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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de marzo de 2012 461898 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Azteca la apertura de agencias ubicadas en los departamentos de Arequipa, La Libertad y Amazonas RESOLUCIÓN SBS N° 1241-2012 Lima, 10 de febrero de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por Banco Azteca del Perú S.A el día 02 de febrero de 2012, para que esta Superintendencia le autorice la apertura de la Agencia La Negrita, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente requerida para que este organismo de control apruebe la apertura de la Agencia La Negrita, de acuerdo a lo previsto en el procedimiento N° 15 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B” mediante informe N° 23-2012-DSB“B”; y, De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30° y 32° la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modi fi catorias, y en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, aprobado por Resolución SBS N° 775-2008, y en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Azteca la apertura de la Agencia La Negrita, ubicada en Av. Mariscal Castilla Nº 322 y 322 – A (Lt. 2-B) - Zona Mira fl ores, distrito, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 759030-1 RESOLUCIÓN SBS N° 1242-2012 Lima, 10 de febrero de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por Banco Azteca del Perú S.A el día 03 de febrero de 2012, para que esta Superintendencia le autorice la apertura de las Agencias Cartavio y Bagua Grande, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente requerida para que este Organismo de Control apruebe la apertura de las Agencias Cartavio y Bagua Grande, de acuerdo a lo previsto en el procedimiento N° 15 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B” mediante informe N° 22-2012-DSB”B”; y, De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30° y 32° la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modi fi catorias, y en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, aprobado por Resolución SBS N° 775-2008, y en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Azteca la apertura de las Agencias que se detallan a continuación: • Agencia Cartavio, ubicada en el Lt. 4 Mz. G-7 - Centro Poblado Cartavio, distrito de Santiago de Cao, provincia de Ascope y departamento de La Libertad. • Agencia Bagua Grande, ubicada en Av. Chachapoyas N° 2089, distrito de Bagua Grande, provincia de Utcubamba y departamento de Amazonas. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 759030-2 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa el cierre de oficinas especiales ubicadas en los departamentos de Cusco y Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1351-2012 Lima, 22 de febrero de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZASVISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa (CMAC Arequipa) para que se le otorgue autorización para el cierre de dos (02) o fi cinas especiales bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación, ubicadas en los departamentos de Cusco y Lima; y, CONSIDERANDO:Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación correspondiente para el cierre de las citadas o fi cinas; Que, mediante Resolución SBS Nº 10375-2008 del 13 de octubre de 2008 se autorizó la apertura de las referidas ofi cinas especiales; Que, mediante comunicación de fecha 07.02.2012 CMAC Arequipa informó que las referidas o fi cinas dejaron de operar en el año 2009; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “B”, y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de o fi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE:Artículo Único. - Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, en vía de regularización, el cierre de dos (02) o fi cinas especiales, bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación, ubicadas en: i) Plaza de Armas s/n Centro Cívico, distrito de Acomayo, provincia de Acomayo, departamento de Cusco y ii) Av. Santa Rosa Nº 135 Centro Comercial La Perla Of. A-