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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2012 (03/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de marzo de 2012 461874 actualización tecnológica, soporte técnico y licencia de actualización de dos licencias de bases de datos Oracle Estándar Edition 10 g con números: 1818906 y 2212909, con identi fi cador de soporte al cliente - CSI 3879273 y 15427121, resulta necesario y no admite sustituto, ya que con ello se garantiza el adecuado funcionamiento del gestor de base de datos Oracle; Que, adicionalmente, a través del Informe Nº 048-2012- MTPE/4/11.2, expedido por la O fi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, se indica que SISTEMAS ORACLE DEL PERU S.A., es la única empresa autorizada en el país para contratar la renovación de soporte y actualización de licencias de los programas Oracle, por lo que esta empresa tiene la calidad de proveedor único de este servicio, encontrándose dentro de una de las dos condiciones requeridas en el artículo 131º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que es el caso de proveedor único; Que, en consecuencia, resulta técnica y legalmente viable exonerar el servicio requerido por la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, del respectivo proceso de selección, por la causal de proveedor único de bienes o servicios que no admiten sustitutos, autorizando su contratación mediante acciones inmediatas, por el período de dos (2) años; Que, debemos indicar que el artículo 133º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que la resolución o acuerdo que aprueba la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justi fi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración propuesta, requisito que se cumple en el presente caso – a través de los informes citados en los párrafos precedentes -, tanto para justi fi car la calidad de proveedor único, la calidad de bien o servicio que no admite sustituto, así como el período de vigencia de esta propuesta de contratación vía exoneración; Que, el artículo 21º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1017, establece que las contrataciones derivadas de exoneración de procesos de selección se realizarán de manera directa, previa aprobación mediante resolución del titular de la entidad, en función a los informes técnico y legal previos que obligatoriamente deberán emitirse; precisándose en el artículo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que la entidad efectuará las contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, la que será realizada por el órgano encargado de las contrataciones de la entidad; Que, de otra parte, el citado artículo 21º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1017, prescribe que la copia de la resolución de exoneración e informes que la sustentan, deben remitirse a la Contraloría General de la República y publicarse en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez (10) días hábiles de su aprobación, bajo responsabilidad del titular de la entidad; Que, el monto materia de esta contratación asciende a S/. 89 782,18 (Ochenta y Nueve Mil Setecientos Ochenta y Dos con 18/100 Nuevos Soles), el mismo que cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestal, que se ejecutará, en lo que respecta al Ejercicio 2012, con cargo a la Especí fi ca 2.3.2.7.4.3 Soporte Técnico, Grupo Genérico 2.3 Bienes y Servicios. Respecto, al Ejercicio 2013 corresponderá a la Ofi cina General de Administración solicitar con antelación, la previsión correspondiente durante la fase de programación y formulación presupuestaria para el Ejercicio 2013; Con las visaciones del Jefe de la O fi cina General de Administración, del Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, del Jefe de la O fi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares y del Jefe (e) de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 184-2008-EF;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la contratación, vía exoneración, del servicio de soporte y actualización de dos licencias de bases de datos Oracle Estándar Edition 10 g con números: 1818906 y 2212909, con identi fi cador de soporte al cliente - CSI 3879273 y 15427121, respectivamente; por la causal existente de proveedor único de bienes y servicios que no admiten sustitutos. Artículo 2º.- Autorizar a la O fi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares para que tramite esta contratación mediante acciones inmediatas, por el período de dos (2) años calendario, por el monto máximo de S/. 89 782,18 (Ochenta y Nueve Mil Setecientos Ochenta y Dos con 18/100 Nuevos Soles). Artículo 3º.- El egreso que irrogue esta contratación, materia de esta exoneración, será con cargo, en lo que respecta al Ejercicio 2012, en la Especí fi ca 2.3.2.7.4.3 Soporte Técnico, Grupo Genérico 2.3 Bienes y Servicios; correspondiendo a la O fi cina General de Administración solicitar con antelación, la previsión correspondiente durante la fase de programación y formulación presupuestaria para el Ejercicio 2013. Artículo 4º.- Disponer la remisión de una copia de la Resolución Ministerial y copia de los Informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Órgano de Control Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, así como disponer su publicación en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, y en el portal Electrónico del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe) de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 759431-1 Modifican la R.M. Nº 246-2010-TR, sobre designación de representantes ante el Comité de Coordinación Multisectorial de la APCI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 068-2012-TR Lima, 1 de marzo de 2012 VISTO:El O fi cio Nº 046-2012-MTPE/4/10, de la Jefa de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; y, CONSIDERANDO:Que, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, conforme a lo establecido en los artículos 11º y 13º de la Ley Nº 27692, cuenta con un Comité de Coordinación Multisectorial de cooperación, que actúa como la instancia de enlace y coordinación para fortalecer los espacios de concertación y diálogo de la política y gestión de la cooperación internacional; y, que está compuesto, entre otros, por los Directores o Jefes de las o fi cinas responsables de la cooperación técnica de los Ministerios o quienes hagan sus veces, designados por Resolución del Titular de la entidad respectiva; Que, la Quinta Disposición Transitoria de la referida Ley, establece que las entidades del Sector Público informarán a la APCI, dentro de los sesenta días de publicada la presente Ley, la dependencia orgánica y el o los funcionarios que tienen o tendrán la responsabilidad de las funciones de coordinación de cooperación técnica internacional; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 246- 2010-TR, se designa al funcionario que ocupa el cargo de Jefe de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como miembro del Comité de Coordinación