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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de marzo de 2012 461914 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Prorrogan plazos para el pago de cuotas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2012-MDLP-ALC La Perla, 29 de febrero del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA Visto, el MEMORANDUM Nº 110-2012-GAT-MDLP, el INFORME Nº 078-2012-GAJ/MDLP y el INFORME Nº 024-2012-GM-MDLP; y CONSIDERANDOQue, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que el Impuesto Predial podrá ser cancelado al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año; o, en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF prescribe que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, con Ordenanza Nº 002-2012-MDLP fueron establecidas las fechas de vencimiento para el pago de Tributos Municipales correspondientes al ejercicio 2012;Que, en el artículo primero de las disposiciones fi nales de la Ordenanza Nº 002-2012-MDLP se faculta al Alcalde la Municipalidad Distrital de La Perla, establecer fechas distintivas a los señalados en dicha Ordenanza a través de Decreto de Alcaldía; Que, es necesario brindar las facilidades a los contribuyentes, prorrogando el plazo del vencimiento del pago del Impuesto Predial al contado o fraccionado correspondiente al ejercicio 2012; y los arbitrios municipales de los meses de enero y febrero del ejercicio 2012; Estando a lo expuesto y, de acuerdo a las facultades conferidas por Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y, en cumplimiento de lo establecido en la primera disposición fi nal de la Ordenanza Nº 002-2012-MDLP, DECRETA:Artículo Primero.- Prorrogar el plazo para el vencimiento del pago del Impuesto Predial, al contado y fraccionado (primera cuota trimestral), correspondiente al ejercicio 2012, hasta el 30 de marzo del 2012. Artículo Segundo.- Prorrogar el plazo para el vencimiento del pago de los arbitrios municipales por barrido de calles, recojo de residuos sólidos (limpieza pública); parques y jardines; y serenazgo correspondiente a los meses de enero y febrero del ejercicio 2012. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Sub Gerencias Dependientes de dicha Unidad Orgánica el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Quinto.- Encargar a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas la publicación del presente Decreto en la página web de la Municipalidad Distrital de La Perla (munilaperla@.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 758915-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti fi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti fi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti fi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL