TEXTO PAGINA: 48
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de marzo de 2012 461906 VISTO: en Sesión Ordinaria Nº 02-2012-CR/GR.M, de fecha 09 de febrero del 2012, del Consejo Regional de Moquegua; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, reformado con la Ley Nº 27680 y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Informe N° 098-2012-GGR/GR.MOQ, el Gerente General del Gobierno Regional de Moquegua, hace conocer que con carta del 30 de enero del 2012, doña Lorena Borgo Hannach, Gerente General de la Cámara de Comercio Canadá – Perú, hace llegar la invitación de dicho organismo al Presidente del Gobierno Regional de Moquegua Ing. Martín Vizcarra Cornejo, para participar en la misión de promoción que en un marco de colaboración público privada, que viene organizando, conjuntamente con el Ministerio de Energía y Minas, con motivo de la realización de la convención de la Prospectors and Developers of Canadá, a llevarse a cabo, según programa del 2 al 7 de marzo del 2012 en Toronto Canadá. Evento organizado por cuarta vez consecutiva con participación de la delegación peruana; Que, la asistencia del Presidente del Gobierno Regional de Moquegua al evento en mención, no demandará gasto alguno al Gobierno Regional o al Estado; y considerando la exposición realizada por el Gerente General Econ. Hugo Espinoza Palza que expone la importancia de la participación del señor Presidente Regional en este evento, porque generará oportunidades que se lograría en un mundo globalizado para la Región de Moquegua, que permita conocer las experiencias de la activad minera en explotación en el uso de tecnología de última generación para lograr la convivencia armónica entre el medio ambiente y la minería, que proteja los recurso hídricos y humanos con una adecuada política ambiental; aparte de darle mayor valor agregado gestionando la transferencias de experiencias conocimientos y pasantías; y adicionalmente promover la Cooperación Canadiense a nuestra región; Que, estando a lo dispuesto en el inciso c) del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, no están prohibidos de viajar al exterior los funcionarios y autoridades del Estado a que se re fi ere la Ley Nº 28212, Ley que regula los Ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y Dicta Otras Medidas, dentro de los cuales está el Presidente Regional, tal como se aprecia en el inciso i) del artículo 2º de esta última norma; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, concordante con el artículo 11° de su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Inciso t) del artículo 12º del Reglamento Interno de Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2011-CR/GRM, la autorización de viajes al exterior de la República, del Presidente Regional de Moquegua, se realiza mediante Acuerdo del Consejo Regional, aún cuando no demande gasto alguno al Estado. Pudiendo publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano”, dicha disposición, con anterioridad al viaje; En uso de las facultades concedidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el Reglamento Interno de Consejo aprobado con Ordenanza Regional Nº 001-2011-CR/GRM; en mérito al análisis y debate sobre la solicitud de autorización para viaje al exterior del Presidente Regional, el Consejo Regional de Moquegua en sesión ordinaria, con el voto unánime de sus miembros y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACUERDA:Artículo Primero.- En mérito a lo expuesto en la parte considerando se AUTORIZA al Ing. Martín Alberto Vizcarra Cornejo Presidente del Gobierno Regional de Moquegua, para que viaje en comisión o fi cial a la ciudad de Toronto - Canadá, del 03 al 07 de marzo del 2012, para concurrir en la misión de promoción organizada por la Cámara de Comercio Canadá Perú y el Ministerio de Energía y Minas, para asistir a la convención de la Prospectors and Developers of Canadá, sin que esta participación demande gasto alguno al Estado. Artículo Segundo.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal del Gobierno Regional Moquegua. REMITIR copia a Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Dirección Regional de Administración; OCI, para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplasePABLO F. RAMIREZ DELGADO Consejero DelegadoConsejo Regional Moquegua 759409-2 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Crean la condecoración “Región Piura” como distinción del Gobierno Regional Piura ORDENANZA REGIONAL Nº 234-2012/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO:De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modi fi catorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el inciso h) del artículo 36º de la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783, establece como competencia exclusiva del Gobierno Regional la participación ciudadana, alentando la concertación ante los intereses públicos o privados en todos los niveles; Que, el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su Modi fi catoria Ley Nº 27902, establece las competencias exclusivas y compartidas que la Constitución le asigna a los Gobiernos Regionales, indicando entre otras, la difusión de la cultura y potenciación de todas las instituciones artísticas y culturales regionales; asimismo el artículo 47º inciso k., señala como función del Gobierno Regional en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte, y recreación, el promover y difundir las manifestaciones culturales; Que, es competencia de los Gobiernos Regionales promover y garantizar espacios crecientes de participación ciudadana en democracia, a fi n no solo de consolidarla sino de alcanzar concurrentemente la justicia social, lo que incluye una política de reconocimiento a las personalidades e instituciones públicas y/o privadas, por su trayectoria en el ámbito profesional, funcional e intelectual, relacionada a los aspectos político, social, cultural y económico, tanto nacional e internacional así como regional, fortaleciendo de esta manera la institucionalidad democrática; Que, es deber del Gobierno Regional Piura manifestar en forma objetiva el reconocimiento regional a quienes se hayan distinguido, contribuyendo con su acción y obra a acrecentar el prestigio de nuestro país y de nuestra región, así como honrar a todos aquellos que le hubieren prestado servicios extraordinarios; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 02 -2012, de fecha 24 de febrero del 2012, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;