notifi cación. Artículo 3°.- Remitir la presente Resolución y sus antecedentes a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INDECI, para las acciones correspondientes, debiendo concluir el proceso instaurado en el plazo de treinta (30) días hábiles improrrogables. Regístrese y comuníquese. ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 801865-1 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Designan Directora Ejecutiva de Transferencia Tecnológica y Capacitación de la Dirección General de Investigación y Transferencia Tecnológica del Instituto Nacional de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 165-2012-J-OPE/INS Lima, 12 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 044-2010-J- OPE/INS de fecha 08 de febrero de 2010, se designó a la Licenciada en Enfermería Teresa Castilla Vicente en el cargo de Directora Ejecutiva de Transferencia Tecnológica y Capacitación de la Dirección General de Investigación y Transferencia Tecnológica del Instituto Nacional de Salud, Nivel F-3; Que, mediante documento de fecha 18 de octubre de 2011, la referida funcionaria puso a disposición el cargo en el cual fue designada, resultando a la fecha necesario dar por concluida ésta, emitiendo la resolución pertinente; Con el visto bueno del Sub Jefa del Instituto Nacional de Salud y la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y; De conformidad con lo establecido en el artículo 77° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005- 90-PCM y en los artículos 3° y 7° de la Ley N° 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la Licenciada en Enfermería Teresa Castilla Vicente al cargo de Directora Ejecutiva de Transferencia Tecnológica y Capacitación de la Dirección General de Investigación y Transferencia Tecnológica del Instituto Nacional de