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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (15/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de junio de 2012 468321 Artículo 4°.- Plazo para el inicio del proceso de selección Los procesos de selección para la ejecución de los proyectos de inversión señalados en el artículo 1º del presente Decreto Supremo, a ser fi nanciados con la transferencia de partidas autorizada, deberán ser iniciados por los Gobiernos Locales, según corresponda, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles a partir de la publicación del presente Decreto Supremo. Artículo 5°.- Información Los Pliegos habilitados, informarán al Ministerio de Agricultura, los avances físicos y financieros de la ejecución de los proyectos a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los Convenios y/o adendas correspondientes, para efectos de las acciones de verificación y seguimiento a que se refiere el artículo 11° de la Ley N° 29812. Artículo 6°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de junio del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 802039-2 Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo del Ministerio de Economía y Finanzas al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 407-2012-EF/43 Lima, 14 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, se dispuso que el Instituto de Radio y Televisión del Perú, mediante Radio Nacional del Perú y Canal 7, programará en el horario que considere conveniente su Directorio, avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2004-TR se dictaron disposiciones reglamentarias de la Ley N° 27736, disponiendo en su artículo 2º que la designación del responsable de remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad y publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, asimismo, la Única Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM establece modifi caciones al Reglamento del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), disponiendo que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), aprobará el modelo de convocatoria y de contrato administrativo de servicios, los mismos que serán publicados en el portal institucional de SERVIR y en el Portal del Estado Peruano; Que, mediante el artículo 2º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE, se aprobó el modelo de Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios, el cual incluye la obligación de las entidades públicas de publicar las convocatorias para la contratación de personal CAS en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el artículo 1º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 170-2011-SERVIR/PE, dispone que el inicio de la vigencia de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE será el 28 de febrero de 2012; Que, en tal sentido, resulta necesario designar al funcionario que se encargará de remitir las ofertas de empleo del Ministerio de Economía y Finanzas al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y la Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Jefe de la Ofi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos, como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo del Ministerio de Economía y Finanzas al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 801700-1 EDUCACION Modifican dos documentos de consulta que orientarán el proceso de implementación del modelo “Escuelas Marca Perú” en las Redes Educativas Rurales Focalizadas para el 2012, oficializados por R.M. Nº 099-2012- ED RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0218-2012-ED Lima, 13 de junio de 2012 Vistos, los Informes N°s. 013-2012-ME-VMGP/ DIGEIBIR y 001-2012-ME-VMGP/DIGEIBIR-UF, emitidos por la Dirección General de Educación Intercultural, Bilingüe y Rural dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud a la Resolución Ministerial Nº 099-2012- ED, se ofi cializaron seis (6) Documentos de Consulta que orientarán el proceso de implementación del modelo “Escuelas Marca Perú” en las Redes Educativas Rurales Focalizadas para el 2012; Que, los Documentos de Consulta N° 04 y 06 ofi cializados por la precitada Resolución Ministerial, se refi eren a la existencia de los Centros de Recursos para el Aprendizaje, la Investigación y la Producción de Conocimiento en las Redes Educativas Rurales, así como a su infraestructura y equipamiento; Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección General de Educación Intercultural Bilingüe y Rural, señala que luego de las coordinaciones realizadas por la Unidad Formuladora y del Equipo Pedagógico de la referida Dirección General, con los especialistas de la Secretaría de Planifi cación Estratégica y la Ofi cina de Infraestructura Educativa, se ha advertido la necesidad de reducir las dimensiones de los Centros de Recursos antes señalados, con la fi nalidad de desconcentrar los servicios educativos que brinden los Centros hacia las Instituciones Educativas que conforman cada Red Educativa Rural; Que, en tal virtud, corresponde modifi car los criterios técnicos para la infraestructura y equipamiento de los Centros de Recursos que obran en los Documentos