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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2012 (09/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de marzo de 2012 462240 Magdalena De Cao y Rázuri” ubicado en la provincia de Ascope, departamento de La Libertad, por un monto de S/. 1 845 952,78 incluido IGV y un plazo de ejecución de 120 días calendario; Que, mediante Resolución Directoral Nº 183-2011- EM/DGER de fecha 19 de septiembre de 2011 se aprobó la Liquidación Final del Contrato de Obra Nº 020-2008- MEM/DGER, suscrito entre la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas y el Consorcio Nuevo Horizonte, para la ejecución de la Obra “Sistema Eléctrico Rural de los Distritos de Casa Grande, Magdalena de Cao y Rázuri” ubicado en la provincia de Ascope, departamento de La Libertad, por un monto fi nal de S/. 2 100 645,43, incluido impuestos; Que, mediante Resolución Directoral Nº 286-2011- EM/DGER de fecha 21 de diciembre de 2011 se aprobó la Liquidación Final del Proyecto “Sistema de Electrifi cación Rural de los Distritos de Casa Grande, Magdalena de Cao y Rázuri” ubicados en la provincia de Ascope, departamento de La Libertad, que estableció un monto fi nal a la fecha de transferencia de cada uno de sus proyectos según lo siguiente: 1) Sistema Eléctrico Rural del distrito de Rázuri, cuyo monto fi nal a la fecha de transferencia es de S/. 1 393 065,01, incluido impuestos, incluye el siguiente detalle de gastos: a) Contrato de Ejecución de Obra Nº 020- 2008-MEM/DGER, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 953 505,84, b) Suministros DGER/MEM, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 278 534,01, c) Contrato de Supervisión de Obra Nº 029-2008-MEM/DGER, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 78 173,21, d) Servidumbre, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 4 554,27, e) Contrato de Elaboración de Estudios Nº 07-012-EM/DEP, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 78 297,68; 2) Sistema Eléctrico Rural del distrito de Casa Grande, cuyo monto fi nal a la fecha de transferencia es de S/. 1 120 787,64, incluido impuestos, incluye el siguiente detalle de gastos: a) Contrato de Ejecución de Obra Nº 020-2008-MEM/DGER, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 768 219,45, b) Suministros DGER/MEM, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 249 118,06, c) Contrato de Supervisión de Obra Nº 029-2008-MEM/DGER, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 62 982,48, d) Contrato de Elaboración de Estudios Nº 07-012-EM/DEP, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 40 467,65; y 3) Sistema Eléctrico Rural del distrito de Magdalena de Cao, cuyo monto fi nal a la fecha de transferencia es de S/. 629 560,75 incluido impuestos, incluye el siguiente detalle de gastos: a) Contrato de Ejecución de Obra Nº 020-2008-MEM/DGER, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 420 933,06, b) Suministros DGER/MEM, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 133 639,06, c) Contrato de Supervisión de Obra Nº 029-2008-MEM/DGER, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 34 521,00, d) Contrato de Elaboración de Estudios Nº 07-012-EM/DEP, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 40 467,63; Que, el artículo 5º de la Ley General de Electrifi cación Rural -Ley Nº 28749, establece que el Ministerio de Energía y Minas a través de la (DEP) hoy Dirección General de Electrifi cación Rural, es el organismo competente en materia de electrifi cación rural; Que, del mismo modo el artículo 18º de la Ley 28749 concordante con el artículo 53º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal o en su defecto a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; Que, el Especialista en Liquidaciones y Transferencias mediante Informe Nº 141-2011-MEM/DGER/DPR-JER- LBV, de fecha 28 de diciembre de 2011, señala que la transferencia de los bienes fi nanciados por la DGER/ MEM que conforman los proyectos señalados en los considerandos precedentes, se realizarán a título gratuito a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte Medio S.A. HIDRANDINA S.A., por la suma de S/. 3 143 413,40, correspondiendo a cada uno de los proyectos el siguiente detalle: 1) Sistema Eléctrico Rural del distrito de Rázuri por la suma de S/. 1 393 065,01, 2) Sistema Eléctrico Rural del distrito de Casa Grande por la suma de S/. 1 120 787,64, y, 3) Sistema Eléctrico Rural del distrito de Magdalena de Cao por la suma de S/. 629 560,75, montos que incluyen impuestos; Que, la Jefatura de Energías Renovables mediante Memorándum Nº 388-11-MEM/DGER/DPR-JER, de fecha 28 de diciembre de 2011, señala que el expediente de transferencia fue elaborado en concordancia con la Ley Nº 28749 –Ley General de Electrifi cación Rural y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, en tal sentido solicita a la Jefatura de Administración y Finanzas efectúe la conciliación contable correspondiente, la misma que se realizó el 09 de enero de 2012, según lo informado en el Memorándum Nº 008-2012-MEM/DGER-JAF; Que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Electrifi cación Rural -Ley Nº 28749, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 042-2011-EM; la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales –Ley Nº 29151, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; la Ley Orgánica del Sector Energía y Minas –Decreto Ley Nº 25962, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas –Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, sus normas modifi catorias, y la Directiva Nº 005-2008-EM/ DGER –Normas y Procedimientos para la Transferencia de Proyectos ejecutados por la DGER/MEM; Con la opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el proyecto “Sistema Eléctrico Rural de los distritos de Casa Grande, Magdalena de Cao y Rázuri”, que involucra los proyectos: 1) Sistema Eléctrico Rural del distrito de Rázuri, 2) Sistema Eléctrico Rural del distrito de Casa Grande, y 3) Sistema Eléctrico Rural del distrito de Magdalena de Cao, ubicados en la provincia de Ascope, departamento de La Libertad, fi nanciado por la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A. Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A. y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 760696-1 Aprueban lista de servicios cuya adquisición otorgará derecho de devolución del IGV e Impuesto de Promoción Municipal a favor de Apurímac Ferrum S.A. durante la fase de exploración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2012-MEM/DM Lima, 2 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27623, modifi cada por la Ley Nº 27662, que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; Que, el inciso c) del artículo 6º del citado reglamento estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se aprobará mediante resolución ministerial del Ministerio de Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprobó la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición