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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (22/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de junio de 2012 468803 Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Cadete Naval de 1er. Año Ciro André ALEGRIA Llantoy, CIP. 00113104, DNI. 74779370 y del Cadete Naval de 1er. Año Eduardo Alessandro MALCA Velezmoro, CIP. 00115137, DNI. 47159049, para que participen en el Curso de Formación de Cadetes Clase 2016, a impartirse en la Academia Naval de Annapolis, Estado de Maryland, Estados Unidos de América, del 25 de junio de 2012 al 30 de junio de 2016. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan al Año Fiscal 2012, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 500.00 / 30 días x 6 días (junio) x 2 personas US$. 200.00 US$. 500.00 x 6 meses (julio - diciembre) x 2 personas US$. 6,000.00 Gastos de Traslado (Ida): (Equipaje, Bagaje e Instalación) US$. 500.00 x 1 compensación x 2 personas US$. 1,000.00 --------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 7,200.00 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5°.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 6°.- Los referidos Cadetes Navales, revistarán en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a la exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JOSE ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 805138-1 Autorizan ingreso al territorio peruano de oficial de la Marina de Guerra del Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 712-2012-DE/SG Lima, 21 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 485 de fecha 12 de junio de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República del Ecuador, sin armas de guerra; Que, el Capitán de Corbeta Juan Enrique MACÍAS MENDOZA de la Marina de Guerra del Ecuador, ingresará a territorio nacional del 24 al 28 de junio de 2012, a fi n de participar como invitado del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales, NAMRU -6, en la “MISMS Conferencia Latinoamericana de Infl uenza y Taller”, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al Capitán de Corbeta de la Marina de Guerra del Ecuador, Juan Enrique MACIAS Mendoza, del 24 al 28 de junio de 2012, a fi n de participar como invitado del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales, NAMRU -6, en la “MISMS Conferencia Latinoamericana de Infl uenza y Taller”, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 804811-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 277-2012-DE/EP Mediante Ofi cio Nº 540-2012-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 277-2012-DE/EP, publicada en nuestra edición del día 16 de junio de 2012. - En el primer considerando; DICE: “Que, mediante Resolución Suprema Nº 194-2012-DE/ del 17 de mayo de 2012, se autorizó el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado, del Sub Ofi cial 3ra EP Eddy Gustavo RIVEROS HUAMANI, identifi cado con DNI Nº 43393267 y CIP Nº 331160000, así como del Sub Ofi cial 3ra EP Eleaquin MARCELO CARDENAS, identifi cado con DNI Nº 45085174 y CIP Nº 331078700, a fi n de ser evacuados al BASCOM MIAMI