Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2012 (09/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de marzo de 2012

17. Asimismo, en lo referido a la conducta procedimental del contratista, hay que mencionar que no se apersono a esta instancia ni presento sus descargos en el plazo correspondiente. 18. Finalmente, resulta importante traer a colacion el MORDAZA de Razonabilidad consagrado en el numeral 1.4 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, por medio del cual las decisiones de la autoridad administrativa que impongan sanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adoptarse dentro de los limites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporcion entre los medios a emplear y los fines publicos que deba tutelar, a fin que respondan a lo estrictamente necesario para la satisfaccion de su cometido. 19. En consecuencia, atendiendo a los elementos MORDAZA indicados, corresponde imponer al Contratista la sancion administrativa de inhabilitacion temporal en sus derechos para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado por el periodo de doce (12) meses. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe de la Vocal Ponente Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la intervencion de los senores vocales Dra. MORDAZA Basulto Liewald y Dr. MORDAZA MORDAZA Oliveira, y atendiendo a la reconformacion de la MORDAZA Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, segun lo dispuesto en la Resolucion Nº 589-2011/ OSCE-PRE de fecha 21 de septiembre de 2011, y en ejercicio de las facultades conferidas en los articulos 51º y 63º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y los articulos 18º y 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 789-2011-EF/10 analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad LA SALA RESUELVE: 1. Imponer a la ASOCIACION AGRO INVERSIONES DEL NORTE, la sancion administrativa de inhabilitacion temporal por el periodo de doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la comision de la infraccion tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley, la cual entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la presente Resolucion. 2. Poner la presente Resolucion en conocimiento de la Direccion del Registro Nacional de Proveedores del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), para las anotaciones de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA ZAVALA. BASULTO LIEWALD. MORDAZA OLIVEIRA

VISTOS: El Informe Nº 003-2012-GGE/ONPE, de la Gerencia de Gestion Electoral; el Memorando Nº 4122012-OGPP/ONPE, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 068-2012-OGAJ/ONPE, de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 37º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859, la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE tiene a su cargo la organizacion y ejecucion de los procesos electorales y consultas populares, y ejerce sus atribuciones y funciones con sujecion a la Constitucion y a su Ley Organica; Que, en atencion a lo previsto en el literal c) del articulo 5º de la Ley Organica de la ONPE, Ley Nº 26487, es funcion de este organismo electoral planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 098-2011-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 29 de diciembre de 2011, el Presidente de la Republica convoca a Elecciones Municipales Complementarias para el dia MORDAZA 01 de MORDAZA de 2012, con la finalidad de elegir MORDAZA y regidores, del concejo distrital de MORDAZA de la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, al haber declarado el MORDAZA Nacional de Elecciones la nulidad de los comicios realizados en dicha localidad el 20 de noviembre de 2011; Que, segun lo dispuesto por el articulo 165º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859: "(...) El diseno y el procedimiento de ubicacion de las candidaturas o simbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de partidos politicos, organizaciones politicas, agrupaciones independientes y candidatos dentro de los dos (2) dias naturales despues del cierre de la inscripcion de candidaturas. La ubicacion de las candidaturas o simbolos se efectua mediante sorteo publico, en presencia de los personeros y de notario publico"; Que, adicionalmente al procedimiento MORDAZA mencionado, el MORDAZA Nacional de Elecciones-JNE, en el MORDAZA de las Elecciones Regionales y Municipales 2002, a proposito de un recurso de nulidad interpuesto por la organizacion politica local "Ahora Desarrollo Organizacion Responsabilidad y Apertura ­ D.O.R.A.", emitio la Resolucion Nº 314-2002-JNE publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de agosto de 2002, disponiendo que "la Oficina Nacional de Procesos Electorales, realice un primer sorteo a nivel nacional para la ubicacion de los bloques en la cedula de sufragio; y, posteriormente, se realice el sorteo para la ubicacion de los simbolos o numeros en cada bloque"; sin establecer la fecha en que debia realizarse el primer sorteo de bloques de las organizaciones politicas; Que, teniendo en cuenta los argumentos expuestos, la Gerencia de Gestion Electoral, con el informe de vistos, ha propuesto el procedimiento para el sorteo de ubicacion de los bloques de las organizaciones politicas en la cedula de sufragio a utilizarse en las referidas Elecciones Municipales Complementarias 2012; Que, en cuanto a la participacion de las organizaciones politicas en las Elecciones Municipales Complementarias en el distrito de MORDAZA, el JNE emitio la Resolucion Nº 0837-2011-JNE, en la cual se dispuso, articulo MORDAZA, que en las elecciones referidas podran presentar candidatos los partidos politicos, movimientos regionales con inscripcion vigente ante el Registro de Organizaciones Politicas, a la fecha de MORDAZA de candidaturas, asi como de aquellas organizaciones politicas locales que participaron en las Elecciones Municipales 2010 o en las Elecciones Municipales Complementarias del pasado 3 de MORDAZA y 20 de noviembre de 2011, en el mencionado distrito; Que, asimismo, con Oficio Nº 392-2012-ROP/JNE, de la Direccion del Registro de Organizaciones Politicas del JNE, se informa a la ONPE la "relacion de las organizaciones politicas que se encuentran habilitadas hasta la fecha para participar en las Elecciones Municipales Complementarias de Huacachi", siendo estas partidos politicos y movimientos; De conformidad con lo dispuesto en los incisos c), g) y h) del articulo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la ONPE; asi como en los literales j) y cc) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, aprobado y modificado mediante Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ONPE, respectivamente; y, con el visado de la Secretaria General, de la Gerencia de Gestion Electoral, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoria Juridica;

760708-1

ORGANOS AUTONOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Aprueban "Procedimiento para el sorteo de ubicacion de bloques de las Organizaciones Politicas en la cedula de sufragio correspondiente a las Elecciones Municipales Complementarias 2012"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 043-2012-J/ONPE
MORDAZA, 7 de marzo de 2012

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