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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2012 (03/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de marzo de 2012 461913 Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de la tasa de Arbitrios Municipales del distrito de Villa El Salvador para el ejercicio 2012. Que mediante Ordenanza Nº 246-MVES, ratificada con Acuerdo de Concejo 1599-MML, ha fijado para el ejercicio 2012 la aplicación de la Ordenanza N° 174-MVES, modificada mediante Ordenanza 181-MVES, y ratificada mediante Acuerdo de Concejo 617-MML, que regula el marco legal del régimen tributario de los arbitrios municipales de recolección de residuos sólidos (limpieza pública) y parques y jardines del ejercicio 2009, para su aplicación al ejercicio 2012, estableciendo que el pago de dichas tasas es de carácter mensual, siendo necesario ampliar el plazo de vencimiento de pago de la cuota de enero de los arbitrios municipales, estableciendo las nuevas fechas de vencimiento aplicable para el pago de dichos tributos para el ejercicio 2012; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9° y por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, con el Voto Mayoritario del Pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de Villa El Salvador ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2012 Artículo Primero. - Autorizar a la Gerencia de Rentas la emisión mecanizada de la Declaración Jurada del Impuesto predial del año 2012, la actualización de valores, la determinación del impuesto y su correspondiente recibo de pago, cuya fecha de vencimiento se indica a continuación: Pago al contado 29 de Febrero 2012 FRACCIONADO Primera Cuota 29 de Febrero 2012 Segunda Cuota 31 de Mayo 2012 Tercera Cuota 31 de Agosto 2012Cuarta Cuota 30 de Noviembre 2012 Estas cuotas serán reajustadas con la variación acumulada del Índice de Precios al Por Mayor que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática, por el período comprendido entre el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago. Artículo Segundo.- Fijar en S/. 21.90 (Veintiuno con 90/100 Nuevos Soles) el monto mínimo a pagar por el concepto de Impuesto Predial para el año 2012. Artículo Tercero.- Establecer que el plazo de vencimiento de los arbitrios municipales de recolección de Residuos Sólidos (Limpieza Pública) y de Gestión de Áreas Verdes (Parques y Jardines) vence: Primera y segunda cuota 29 de Febrero 2012 Tercera cuota 30 de Marzo 2012 Cuarta cuota 30 de Abril 2012 Quinta cuota 31 de Mayo 2012Sexta cuota 28 de Junio 2012Séptima cuota 31 de Julio 2012 Octava cuota 31 de Agosto 2012 Novena cuota 28 de Septiembre 2012Décima cuota 31 de Octubre 2012Décima primera cuota 30 de Noviembre 2012Décima segunda cuota 31 de Diciembre 2012 Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de Informática y desarrollo Tecnológico el cumplimiento de la presente Ordenanza, y a la Subgerencia de Comunicaciones la difusión de sus alcances.Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Establecer como bene fi cio tributario, un descuento del 15% del monto a pagar por los Arbitrios Municipales del año 2012 (Gestión de Residuos Sólidos – Limpieza Pública y Gestión de Áreas Verdes), a los contribuyentes que paguen dentro del vencimiento de las dos primeras cuotas, el total de dichos arbitrios correspondientes al presente ejercicio. Segunda.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para prorrogar los plazos establecidos en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 758483-1 Prorrogan plazo de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y el vencimiento de la primera y segunda cuota de los Arbitrios Municipales DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2012/MVES Villa el Salvador, 22 de febrero de 2012 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR VISTO: El Informe Nº 040-2012-GR/MDVES de la Gerencia de Rentas, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 248-MVES, de fecha 20 de febrero de 2012, se establece el cronograma de vencimiento del pago del impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fi scal 2012; Que, el Artículo Primero de la mencionada Ordenanza establece como plazo de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial el 29.02.2012; Que, el Artículo Tercero de la mencionada Ordenanza establece como plazo de vencimiento de la 1º y 2º cuota de los Arbitrios Municipales el 29.02.2012; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe Nº 040- 2012-GR/MDVES, se considera necesaria la ampliación de dicho plazo, puesto que al encontrarse en proceso la emisión masiva de cuponeras 2012, resulta breve el tiempo pendiente para el cumplimiento de lo señalado en los párrafos superiores; Que, la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza mencionada faculta al señor Alcalde a dictar las disposiciones necesarias para prorrogar los plazos establecidos; por lo que corresponde emitirse la respectiva disposición municipal. De conformidad con el Artículo 20º, numeral 6 y Artículo 42º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y el vencimiento de la 1º y 2º cuota de los Arbitrios Municipales al 30 de marzo de 2012. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Rentas, a la Gerencia de Administración y Finanzas, así como a las Sub Gerencias respectivas, su cumplimiento y su publicación a la Secretaría General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 758480-1