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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2012 (03/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de marzo de 2012 461863 Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación. En Lima, a los nueve días del mes de febrero de dos mil doce. DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF Presidente del Congreso de la República MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de marzo del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 759451-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Modifican la R.S. Nº 051-2012-PCM y autorizan viaje del Ministro de Energía y Minas a Canadá y México RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 057-2012-PCM Lima, 2 de marzo de 2012 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 051-2012- PCM, de fecha 26 de febrero de 2012, se autorizó el viaje al señor Jorge Humberto Merino Tafur, Ministro de Energía y Minas, a la ciudad de Toronto, Canadá, del 3 al 7 de marzo de 2012, para que participe en la Convención Anual “Prospectors and Developers Association of Canada - PDAC”, que se llevará a cabo en dicha ciudad; Que, el itinerario del viaje del Ministro de Energía y Minas, fue reprogramado, debido a que el día 7 de marzo de 2012, se reunirá en la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, con el Secretario de Energía de dicho país, a efectos de tratar temas referidos a la agenda energética de ambos países, retornando a la ciudad de Lima el día 8 de marzo de 2012, por lo que es necesario modi fi car la Resolución Suprema Nº 051-2012-PCM, en cuanto a las fechas y lugares de viaje; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 118º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car el artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 051-2012-PCM, con el siguiente texto: “Autorizar el viaje, en misión o fi cial, del señor Jorge Humberto Merino Tafur, Ministro de Energía y Minas, a las ciudades de Toronto, Canadá, y México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 3 al 8 de marzo de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución y sus modi fi catorias”.Artículo 2º.- Modi fi car el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 051-2012-PCM, con el siguiente texto: “Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán asumidos por la Cámara de Comercio Canadá - Perú, y por el Comité de Administración de los Recursos para Capacitación - CAREC, respectivamente, no irrogando ningún tipo de gasto al Estado; asimismo, esta Resolución no otorga derecho de exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación”. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 759448-1 AGRICULTURA Renuevan aprobación temporal de cotas máximas y mínimas del embalse Chinchaycocha y prorrogan vigencia de plazo establecido mediante R.D. N° 002-2010-ANA-DEPHM RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 002-2012-ANA-DEPHM Lima, 1 de marzo de 2012 VISTO:El Informe Técnico Nº 08-2012-ANA-DEPHM/JHP; y,CONSIDERANDO:Que, según el artículo 34º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, es función de esta Dirección aprobar los planes de descarga de las presas integrantes de infraestructura hidráulica mayor pública; Que, mediante Resolución Directoral Nº 002-2010- ANA-DEPHM: - Aprobó las cotas máximas y mínimas que deberán mantenerse en el embalse Chinchaycocha, las que servirán de sustento y de referencia obligatoria para la elaboración del plan de descarga del citado embalse por parte de los operadores, por un periodo de catorce (14) meses, el cual vence el 23.02.2012. - Dispuso que el Comité de Gestión Ambiental Chinchaycocha coordine el desarrollo del Estudio Hidrológico, que determine: la disponibilidad hídrica de la cuenca del Lago Chinchaycocha, las dimensiones del aliviadero de demasías y la simulación de descargas máximas para identi fi car zonas de desborde e inundaciones aguas abajo de la presa Upamayo. Que, mediante O fi cio Nº 064-2012-GR-JUNIN/PR, el Gobierno Regional de Junín traslada el pedido efectuado por el Comité de Gestión Ambiental Chinchaycocha, sobre prórroga del plazo otorgado por la Resolución Directoral Nº 002-2010-ANA-DEPHM; asimismo, con O fi cio Nº 064-2012- ANA-ALA-PASCO, la Administración Local de Agua Pasco, remite los pedidos efectuados por la Reserva Nacional de Junín y por las Comunidades Campesinas Villa de Junín, Cochamarca, Huayre, Carhuamayo, Ninacaca, sobre prórroga del plazo otorgado por la precitada resolución;