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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de marzo de 2012 461905 primaron para determinar que la Petroquímica se instale en la misma, se pongan en valor y se promocionen a nivel Nacional e internacional. Artículo Cuarto: ALCANZAR el presente Acuerdo de Consejo Regional al Presidente de la República, a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Ministerio de Energía y Minas, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones. A la Secretaria Técnica de descentralización, para su conocimiento y fi nes. Artículo Quinto: ENCARGAR a la Secretaria Técnica del Consejo Regional la implementación del presente Acuerdo Regional. Artículo Sexto: PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano y el Portal electrónico del Gobierno Regional para conocimiento y fi nes. Regístrese, publíquese y cúmplase. PABLO F. RAMIREZ DELGADO Consejero DelegadoConsejo Regional Moquegua 759410-1 Aprueban modificación del Presupuesto Institucional Modificado 2011 del Pliego 455 Gobierno Regional Moquegua, por donación efectuada a la Unidad Ejecutora 301 Educación Ilo CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 13-2012-CR /GRM Fecha, 09 de Febrero del 2012 VISTO: En Sesión Ordinaria Nº 02-2012-CR/GR.M, de fecha 09 de febrero del 2012, del Consejo Regional de Moquegua, sobre la aprobación de la modi fi cación presupuestaria en el nivel institucional vía crédito suplementario; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 191º de la Constitución Política del Perú, reformado con la Ley Nº 27680, y lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de Moquegua es persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego Presupuestal; Que, mediante Resolución Directoral UGEL-ILO N° 01191, de fecha 08 de Noviembre del 2011, se acepta la transferencia en calidad de donación realizada por la Empresa Enersur S.A. la suma de S/. 8, 800.00 (ocho mil ochocientos con 00/100 nuevos soles), a favor de la UGEL Ilo; por lo que con O fi cio N° 2485-2011-DREMO-UGEL.ILO- AGI, la Unidad de Gestión Educativa Local – Ilo, solicita a la Gerencia Regional de Plani fi cación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la incorporación de Crédito Suplementario al Presupuesto 2011 por la suma de S/. 8,800.00 nuevos soles por donación realizada por la Empresa Enersur S.A.; Que, con informe N° 968-2011-GRPPAT/G.R.MOQ, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emite opinión favorable para la incorporación de Crédito Suplementario por donación, a fi n de que continué el trámite de aprobación mediante Acuerdo de Consejo Regional, lo cual dará viabilidad a las modi fi caciones presupuestarias que sean necesarias para la Inclusión de los recursos en los créditos presupuestales del año fi scal 2011; Que, a través del O fi cio N° 036-2011-PCPPOT- CR/GRM, el Consejero Regional Prof. Justo Germán Quispe Vizcarra Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, solicita opinión legal para la aprobación de incorporación de Crédito Suplementario de donación de la empresa Enersur a favor de la Unidad de Gestión Educativa Local – UGEL Ilo; Que, mediante Informe N° 007-2012-SEZR-DRAJ/ GR.MOQ de fecha 11 de diciembre del 2011, concluye que la incorporación de Crédito Suplementario por donación realizada por la Empresa Enersur S.A, por el monto de S/. 8,800.000 nuevos soles a favor de la UGEL-ILO debe realizarse mediante Acuerdo de Consejo Regional y mediante informe N° 039-2012-DRAJ/GR.MOQ de fecha 27 de enero del 2012, el Asesor Legal eleva el informe referenciado, precisando que como la modi fi cación presupuestaria corresponde al presupuesto Institucional modi fi cado 2011, y su aprobación debe ser en vías de regularización, recomendando se derive al Consejo Regional para su respectivo dictamen; Que, mediante el artículo 38° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, ha quedado establecido que los montos y las fi nalidades de los créditos presupuestarios contenidos en los presupuestos del sector Público solo podrán ser modi fi cados durante el ejercicio presupuestario, dentro de los limites y con arreglo al procedimiento establecido en el presente subcapítulo, mediante: Modi fi caciones en el nivel institucional y Modi fi caciones en el nivel funcional programático; Que, el artículo 39° de la Ley N° 28411, establece que se constituyen modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Institucional, los créditos suplementarios y las transferencias de partidas, los que son aprobados mediante ley (…), en el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales los créditos suplementarios de los fondos públicos administrados por dichos niveles de Gobierno se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional o Consejo Municipal, según sea el caso. Hecho que también ampara el literal d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, al señalar que son atribuciones del Consejo Regional aprobar los estados fi nancieros y presupuestarios; En uso de las facultades concedidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el Reglamento Interno de Consejo aprobado con Ordenanza Regional Nº 001-2011-CR/GRM; en mérito al análisis y debate sobre la modi fi cación presupuestaria propuesta, el Consejo Regional de Moquegua en Sesión Ordinaria del 09 de febrero del 2012, con el voto unánime de sus miembros y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR, en vías de regularización, la modi fi cación presupuestaria en el nivel institucional, vía crédito suplementario, el Presupuesto Institucional Modi fi cado 2011, del Pliego 455 Gobierno Regional Moquegua; por el monto de S/. 8,800.00 (Ocho Mil Ochocientos con 00/100 Nuevos Soles); Por la Donación efectuada de la Empresa ENERSUR S.A. a la Unidad Ejecutora 301 Educación Ilo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la incorporación de los S/.8,800.00 (Ocho Mil Ochocientos con 00/100 Nuevos Soles) al Presupuesto Institucional Modi fi cado 2011, en la fuente de fi nanciamiento: 4 donaciones y transferencias. Artículo Tercero.- SOLICITAR al Ejecutivo alcance el detalle del gasto realizado, el mismo que deberá ser aprobado de manera complementaria. Artículo Cuarto.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal del Gobierno Regional, remitiendo, copia del mismo a Presidencia Regional, Consejo Regional, Vicepresidencia Regional, Gerencia General Regional y demás instancias comprendidas pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PABLO F. RAMIREZ DELGADO Consejero DelegadoConsejo Regional Moquegua 759409-1 Autorizan viaje del Presidente del Gobierno Regional de Moquegua a Canadá, en comisión de servicios ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 14-2012-CR /GRM Fecha, 9 de Febrero del 2012